El Real Decreto 383/1984 es el que regula las prestaciones tanto sociales como económicas para la integración social de las personas que sufran algún tipo de minusvalía. Es importante no confundir los conceptos de minusvalía e incapacidad.
Para tener acceso a las prestaciones por minusvalía, se tendrán que cumplir una serie de requisitos (Capítulo Primero, Artículo 2º), a saber:
- Residir en el territorio nacional, o de no ser así, carecer de protección similar en el país de residencia
- Estar afectado por una minusvalía en los grados que se precisen en cada apartado
- No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social, por no desempeñar ninguna actividad laboral
- No ser beneficiario o no tener derecho, por edad o por cualesquiera otras circunstancias, a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad y, en su caso, de igual o superior cuantía otorgada por otro Organismo público
- No superar el nivel de recursos estipulados en el Artículo 32
- Los pensionistas y familiares también podrán tener derecho a dichas prestaciones.
En el Capítulo II de dicho decreto, se establecen los seis ámbitos de ayudas y prestaciones que se ofrecen a los minusválidos, siempre que se cumplan con los requisitos fijados en el Capítulo Primero.
A) Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica
El objeto de esta asistencia será mantener y restablecer la salud del beneficiario. Dicho beneficiario deberá sufrir una minusvalía de grado igual o superior al 33%, y no tener derecho a ninguna prestación sanitaria o farmacéutica de la Seguridad Social, ni a ninguna prestación o ayuda similar otorgada por algún Organismo Público.
La asistencia sanitaria y prestación farmacéutica ofrece los mismos servicios de asistencia sanitaria y farmacéutica ofrecidos por la Seguridad Social, por enfermedad común, accidente no laboral o maternidad.
La dispensación de medicamentos es gratuita para el beneficiario.
B) Rehabilitación médico-funcional
Tiene por objetivo no sólo el tratamiento sino el evitar el posible proceso degenerativo de la minusvalía.
Los servicios ofrecidos incluyen diagnóstico, prescripción facultativa, tratamientos médicos y farmacológicos, y técnicas de rehabilitación. Asimismo, estas prestaciones incluirán tanto el suministro como el mantenimiento de prótesis, silla de ruedas y otros elementos auxiliares (listados en las disposiciones de desarrollo de este Real Decreto), correspondientes a los otorgados por la Seguridad Social.
Serán beneficiarios aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:
- No tener acceso a ayudas o prestaciones similares otorgadas por un Organismo Público
- No superar el nivel de recursos estipulados en el Artículo 32
- Tener una minusvalía en grado igual o superior al 33%
- No tener derecho ya, por parte de la Seguridad Social, a los tratamientos previstos en este apartado
- Que su disminución sea un obstáculo para su correcta integración educativa, laboral o social
C) Recuperación profesional
Este apartado tiene por objetivo la correcta inserción o reinserción laboral del afectado. Comprende los siguientes aspectos:
– Tratamientos de rehabilitación
– Orientación profesional (determinar las actividades laborales más adecuadas para el minusválido, en base a sus aptitudes, intereses, y empleo anterior, en caso de tenerlo)
– Formación o reeducación profesional (desde el adiestramiento hasta las enseñanzas enfocadas al desarrollo de la profesión), o readaptación profesional (medidas dirigidas a la reincorporación del minusválido a su profesión anterior)
Los minusválidos podrán percibir ayudas de tipo económico cuando las prestaciones de recuperación profesional les obliguen a realizar gastos adicionales (alojamiento, transporte…). Les beneficiarios de estas prestaciones serán aquellos que:
- Estén afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33%
- Presenten posibilidades de recuperación
- No tengan derecho a las prestaciones de recuperación profesional del sistema de la Seguridad Social
- No estar comprendido en el campo de aplicación de la Seguridad Social por no realizar una actividad laboral
- No ser beneficiario de algún tipo de ayuda o prestación de carácter similar, otorgada por un Organismo público
- No superar el nivel de recursos económicos estipulados en el Artículo 32
D) Medidas de integración social
Tienen por objetivo proporcionar al minusválido la mayor autonomía posible en cuanto a desplazamiento y relación con su entorno. Incluyen prestaciones de carácter técnico para el entrenamiento o reentrenamiento de actividades cotidianas (transporte, actividades culturales…) y aportaciones económicas en caso de ser necesaria alguna adaptación (útiles, hogar, vehículo…) por la minusvalía.
Los beneficiarios de dichas medidas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Hallarse afectados por una minusvalía igual o superior al 33%
- No estar comprendido en el campo de aplicación de la Seguridad Social por no realizar una actividad laboral
- No ser beneficiario de algún tipo de ayuda o prestación de carácter similar, otorgada por un Organismo público
- No superar el nivel de recursos económicos estipulados en el Artículo 32
E) Subsidio de garantía de ingresos mínimos
Se trata de una prestación económica periódica, cuyo fin es cubrir las necesidades básicas de quienes, por su grado de minusvalía, no estén en condiciones de obtenerlos. Los beneficiarios de dicho subsidio serán aquellos que:
- Sean mayores de dieciocho años
- Se hallen afectados por una minusvalía de grado igual o superior al 85%
- No tengan posibilidad de encontrar un empleo adecuado por su alto grado de incapacidad
- No estén comprendidos en el campo de aplicación de la Seguridad Social por no realizar una actividad laboral
- No sean beneficiarios de algún tipo de ayuda o prestación de carácter similar, otorgada por un Organismo público
- No superen el nivel de recursos económicos estipulados en el Artículo 32
F) Subsidio de ayuda de tercera persona
Este subsidio consiste en una prestación económica periódica destinada a aquellas personas que por su minusvalía, necesiten de la ayuda de terceras personas para realizar actividades básicas, como vestirse o comer, por ejemplo. Los beneficiarios de este subsidio serán aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de dieciocho años
- Estar afectado por una minusvalía en grado igual o superior al 75%
- No hallarse atendidas en Centros en régimen de internado
- No estar comprendido en el campo de aplicación de la Seguridad Social por no realizar una actividad laboral
- No ser beneficiario de algún tipo de ayuda o prestación de carácter similar, otorgada por un Organismo público
- No superar el nivel de recursos económicos estipulados en el Artículo 32
G) Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte
Se trata de una prestación económica periódica destinada a aquellos minusválidos que tengan graves dificultades para utilizar los transportes colectivos y deban desplazarse fuera de casa. Se beneficiarán de este subsidio aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayores de tres años
- Estar afectados por pérdidas funcionales o anatómicas o deformaciones, en grado igual o superior al 33% que le dificulten la utilización de los transportes colectivos
- No encontrarse imposibilitado para desplazarse fuera de casa
- No estar comprendido en el campo de aplicación de la Seguridad Social por no realizar una actividad laboral
- No ser beneficiario de algún tipo de ayuda o prestación de carácter similar, otorgada por un Organismo público
- No superar el nivel de recursos económicos estipulados en el Artículo 32
- Minusválidos atendidos en Centros en régimen de media pensión, o aquellos que en régimen de internado se desplacen fuera del centro como mínimo diez fines de semana al año.
Si necesitas más información o iniciar un proceso de minusvalía… llámanos a este teléfono 913076219, o rellena el formulario en este enlace https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/ estaremos encantados de ayudarte.
Quisiera hacer un recurso a bienestar social me an dado un 47% Y un 6 de movilidad y quisiera que me mirarsn para que me den un 7 para la tarjeta de aparcamiento y algo más tengo que si ando un poco me canso demasiado y el brazo drch no teng nada de fuerza y dolor muchas gracias
Buenos días, Antonio, comuníquese con los servicios sociales de su comunidad, ellos le darán más detalles de esos beneficios.
Saludos, muchas gracias por comentarnos su caso. Podría pedir la invalidez total ante la Seguridad Social, pero para ello debe contar con la valoración de un médico forense, podemos ayudarle en ese sentido. Póngase en contacto con nosotros a través del 665910117
Agradecido de su amabilidad y de la información de la cual era profano, pues parece ser que el E.V.O. no informa acerca de derechos y obligaciones de los discapacitado.- atentamente : José Luis Rey Delgado.-05/08/5015.-