¿Qué significa apto con limitaciones en reconocimiento?
Se califica a una persona (trabajadora) como “Apto con Limitaciones” cuando tras ser examinada en un reconocimiento médico laboral se detecta que su estado de salud se encuentra limitado para realizar las tareas de su puesto de trabajo con normalidad. El trabajador que sea asignado como apto con limitaciones realizará tareas adecuadas con sus limitaciones. Esta calificación no significa que la persona no esté capacitada para realizar el trabajo, sino que tendrán que tenerse en cuenta sus limitaciones para el puesto en el que será asignado. Sin embargo, no por el hecho de haber sido declarado como acto con limitaciones, supone la seguridad de conseguir el reconocimiento por incapacidad permanente. En cualquier caso, ante una situación similar, lo recomendable siempre será tener un asesoramiento experto.
¿Está la empresa obligada a adaptar el puesto de trabajo?
Generalmente las empresas no están obligadas a adaptar los puestos de trabajo, a no ser que así lo establezca el Convenio Colectivo o el contrato de trabajo ante posibles discapacidades o limitaciones de salud de sus trabajadores. Los ajustes deben ser de manera proporcionada a las necesidades del trabajador, como cambios en la disposición del mobiliario, eliminación de barreras arquitectónicas, instalación de ayudas técnicas…
En los casos de que las empresas no estén obligadas a adaptar un puesto de trabajo, intentarán reasignar a los trabajadores que lo requieran a nuevos puestos. Si no existieran puestos adecuados para ellos la empresa debe emitir un certificado indicando su situación y lo adjuntará al informe de aptitud del trabajador para poder rescindir su contrato. Este trabajador pasará a estar desempleado. Y si ha cotizado el tiempo suficiente, podrá solicitar la incapacidad que le corresponda, pero si no ha cotizado lo suficiente quedará en paro.
¿Quién asumirá el coste de la adaptación del puesto de trabajo?
El empresario es el obligado a adecuar el puesto de trabajo ante las diferentes circunstancias que lo requieran según el art. 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Para incrementar las adaptaciones de las empresas, hay establecidas diferentes ayudas públicas y subvenciones.
En cualquier caso, la normativa y los criterios para la concesión de la incapacidad permanente son los mismos en toda España, por lo que los trabajadores que soliciten la incapacidad permanente deben seguir los mismos pasos y cumplir con los mismos requisitos en todo el territorio nacional.
El proceso de solicitud de incapacidad permanente en España puede ser largo y complejo. Por lo general, se recomienda que los trabajadores se pongan en contacto con un abogado especializado en derecho laboral para que les ayude con el proceso. El abogado puede ayudar al trabajador a reunir la documentación necesaria y a presentar su solicitud ante el INSS. En Grupo Médico Jurídico DURANGO contamos con los mejores profesionales que trabajaran para sacar la máxima cuantía económica para nuestros clientes.
Hola les comento, el día 13 de julio me mandan pasar reconocimiento medico ya que estuve 1 año y medio de baja( sarcoidosis pulmonar con afectación a las articulaciones), la médico que me lo realizo me dijo que tendría limitaciones en carga,movimientos repetitivos y excesos… ayer me llamó el servicio de prevención de la empresa,que habían recibido el informe y que la médico de trabajo( que no es la misma que la que me evaluo) me había puesto solo limitaciones en excesos de cargas( empuje,tracción,manejo)>10kg. Yo les comenté que el puesto que más me costaba( quitar mantecas a mano tirando de ellas) me costaba un horror realizarlo que por favor no me pusieran ahí. Su respuesta: ese puesto lo puedes hacer. Nose si ir a un medico- perito o que hacer. Por cierto trabajo en un matadero en la sección de matanza. Que me aconsejan hacer?? Con ese puesto las articulaciones me duelen bastante…y serán por puestos en esa zona. Yo creo que lo que buscan que renuncie al trabajo
Buenos días Jairo, en relación a su consulta, indicarle que las empresas no tienen obligación de adaptar el puesto de trabajo, por lo que en caso de no poder realizar las funciones de su actividad profesional, se puede estudiar la viabilidad de una incapacidad permanente, siempre y cuando cumpla los requisitos exigidos por el INSS. En caso de estar interesado, rogamos nos llame al 913076219 a fin de proporcionarle información para que nuestro equipo médico estudie su caso. Reciba un cordial saludo.