¿Qué se entiende por una enfermedad profesional?. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define las enfermedades profesionales como “aquellas producidas a consecuencia del trabajo, que en general obedecen a la habitualidad y constancia presentes en el ambiente laboral y provocan alguna alteración en los trabajadores”.
Cuando nos referimos a un Accidente de Trabajo la Ley General de la Seguridad Social lo atribuye a “toda lesión corporal que el trabajador sufra en ocasiones por el trabajo por cuenta ajena”.
La normativa española amplía esta calificación a las siguientes situaciones:
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Cuando el accidente ocurre al ir o volver del trabajo (accidente in itinere).
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A los ocurridos en el desempeño de tareas encomendadas por el empresario.
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A Las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad al accidente que se agraven como consecuencia del mismo.
Vista la calificación de un accidente laboral podemos afirmar que su principal diferencia respecto a una enfermedad profesional es que esta última debe haber sido diagnosticada.
Debe de responder a una serie de variables que la caracterizan como tal:
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Una Variable clínica: El afectado presenta algún tipo de síntoma. En cualquier caso debe existir una relación causa-efecto y una aparición de síntomas derivados de la misma.
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Variable ocupacional: Cuando un trabajador está expuesto a determinadas sustancias a causa de un factor relacionado con su trabajo. Un caso muy habitual se encuentra en la figura del minero.
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Variable legal: En la Ley General de la Seguridad Social queda recogido un cuadro de enfermedades profesionales relacionadas con enfermedades causadas por agentes químicos, físicos y biológicos, donde podemos encontrar
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Las Enfermedades causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.
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Enfermedades de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados.
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Enfermedades causadas por agentes carcinogénicos.
En conclusión, para que una enfermedad sea calificada como enfermedad profesional, es requisito indispensable que figure en la ‘Lista de Enfermedades Profesionales’ del RD 1299/ 2006, de 10 de noviembre, cuando se aprueba el Cuadro de Enfermedades Profesionales en el Sistema de Seguridad Social y se establecen los criterios para su notificación y registro. Además, la profesión ejercida por el trabajador, también debe figurar en el citado cuadro.
Si necesitas más información o iniciar un proceso de reclamación, llámanos a este teléfono 913076219, o rellena el formulario, estaremos encantados de ayudarte.
Buenas tardes.
Soy policía de valencia, hace siete meses que estoy de baja por dolores en la rodilla . En una resonancia me encontraron ganortrosis femorotibial con condropatia grado Iv, condropatia rotuliana grado I y tróclea femoral grado III, además de rotura de menisco.
Me operaron hace cinco meses y estoy bastante peor que al principio, no me veo capacitado para seguir haciendo las labores policiales. creen que podria solicitar la incapacidad?
Quería hacer la siguiente consulta, la rectificación de la columna, hoy en tiempos de pandemia y el estar demasiado tiempo frente a la computadora, es considerada una enfermedad profesional, soy docente. Gracias.
Buenas pregunto si tú estás descargando 3 años como un animal caja de ropa y materia prima es decir mover la espalda en un día 3000 veces o más que causas puede causar la espalda .. Y la mutua me me hico una placas y dijo que por mover una caja no es una enfermedad profesional . Porque dice que es por desgaste y una enfermedad generativa .Pues yo tengo cita con una privada para una resonancia y es más podría contar . A ver qué me dicen .
Buenas trabajo d cajera..llevo desde noviembre de baja por discopatia l5s1..n octubre m hacen un blokeo epidural…podré seguir desempeñando mi trabajo?… gracias
Buenos días Carmen, en relación a la consulta que nos plantea, indicarle que lo más recomendable es esperar a que finalice el año de baja y le citen para pasar el Tribunal Médico. Una vez cumplido el año de baja, el INSS puede darle el alta, prorrogar hasta 180 días la baja o iniciar un expediente de incapacidad permanente (no quiere decir que se lo reconozcan, sino que entran a valorar si es o no susceptible). Dado que está pendiente de un tratamiento, se entiende que actualmente no están agotadas todas las posibilidades terapéuticas. En el momento en que reciba cualquier notificación respecto a su proceso, no dude en llamarnos para que podamos ofrecerle mayor información sobre cómo proceder. Reciba un cordial saludo.
Buenos días quería saber si la enfermedad artrosis en las manos y en la cervical es una enfermedad profesional. Gracias
Hola, trabajo en atención al cliente en una compañía aérea y es demasiado común que venga gente enfadada y que nos falten el respeto, nos levanten la voz y nos pongan en situaciones difíciles teniendo que llamar a Seguridad en bastantes ocasiones. Dada la situación por el covid solo trabajamos 1 por turno y muchas veces el volumen de trabajo es muy elevado. Hace unos 20 días trabajando tuve varias situaciones complicadas hasta en las que tuve que llamar a Seguridad y la última de ellas fue la que me colapsó y no pude seguir trabajando. Tuve que apartarme de la “ventanilla” y llamar a mi superior para que enviara a alguien a cubrir mi puesto. Yo no podía dejar de llorar, me sentía muy mal y no he llorado tanto en mi vida. Me costaba respirar y temblaba mucho. Sin exagerar estuve llorando varias horas seguidas. Hice el camino a mi casa, también llorando, y fui directamente al ambulatorio donde el médico de urgencias me diagnosticó en el parte de baja “trastorno de ansiedad no especificado” lo catalogó como una enfermedad Común y un Tipo de proceso Corto con una duración maxima de 19 días de baja.
Ahora mismo tengo la baja hasta el día 20 de enero, en ese momento llevaré 29 días de baja.
Mis preguntas son… **el trastorno por ansiedad está bien catalogado como enfermedad común?
** Entra dentro de lo que sería una enfermedad profesional??
** Es correcto pronosticarlo como un Tipo de proceso Corto??
Hace unos días me llamó la mutua del trabajo y tal y como me vieron me dijeron (al contar y revivir lo sucedido me puse a llorar) que lo ideal sería que fuera al psicólogo pero que la seguridad social casi seguro que no me lo pondria. Esto me hace pensar que si la mutua opina que tengo que ir a un psicólogo porque me puede ayudar mucho, no entiendo lógico que cataloguen este caso como un tipo de proceso Corto. Muchos días ya he entrado a trabajar con nervios porque se lo que me espera y éste puesto que tengo ahora no es el que tenía antes, me pusieron “a la fuerza” por las reestructuraciones que han provocado la situación de covid.
Les agradecería sus respuestas. Saludos
Buenas tardes Javier,
en relación a su consulta, indicarle que es necesario que un equipo médico determine, mediante un estudio previo, si la patología que padece son a causa de su actividad profesional. Por ello, rogamos se ponga en contacto con nosotros en el 91 307 62 19 a fin de ofrecerle mayor información al respecto. Reciba un cordial saludo.
hola tengo una hernia lumbar L4 L5 y disco gastado esta en el tiempo esta aumentado el tamaño e tenido sucesos que e caído 3 vece a l clínica urgencia para poder parar el dolor trabajo en equipos médicos instalado equipos de rayos explíqueme esto solo me lo trajo el trabajo pesado que ejerzo durante 20 años pe paso la cuenta
Hola Sergio,
Su sus lesiones le impiden realizar su trabajo, cabría la posibilidad de solicitar una incapacidad permanente y tratar de demostrar que la patología es consecuencia de su actividad profesional. En todo caso, sería necesario estudiar la documentación y ver la viabilidad del caso pro lo que, si lo desea, puede llamarnos al 913076219 y le informaremos de nuestra manera de trabajar.
Un saludo,
Buenas tardes, tengo 61 años y llevo trabajando en la hosteleria 43 años, tengo las dos rodillas muy destrozadas, en espera que me pongan las dos prótesis ,estoy Muy mal con unos dolores insoportables estoy trabajando, pero me cuesta mucho estar de pie y realizar mis tareas, tengo que depender mucho de mis compañeros para la realización de las mismas, debido a la realización del trabajo está a distintos niveles, bajando y subiendo constantemente muchas escaleras. Que me aconsejan ustedes, se cataloga esto como una enfermedad laboral debido al desgaste físico producido por el propio trabajo. Además soy hipertenso, diabético etc. Muchísimas gracias Por su atención. Un saludo afectuoso
Buenos días Francisco,
De cara a poder asesorarle, es necesario que nuestro equipo médico estudie su caso para ver las posibilidades que existen de obtener una incapacidad. Si lo desea puede llamarnos al 913076219 y le podremos informar sobre nuestra forma de trabajar.
Un saludo
Hola buenas tardes, os comento mi pregunta, desde hace varios años padezco artrosis en una cadera, que cada vez es mas insoportable. Me imposibilita bastante mi trabajo. Deciros que soy Policia Local desde hace 30 años, que tengo 33 años cotizados.
Se puede considerar enfermedad laboral y podría pasar tribunal médico.
Gracias por vuestra atención. Un saludo
Buenos días Paco,
Su artrosis en la cadera puede ser una incapacidad y por lo tanto usted tiene que recibir una pensión, si usted quiere puede llamar a Grupo Médico Jurídico Durango para que le vea un médico perito y le haga una valoración, también le podemos asignar una abogado especialista en su caso para ir a juicio.
91 307 62 19
Un Saludo.
hola buenas noches, mi pregunta es la siguiente, en julio de 2004 tengo un accidente de trabajo esguince de rodilla derecha la mutua me hace una radiografia y me dice que tengo ligamento lateral interno 16 días de baja y a trabajar con rodilla hinchada,que estaba recuperado, ya sabemos como funcionan las mutuas por desgracia. en 2005 cambio de trabajo para otro taller con mejores condiciones , soy mecanico.
El paso del tiempo sigo con molestias en la rodilla, inflamaciones, pero sigo trabajando y aguantando por miedo a quedar de baja y ser despedido, en el 2014 ya no aguanto mas y realizo una resonancia y…
Signos degenerativos femoropatelares con condromalacia.
Importantes signos degenerativos femoral tibiales, sobre todo en el compartimento externo, existe afectación del cartílago articular del condilio femoral.
Derrame articular.
Rotura degenerativa del cuerno posterior de los dos meniscos, se encuentra mas afectado el menisco externo.
Degeneración mixoide por rotura crónica del LCA.
Diminuto quistee poplíteo.
Me opere en octubre de 2016, me quitaron un menisco, demasiada artrosis, me hicieron una ligoplastia del cruzado y que necesito una protesis pero no me la ponen por ser joven 43 años.
Estoy de baja por enfermedad común, realizo cambio de contigencia en tribunal medico por que considero que la mutua al no hacerme la resonancia en su dia no pueden verificar adecuadamente el rango de daño estimado porque con una radiografia a mi entender no se ven roturas de ligamentos, corríjame si me equivoco.
El tribunal me contesta que no tiene relación con el accidente y que no me había quejado durante estos años, eso llevando un informe escrito del cirujano que me opero que procedia del accidente.
El tribunal dice que es desgaste.
Siento enrollarme demasiado….. se puede considerar también como enfermedad profesional por el desgaste a una mala de no conseguir que me lo relacionen con el accidente…ya que estoy siempre agachándome, esfuerzos en malas posturas y un largo etc de la vida de un mecanico.
muchas gracias.
Buenas tardes, Javier, sólo un médico perito puede determinar si sus dolencias son causas del desempeño de su trabajo. Para ello, es necesario que le vea uno de nuestros especialistas del daño corporal, Póngase en contacto con nosotros en el 91 307 6219, trabajamos en toda España.
Buenas, soy auxiliar de enfermería en una residencia y estoy de baja por mucho dolor de cuello y cabeza, se me duermen manos y pies. Me han detectado presión en el cerebro y una hernia. Podría conseguir que consiga la enfermedad laboral?
Muchas gracias
Buenas tardes, en relación a su consulta sobre la contingencia de sus patologías, indicarle que es necesario que aporte documentación médica a nuestro equipo de especialistas para determinar si es defendible que las mismas vienen derivadas de la realización de su puesto de trabajo, debiendo citarle en consulta médica. En caso de estar interesada, rogamos nos llame al 91 307 62 19. Un saludo.
buenas noches una escoliosis ideopatica con un grado menor 10 es considerada como limitante lavoral? osea es causa de que no pueda conseguir un empleo
Buenos días, Saul, esto depende de cómo se encuentre usted para afrontarlo, un saludo.
Buenas tardes
La rectificación lumbar se puede considerar enfermedad laboral(mal estado de las sillas de la oficina ya que no son ergonómicas y no se les hace mantenimiento)
Buenos días, Johana, solo un médico perito puede determinar si sus dolencias son parte de ese trabajo. Póngase en contacto con nosotros al 91 307 6219, un saludo.
buenas noche mi pregunta es estenosis mitral moderado es una enfermedad profesional soy docente de educacion inicial y quiero hacer mi cambio de actividad por el seguro sera que me lo hacen?
Buenas tardes, Yaritza, para determinar si es una enfermedad profesional debe existir un nexo causal entre la enfermedad y el trabajo, eso solo se consigue realizando un estudio de viabilidad por parte de uno de nuestro perito, póngase en contacto con nosotros en el 91 307 6219.
Mi trabajo se trata de auxiliar de guarderías. Me han diagnosticado tres hernias cervicales, que de momento no quieren operar por estar muy cerca de la medula y problemas en las lumbares. Mi pregunta es estaría dentro de enfermedad profesional. Gracias
Buenos días, Ángeles, toda enfermedad puede ser considerada profesional si existe un nexo causal entre la enfermedad y el trabajo, para determinarlo, es necesario que le explore uno de nuestros médicos peritos, póngase en contacto con nosotros al 91 307 6219.
la epicondilitis medial puede considerarse como enfermedad laboral si ademas tengo Artrosis primaria generalizada??
Buenos días Kelly, toda enfermedad puede considerarse profesional si existe un nexo entre ella y el trabajo. Este nexo solo lo determina un médico perito, póngase en contacto con nosotros, podemos ayudarle.
hola buenas tardes se cosidera una escoliosis que coji en la empresa con el pasar de los meses una enfermedad laboral y puedo ser despedido
Buenos días, Mario, habría que determinar si esa escoliosis es fruto de realizar su trabajo, o sea, determinar el nexo causal de la enfermedad con su actividad laboral, póngase en contacto con nosotros, podemos ayudarle.
Buenas tardes, Doris, no nos ha dado mucho detalles sobre su
puesto de trabajo, pero en todo caso, si esos daños le limitan
para realizar su actividad laboral, es posible que pueda solicitar
una incapacidad permanente. Póngase en contacto con nosotros podemos
ayudarle.
Saludos, quisiera saber si la artritis esta en la categoría de estas en enfermedades y que tipo de trabajo la afecta?
La artritis no está recogida en el cuadro de enfermedades profesionales del sistema de la Seguridad Social. El único caso relacionado reconocido como enfermedad profesional es la osteoartritis provocada por vibraciones mecánicas propias del puesto de trabajo.
¿Es una enfermedad laboral la ansiedad? Esta ansiedad es por acoso laboral del jefe directo y la víctima lleva 3 meses de baja. Gracias
La ansiedad puede considerarse una enfermedad profesional si está relacionada con su trabajo.
póngase en contacto con nosotros, podemos ayudarte.
Hola me diagnosticaron enfermedad profesional de tendinitis quiero saber si me tienen que indemnizar x la enfermedad tengo 9 años de antigüedad en la empresa
Muchas gracias por compartir su caso con nuestro equipo. Lo primero que debemos recomendarle es que acuda a un experto en medicina pericial, para que realice una valoración de su estado de salud. Para esa consulta debe aportar toda la documentación médica que tenga, y una vez que le hagan la exploración, el médico perito redacta un estudio de viabilidad, donde se determina si es usted susceptible de recibir una indemnización. Nuestra Central de Peritaciones Médicas está en Madrid, pero contamos con colaboradores en todo el país, si desea una cita con uno de nuestros expertos, rogamos que se ponga en contacto con nosotros por favor para estudiar su caso.
hola buenas tardes, he sido operada del tunel carpeano del brazo izquierdo y del brazo derecho elnervio cubital, de dicho brazo he perdido mucho la fuerza y cualquier trabajo minimo que haga me produce dolor hasta arriba del hombro, ya ni en mi casa pued hacer nada, donde trabajo, soy auxiliar de ecucacion( portera) ya el medico me hizo cambio de funciones por este motivo, lo q quiero saber si esto entra en enfermedad laboral, ya que inicie un tramite por la art para q me de el grado de incapacidad y ver si puedo ser indemnizada?? le agradeceria su rspuesta.
Muchas gracias por compartir su caso con nuestro equipo. Lo que podemos recomendarle es que acuda a un médico perito. En Grupo Médico Jurídico Durango contamos con un equipo de profesionales especialistas y médicos peritos expertos en valoración del daño corporal se encargará de demostrar cómo su trabajo está afectando a su salud.
Emitimos un estudio de viabilidad que demuestre el nexo causal entre la exposición laboral y la enfermedad que padece. Este pre-informe se dará tras la realización de una exploración exhaustiva junto con la revisión de la documentación médica aportada, y la realización de las pruebas pertinentes.
Si se determinase la viabilidad del nexo, se realizará el Informe Médico Pericial con su correspondiente defensa en sede judicial, en caso de ser necesaria nuestra asistencia.
hola saludos , Me llamo jose soy de madrid, y trabajo de solador hace 20 años (oficial de primera) … En la actualidad estoy de baja por 5 vez por el estado de mis rodillas, mis problemas de rodillas empezaron con muchos dolores en el 2010 a consecuencia de mis tareas profesionales y por las condiciones de trabajo que ofrecen las subcontratas es decir ; mano de obra barata y destajos con muy malas condiciones . Mi primera baja fue en el 2012 por accidente laboral y en las resonancias en fremap me detectaron condromalacia rotuliana en las 2 rodillas de grado( III ), cuerpos libres intrarticulares, y cambios degenerativos en cuerno anterior de menisco externo… Estuve 3 meses de baja y el traumatologo me dijo que aguantara un tiempo aver como se desarrolaba este asunto antes de operar, 3 meses de baja y vuelta al trabajo … Ese mismo año volvi hacerme daño en los destajos colocando suelos y otra vez tuve que acudir a la mutua fremap, esta me tuvo un mes de baja por accidente laboral, con reposo y antiinflamatorios y me dieron el alta sin hacerme resonancias ni nada, me dijeron que fuera a la seguridad social por que la fase aguda ya me la habian curado ( mentira son unos sinverguenzas)
Yo ni fui al medico de cabecera ni nada, me fui a currar por que con una hipoteca y un niño que tengo pues no queria lios ni con unos ni con otros … Y nada otra vez a colocar suelos, hasta que ya este verano pasado( verano 2015) otra vez con las mismas otra vez de baja 3 semanas, y en enero de este año (2016)otra vez con las mismas en esta ocasion con la fraternidad otros sirverguenzas de mucho cuidado 2 semanas de baja y que me fuera a mi medico de cabecera … En la actualidad estoy de baja por quinta vez por enfermedad comun desde el pasado dia 3 de marzo y por la misma circustancia de mis rodillas ; el problema de esta ultima baja a sido el siguiente y perdonarme que alargue tanto pero yo creo que es conveniente aver si tengo suerte y alguien que entienda de estos asuntos pueda ayudarme lo necesito por que no aguanto mas … El 2 de marzo de 2016 empece a trabajar en una empresa de soladores, estuvimos solando en el carrefur de hortaleza (madrid) desde las 8 de la mañana hasta las 12 de la noche, el segundo dia empezamos a las 8 de la mañana y despues de comer mis rodillas ya no podian se me hincharon muchisimo y con un dolor insoportable estaba totalmente inestable y necesitaba sentarme, se lo comunique al jefe por que necesitaba que me viera un medico y le dije que cual era la mutua con la que tenian concertadas las contingencias, se nego a decirmelo y me dijo que me fuera al hospital o a mi medico de cabecera, pero que como estaba en periodo de prueba que me echaban a la calle si me iba al medico, acto seguido decidi ir a mi medico de cabecera y este me extendio parte de baja con fecha 3 de marzo de 2016 por enfermedad comun
Bueno pues aqui vienen mis dudas y mi situacion actual, aver si alguien que entienda de estos asuntos tenga un poco de consideracion y pueda asesorarme ; mefrap me esta pagando la IT, pero el tratamiento me lo esta llevando la seguridad social, puesto que es una contingencia comun y la empresa no a querido reconocer y mandar el justificante a la mutua, y tampoco me dijo que mutua tenian, e solicitado con todos los documentos pertinentes habidos y por haber un cambio de DETERMINACION DE CONTINGENCIAS en la seguridad social con fecha de entrada del 21 de abril, a la empresa me pagaron mi dia y medio de trabajo, pero les e denunciado el la inspeccion de trabajo por las condiciones de trabajo que tenian y por que se an negado a facilitarme un certificado de funciones que me requerian para la solicitud del cambio de contingencia … Y bueno mi medico de cabecera me esta ayudando mucho y en la actualidad estoy a la espera de pasar unas resonancias y radiografias de ambas rodillas y pasar consulta con el traumatologo y que determine lo que sea necesario, pero me a dicho que con las lesiones que vengo arrastrando desde el 2012 siendo degenerativas y con el oficio que tengo, que esto huele a quirofano, es decir que me operaran ( ya veremos)…
Mis preguntas son las siguientes :
¿Cuánto tarda en contestar el inss sobre el cambio de contingencias, tengo posibilidad de que me la acepten, puede la mutua recurrir en caso de que me la acepten, si me la deniegan tengo que buscarme un abogado para hacer la reclamacion y denunciar?
¿E echo bien en denunciar a esta empresa, por tenernos mas de 16 horas de jornada trabajando, y por las condiciones de trabajo que tenian y por negarse a reconocer la contingencia y negarse a decirme que mutua tenian y negarse a facilitarme el certificado de funciones?… MENUDA GENTUZA, SINVERGUENZAS !
Segun los medicos me dicen que me olvide de colocar suelos con estas lesiones, ¿puedo solicitar una invalidez permenente, ¿cuándo la solicito antes de operarme o despues?, ¿O tengo que esperar a estar de baja el tiempo maximo de baja los 18 meses segun esta contemplado en ley? ¿O espero a que me contesten de la determinacion de contingencia y luego la solicito?… VALLA LIO DE TODO !
En respuesta a su consulta, son varios puntos que tratar, intentaremos aclararle los máximos posibles.
Por un lado, con lo que respecta a el cambio de contingencias, tendría que valorarle un médico perito, para determinar si las lesiones que tiene, son degenerativas o bien, han sido motivadas por el trabajo que desempeña. Para ello, tendríamos que gestionarle la cita con el profesional, aquí en nuestra central de Madrid, donde tendría que aportar la documentación médica que tenga fotocopiada y tras realizar la exploración, podrá dictaminar la viabilidad del caso, todo esto tendría un coste de 125€. En caso de que sí sea viable, contamos con gabinete jurídico para poder asesorarle y gestionarle durante todo el procedimiento hasta su obtención ya sea de la determinación de contingencias o de algún tipo de incapacidad.
Para cualquier duda, puede ponerse en contacto en 913076219 o bien, facilitarnos un teléfono de contacto donde devolverle la llamada.
Hola, mi marido ha trabajado como soldador de metal , se ha operado de dos hernias inguinal y umbilical, tiene lumbar y complicaciones de discos, los dedos de los pies tiene insensible, con todo eso podia conseguir absoluta?
Gracias
Buenas tardes, Angela, según nos comenta su marido es susceptible de solicitar una incapacidad permanente pero
no sabemos el grado. Es el médico perito el encargado de determinar si esas dolencias hacen viable su caso.
soy empleado en una empresa donde tengo q hacer levantamiento de rollo me detectaron una hernia inguinal y otra umblical eso me lo trara la arp o la eps…gracias..
Buenas tardes, Andrés, si su daño corporal le impide realizar su actividad laboral debe plantearse
solicitar una incapacidad permanente total. Para ello, es necesario que le vea un médico perito para
determinar si su caso es viable, póngase en contacto con nosotros.
Me acabaron de informar que a mis 28 años tengo una artrosis de cadera de una persona de 65 años, Trabajo desde hace 6 años en un lavadero industrial de autos tercierisado de volkswagen, en condiciones de humedad y frió en invierno como extremo calor en verano. Malas condiciones laborales en cuanto a seguridad y salud. A esto sumarle exceso de trabajo. Quiero saber que hacer ante esta noticia, estoy muy angustiado ya que el doctor me informo que hay actividades que voy a tener que dejar de hacer para no acortar el plazo a una operación y la inclusión de una prótesis. Voy a empezar kinesiologia recomendada por el doctor. Y voy a ir algún profesional que me asesore en cuanto a lo judicial. Pero igual me gustaría alguna recomensacion. Saludos
Hola Iván, por medio de sus dolencias es posible solicitar una incapacidad permanente total,
ya que se encuentra limitado para ejercer su trabajo habitual, es necesario que un médico perito
evalúe su daño corporal para saber si es viable su caso, póngase en contacto con nosotros.
hola tengo escoliosis eso me da un nivel de discapsidad pues busco trabajo y no me dejan por eso me tiene angustiada y es de nacimiento
Buenos días Ana, póngase en contacto con asuntos sociales de su comunidad, ellos le
informarán mejor sobre la discapacidad.
Soy chapista pintor con 37años y 16años de antiguedad en la empresa.El 6 marzo 2015 sufrir un accidente laboral que me produjo una hernia discal l5s1 fui intervenido por mi mutua el 1/abril2015 con el lamentable resultado que el20 mayo 2015 tuve que volver a ser intervenido de la misma hernia con caracter urgente por presentar síndrome de cola de caballo.Esta vez parece que la descompresión si se hizo pero no he tenido buena evolución con problemas como lumbalgia que no desaparece,tirantez en gemelo der.,imposibilidad de estar enpie o sentado por mucho tiempo…A principios de enero 2016 aún continuando de baja médica comenzó una inflamación en rodilla izq. En mi mutua me comentan que es por compensación de mi mala forma de andar y me ponen un tratamiento analgésico y rehabilitador.En feb.2016 y como me comenta mi doctora de mi mutua se efectúa el alta por mejoría y siguiendo indicaciones de su dirección medica.Realice la reclamación al alta emitida y a final de marzo la inspectora del evi me propone para IP por At.Y dice en su resolución que el alta debe ser propuesta de incapacidad pero recibo una carta del inss que dice Alta medica por mejoría.El mismo día que recibo ese alta abril2016 acudo a mi medico de cabecera que me emite una baja por meniscopatia de la rodilla izq. Se emitió mi alta en abril con mi s molestias de espalda y una inflamación en rodilla izq.sin diagnosticar.Actualmente sigo de baja por la rodilla he sido visto por mi traumatologo para ver mis problemas de espalda y rodilla me ha pedido resonançias.Y nadie aún ha pronunciado nada de IP como me dijeron en el evi pero mi sorpresa es que me acaban de citar para averiguar mi contingencia.Puede ser mi rodilla secuela de mis intervenciones de Hernia?Deberían haberme continuado la baja por AT?Y mi IP que dice el informe emitido por el EVI?Nadie me la va ha tramitar?Gracias de antemano
Buenos días, Paco, el EVI determinará la contingencia y emitirá un informe, si no está
de acuerdo con la resolución puede ponerse contacto con nosotros para evaluar su caso.
muy buen aporte y muy bueno el apoyo que dan . tengo una pregunta desde hace tres años tengo una secretaria que difícilmente hace su trabajo, hace ya dos meses se le asigno una actividad de limpieza del archivo general que es su responsabilidad exclusiva, esta no ha tenido el interés de realizar esta actividad y a evadido realizar esta tarea, se le recordó que tenia que hacer su trabajo y ahora indica que es alérgica al polvo. mi pregunta es : es esto una enfermedad profesional? puedo pedirle el informe medico que certifique que es alérgica al polvo?
Buenas tardes, Moisés, la alergia al polvo puede no estar reconocida como
enfermedad profesional, pero es necesario saber si su secretaria puede padecer
una enfermedad común por esta causa, un saludo.
Mi pregunta es la siguiente:
Llevo 3 años sufriendo ansiedad provocada por una modificacion suntancial en mi puesto de trabajo y la cual me ha provocado, depresion, ansiedad provocada por el trabajo y que a fecha de hoy sigo en tratamiento con ansioliticos y antidepresivo que me provaca mi trabajo. Podria considerarse esto enfermedad laboral y como debo de actuar?
Gracias
Hola, Juan, son muy frecuentes los casos relacionados con la depresión y el estrés laboral.
Sin embargo, habría que determinar si su caso guarda alguna relación con su trabajo, póngase
en contacto con nosotros.
Buenas tardes, Juan Carlos, es el médico perito el encargado de emitir
un juicio en su caso, a través de un examen psicológico es posible determinar
si su padecimiento es una enfermedad profesional, póngase en contacto con
nosotros, podemos ayudarle.
Hola,soy auxiliar de enfermería que llevo más de cuatro años trabajando en una residencia de mayores . Tengo contracturas en caso toda la zona dorsal . Estoy en el ponto de solo levantarme los brazos o estirarlos con dolor . En mi trabajo me dicen que no es de trabajo.me gustaría saber cesta respuesta gracias y un saludo
Una artrosis de codo derecho, puede tener su etiologia por movimientos repetitivos de flexo extension con levantamiento de cargas.
Buenos días, Luis, si está usted trabajando es posible solicitar una incapacidad permanente total,
ya que no puede realizar su trabajo con eficacia, póngase en contacto con nosotros para saber si
su caso es viable de tramitar.
hola buenos dias soy operaria de embalaje en una empresa de maderas estoy en proseso de calificacion ya me hisieron analisis del puesto estoy en grado severo de ambas manos pero tengo hipotiroidismo y bocio esto puede afectar mi calificacion de l origen de la enfermedad me pueden despedir apenas cumpla con la incapacidad ya que hase unos dias me operaron gracias por su colaboracion
Buenos días, Claudia, la empresa no puede despedirle por el solo hecho de estar de baja, nosotros aconsejamos solicitar una incapacidad permanente si no puede realizar su trabajo habitual,póngase en contacto con nosotros, un saludo.
hola buenas tardes , se considera una enfermedad laboral alos quiste en manos
. y a causa de que se producen estos mismos
Buenos días,Juan Pablo, dependiendo de su actividad laboral puede considerarse o no una enfermedad profesional. Existe un listado de enfermedades profesionales definitivas, aunque es posible que otras pudieran definirse por medio del nexo de causalidad entre las dolencias y su trabajo. Podemos ayudarle, póngase en contacto con nosotros, un saludo.
hola soy embalador de artículos de vidrio,vasos, copas ect.Estando embalando un estuche con pestañas en el cual forzaba los dedos gordos de la mano empece a notar dolor en la zona del dedo gordo de la mano derecha.Fui a la mutua y me dijeron que era un sobre esfuerzo de la articulación me pusieron com una muñequera y me mandaron a trabajar ,como seguía teniendo dolor volvi ,me mandaro rehabilitación 14 sesiones todo esto trabajando.Como el dolor seguía me mandaron hacer una resonancia en la cual salio que tenia ; patrón de edema oseo subcondral focal en superficie articular distal del trapecio de carácter degenerativo con adelgazamiento del cartílago subyacente , y milimétrica lesión osteocontral en polo distal del escafoides . bueno después de esto la mutua me mando a la seguridad social diciendo que esto no era un accidente ni una enfermedad laboral.Mi pregunta es ¿esto que tengo en la mano no se puede considerar accidente ni enfermedad laboral? gracias
Hola Victor, según nos comenta su caso, podría ser considerado una enfermedad profesional, pero habría que ver
que sus dolencias son provocadas por su trabajo habitual. Aconsejamos concertar una cita con nuestro médico perito
para que le valore y pueda probar que sus dolencias son propias de la misma, póngase en contacto con nosotros.
Hola, soy electricista con 18 años ejerciendo dicho trabajo de instalaciones en viviendas y mantenimientos tipicos de esta profesión en el 2012 sufrí rotura del tendón del bícep del brazo derecho ,me dieron dos meses de baja por accidente laboral y reabilitación en la mutua, dos años más tarde en 2014 me ocurrío lo mismo en el brazo izquierdo, este tipo de lesiones se pueden considerar como enfermedad profesional, gracias
En mi opinión debido a que para realizar correctamente su trabajo necesita ambos brazos en un perfecto estado podría solicitar una incapacidad, para lo cual primero ha de realizar un estudio de viabilidad por un médico perito adecuado.
Buenas tardes, Le comento mi caso bien especifico para que me haga el favor y me de una respuesta y no una pregunta o consejo que pena que sea directo pero he leido la mayoria de casos y casi en todos hay consejos.
Trabajo con una petrolera tengo 3 años con ellos y mi edad es de 38 años, me encontraba en un pozo petrolero haciendo el trabajo de todos los dias eran las 3 de la mañana cuando ocurrio el accidente que fue sacando un rotor del pozo que mas o menos pesa unos 150 kilos al sacarlo del pozo con ayuda mecanica de una punta lo que hago es tomarlo de la punta que cuelga y llevarlo sobre mi hombro en pendulo cuando ya el rotor esta casi horizontal lo que hace uno es descargarlo sobre unos soportes pero en el momento que apenas estoy llevando el rotor osea unos 3 paso no mas es cuando siento cuando mi columna se aplasta y quedo tirado y recogido en el piso, de hay me llevan en ambulancia y dos dias despues me hacen la resonancia magneticonuclear donde me sale hernia discal L5 S1, pero la ARL no me quiere responder porque dice que eso es degenerativo y si eso lo se muy bien pero yo estaba bien cuando ingrese a la compañia y una hernia discal no se puede disimular y menos en mi tipo de trabajo pesado me gustaria saber la opinion de ustedes y como les dije que me dijeran si es profesional aunque es algo logico gracias muy amables estare atento a su respuesta saludos…
Por lo que describe su enfermedad pese a ser degenerativa, se ha provocado por el trabajo que ha estado realizando durante estos años en la compañía petrolífera, así pues en mi opinión tiene derecho a que le den una incapacidad laboral, pero la viabilidad de su caso debería ser revisada por un médico perito experto en la materia, para ver si la puede solicitar o no.
Buenas noches llevo doce años trabajando en una mina me diagnosticado enfisema pulmonar artritis rematoide en el sacro uveitis y las articulaciones de la muñeca y rodillas y cadera estan sacando sus dolores he estado mas de 7 años trabajando en mediciones las 8 horas en geotegnia movimientos repetitivos tirando de un cable haciendo medidas en vertical mas de cien metros siempre de pie ahora estoy de baja por el agrabante por neumonia causada segun neumologo de la neumonitis es enfermedad profecional gracias un saludo
Debido al duro trabajo que describe creo que podría pedir una incapacidad laboral, pues después de realizar ese arduo esfuerzo y con las secuelas y enfermedades que describe, deberá a portar los informes pertinentes a un perito médico el cual le indicará la viabilidad para poder llevar su caso ante el INSS y que le puedan conceder la incapacidad.
Soy auxiliar de geriatría, tengo 58 años me han diagnosticado condromalacia rotuliana, se considera enfermedad laboral, mi trabajo lleva una carga diaria de peso al desplazar a los residentes desde la cama a la silla, hacer camas movilización de residentes etc.
En respuesta a su consulta, un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En su caso la patología que padece condromalacia rotuliana, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común, puesto que dicha patología no está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales.
Tengo un desgarro anuló ligamentorío y protrusion posterocentral del núcleo pulposo L5-S1 trabajo en una empresa textilera en la parte de bodega cargando rollos de tela hace 9 años. lo que tengo me empezó cuando levante un rollo de tela de 60 kilos el neurocirujano y el fisioterapeuta me dicen que es una enfermedad degenerativa que me iba a dar que no tiene nada que ver con el haber alzado el rollo de tela que no es una enfermedad laboral yo pregunto mi trabajo y el tiempo que llevo en el mismo pueden ser los causantes de mi enfermedad ya que las vértebras dañadas son las que más se utilizan al levantar peso. y al ser degenerativo y decirmen que no tiene cura puedo solicitar la invalidez ya que día a día tengo menos capacidad al moverme y el dolor aumenta gracias
Es el médico-perito especialista quién deberá determinar si se trata de una enfermedad común y el tipo de incapacidad a que usted tiene derecho, por ello lo más aconsejable es que acuda a cita con el profesional, para que él pueda estudiar su documentación médica y asesorarle personalmente.
tengo protusion lumbar en L1 L2 L3 L4 Y L5, trabajo en un almacen cogiendo mucho peso y me ha dicho el traumatologo que los discos estan muy desgastados y que no coga peso.
Puedo solicitar la invalidez para mi puesto de trabajo en almacen?
Sería necesario que un médico perito estudiará su documentación médica para ver la viabilidad de solicitar una incapacidad permanente para su puesto de trabajo habitual.
buenas tardes: tengo discopatia y artrosis a la columna esas enfermedades se consideran profesionales ? saludos cordiales .
gracias
Se considera enfermedad laboral todas aquellas que se contraigan a consecuencia del trabajo realizado por cuenta ajena,en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la Ley General de la Seguridad Social, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
BUENAS TARDES—HACE DIEZ DÍAS COMENCÉ CON UN DOLOR INTENSO EN EL HOMBRO. EL DIA POSTERIOR A ESTAR DE GUARDIA………ME HICE RMC E INFORMA TENDINOSIS DEL SUPRAESPINOSO E INFRAESPINOSO—-CONFIGURACION DEGENERATIVA DE LA ARTICULACIO ACROMIOCLAVICULAR—CABEZA HUMERAL CON CONDROMALACIA EN CARA POSTEROSUPERIOR POR INESTABILIDAD GLENOHUMERAL……….TENGO 25 AÑOS DE TRABAJO EN AMBULANCIA ASISTIENDO PACIENTES EN DOMICILIOS E INMOVILIZANDO PACIENTES EN ACCIDENTES DE TRANSITO……….ESTO ES CONSIDERADO ENFERMEDAD LABORAL O ES UN PROBLEMA POR LA EDAD,,,TENGO 49 AÑOS´
SALUDOS
se considera enfermedad laboral todas aquellas que se contraigan a consecuencia del trabajo realizado por cuenta ajena,en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la Ley General de la Seguridad Social, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
la atrosis en la rodilla se considera como incapacidad permanente mi esposo presenta mucho dolor en su rodilla y no puede caminar bien cojea mucho, dicen que tiene atrosis aunado a un quiste en la rodilla
Si dicha patología le limita para su profesión habitual podríamos considerar la viabilidad de incapacidad permanente.
Buenas tardes el pinza miento en la L5-S1 calcificado y artrosis degenerativa es enfermedad común o profesional soy colocados de bordillos
Para que una enfermedad sea considerada como profesional deben darse los siguientes elementos:
1. Que sea a consecuencia de las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales. Es un cuadro limitado, con un listado cerrado de enfermedades profesionales.
2. Que proceda de la acción de sustancias o elementos que en el cuadro de enfermedades profesionales se indiquen para cada enfermedad.
hola si tengo un dolor en la parte baja de la columna, estoy incapacitada hace 2 meses, me hicieron exámenes de lumbosacra y lumbo toraxica, estoy a la espera que me autoricen con el ortopedista, el medico laboral de la empresa me dijo que es necesario la resonancia magnética para saber un diagnostico mas claro… los doctores el dolor me limita para trabajar llevo 2 meses incapacitada, por el oficio de planchar 10 horas ..me han diagnosticado lumbago o lumbalgia, es o no accidente de trabajo y se puede calificar como una enfermedad profesional gracias..por su atencón
Enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En su caso la patología que padece, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común, puesto que dicha patología no está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales.
Buenas noches, me van a operar para poner una protesis total de cadera, se considera enfermedad común o profesional, soy conductor de furgoneta.
Gracias
Un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En su caso la patología que padece, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común, puesto que dicha patología no está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales.
Hola, llevo casi 30 años en la construcción, llevo dos años con problemas en las rodillas, primero dijeron gonartrosis y el tribunal me dió apto para seguir trabajando, el problema es que sigo fatal y trabajando ahora me han hecho resonancia, y tengo rotura compleja de menisco, no se que hacer, mi pregunta es: la enfermedad profesional por agentes fisicos ¿quien paga la baja laboral ? la Seguridad social o mutua? gracias.
Según la ley española, el REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro, considera como enfermedad profesional:
La diferencia entre IT (baja) por enfermedad profesional o enfermedad común radica en el momento en que comienza a cobrar.
Según marca el artículo 126 de la Ley de la Seguridad Social, la cantidad a percibir en situación de incapacidad temporal en la que usted se encuentra se basa en el cálculo de su base de cotización, (no confundir con el salario que nos especifica). Así bien del primer al tercer día no tendrá ningún ingreso, del 4º día al 21 día percibirá el 60% de su base reguladora y a partir del 21 día en adelante le corresponde el 75% de su base reguladora. Mientras que por enfermedad profesional usted comienza a cobrar el 75% desde el siguiente día del hecho causante.
Para calcular la base reguladora se tomara la base de contingencias comunes del mes anterior al hecho causante de la enfermedad, por ello, de esta base se excluirán las pagas extraordinarias, que estarían incluidas en caso de que la contingencia fuese profesional.
De todos modos, debería consultar el convenio colectivo que regula las bajas por enfermedad común vs enfermedad profesional y su salario de ámbito profesional.
En algunos caso, que se reconozca enfermedad profesional es quizás más complicado por lo que sería conveniente que un perito realizase una determinación de contingencias, para lo cual debe ponerse en contacto con nuestro equipo.
Fui victima d acoso laboral y entre un shok por stress tomo pastillas para dormi y para la ansiedad y la empresa me retiro incapacitada; vivo con mucho dolor tomo muchas pastillas q m manda el siquiatra ya mi vida no es igual
Nosotros podríamos ayudarla a reclamar esa incapacidad.
Hola buenos dias yo trabajo 8 hs 6 dias a la semana como operadora de emergencias..me hic una resonancia x fuertes dolores de espalda y me salió rectificación de disco lumbar. Escoliosis y abombamiento en l5-S1 tengo una resonancia del año pasado y eso no lo tenia.. Puede considerarse accidente laboral???
Para que una dolencia pueda ser considerada accidente laboral, es necesario que haya una interconexión entre la patología y el accidente sufrido. Para poder determinar que es así es conveniente que un profesional valore su caso y emita un estudio de viabilidad del mismo.
Buenas noches
Me diagnosticaron lumbago con ciática a raíz de una discopatia por hernia L5 S1, artrosis y escoliosis. En este momento está en estudio si es una enfermedad laboral; soy educador físico de niños de 3 a 11 años y llevo en esta profesión en la misma institución 14 años. Quisiera saber como es el procedimiento a seguir y si debo asesorarme de un abogado; pues he sabido que muchas veces fallan en contra del trabajador.
En respuesta a su consulta, un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En su caso la patología que padece, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común, y así mismo estudiar si dicha patología está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales.
Se considera enfermedad profesional una hernia inguinal para un transportista, el cual trata con material pesado para cargar de hasta 150 kilos que hay que mover a mano¿?
Espero su respuesta, GRACIAS!
Un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En su caso la patología que padece hernia inguinal, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común, puesto que dicha patología no está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales.
soy portera de una esc tengo 50 años tenia tareas livianas y me las cortaron no puedo trabajar tengo lumbociatalgia fibromialgia cervicoalgia tunel carpeano positivo y operada mano izquierda un angilipomaoseo en vert 5 columna desviada con tratamiento ortopedico kinesico y de medicamentos y dias de dolores espantosos
debido a sus dolencias, usted puede solicitar el reconocimiento de Incapacidad permanente en el INSS, sería conveniente antes de iniciar un procedimiento de esta magnitud, realizar un estudio de viabilidad de su caso, para ello si lo desea se puede poner en contacto con nosotros, para que nuestro equipo le pueda asesorar de los pasos a seguir de forma personalizada.
Buenas tardes llevo seis años laborando para una empresa de fabricación de sanitarios en el area de produccion expuesto a movimientos repetitivos manipulacion de cargas y posturas forzadas hace tres meses manipulando un inodoro de aprox. 25 kilos me sobrevino un dolor intenso en la espalda en la zona dorsal x el cual primero me diagnosticaron contractura muscular y dorsalgia me hicieron resonancia lumbar y dorsal con diagnosticos de protusion discal d6 d7 protusion l4 l5 y l5 s1 e hipeertrofia de facetas y tambien discreta listesis l5 s1 aparte de est tbn padesco de dolor en los hombros con diagnostico de tendinosis y sindrome del mangito rotador en ambos hombros
Mi pregunta es la siguiente:
La protusion dorsal fue a causa de la mala manipulacion de la carga
Que diagnosticos de los antes mencionadas podrian ser catalogados como enfermedad profesional a causa de mis labores?
Para poder saber si su patologías son susceptibles de reconocerse como enfermedad profesional, sería necesario realizar un estudio de viabilidad de su caso, ya que no todas las enfermedades pueden ser catalogadas como profesionales, sino que solo las que la ley reconoce como tal. Si lo desea, se puede poner en contacto con nosotros, para que de forma personalizada, nuestro equipo le pueda asesorar de los pasos a seguir.
Hola Cuando tenia 10 años sufrí un acidente, donde tube una lesión en mi fémur y luego de eso se presento otro problema en mi rodilla, me operaron y me tuvieron que cortar el hueso del crecimiento de la rodilla me dejaron unas grapas, Nunca me habían molestado hasta ahora, yo ahora con 32 años que me comenzaron a molestar y resulta que tengo una artrosis en mi rodilla. Quiero saber si esto califica como una enfermedad laboral? Yo he trabajado desde muy temprana edad en mi resiente trabajo tengo 6 año laborando de 8 de la mañana hasta las 7 de la noche.
En respuesta a su consulta, un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En su caso la patología que padece, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común, puesto que dicha patología no está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales.
Buenas noches mi consulta es, hace un mes me dieron de alta me diagnosticaron lumbalgia aguda en medicina laboral, hoy me acerque hasta allí porque tenía que entregarlos uúltimos estudios que me pidieron, les pedí que me dijieran cual eran mi dictamen médico ya que nunca me dijeron que puedo o no puedo hacer, lo buscaron y el dictamen médico no esta, a quien reclamó?
Muchas gracias
El dictamen propuesta, informe de evaluación o informe de síntesis, se pueden solicitar ante la Dirección Provincial del INSS de su ciudad, o en cualquier CAISS de su ciudad, si lo hubiera.
buenas noches Quisiera saber que puedo hacer, me diagnosticaron tenosinovitis atenosante del dedo medio de la mano derecha, tengo entendido esta tipificado como enfermedad profesional. llevo 5 años trabajando en una empresa de produccion como asistente administrativo, y entre en colapso en estos ultimos meses por exeso de trabajo, a lo cual debo añadir que tengo un cuadro clinico de cervicalgia cronica degenerativa y afeccion en las c5- c6- c7, estoy actualmente de reposo y tratamiento continuo y la afeccion no cede. de acuerdo a mi trabajo no me siento ya apta para sentarme en un computador todo el dia, y a causa del dedo en resorte no puedo ni escribir… Diganme por favor, que´puedo hacer?
tengo 4 años de trabajar como camarera desde el 2011 pero anterior mente trabajaba como operaria en una empresa de camarones en el 2008 hasta el 2009 y estaba con sintomas en el brazo ymano derrecha pero me hicieron una electromiografia y me salio normal pero en el nuevo trabajo me volvio a molestar y me hise otra y me salio tunel grado 1pero salucoop me diaccnostico enfermeda comun y no se q hacer gracia espero su pronta respuesta y quiero saber si es emfermedad profecional
espero su pronta respuesta
Enfermedad profesional se define según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social como: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
Ahora bien, sea considerada enfermedad profesional o enfermedad común usted puede ser susceptible de una incapacidad permanente total, es decir, no puede continuar realizando las tareas fundamentales de su trabajo habitual, o de una incapacidad permanente parcial, que está limitado para algunas de estas tareas fundamentales o una incapacidad permanente absoluta, que no puede realizar ningún tipo de trabajo debido a que ha sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional o por padecimiento de una enfermedad común.
Nosotros estudiamos su caso, tras la exploración y el estudio de toda la documentación aportada, valorando las secuelas y como estas, le limitan en relación con su puesto de trabajo.
Nuestro equipo de especialistas le asesora y le evalúa si tiene una incapacidad y el grado de la misma mediante la emisión del Informe Médico Pericial y su posterior ratificación en juicio, en caso de ser necesaria.
Hola .tengo 46 años tengo 18 cotizados a la seguridad social siempre he trabajado de emcofrador . Ahora me han operado de dos hernias discales y me han hecho una artrodesis l4 l5 s 1
Me han dado de baja por enfermedad comun .podría ser enfermedad profesional? Gracias un saludo
En respuesta a su consulta, un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En su caso la patología que padece, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común, puesto que dicha patología no está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales.
Tengo una consulta la bursitis de rodilla y desgarro meniscal es considerado como accidente laboral??
De conformidad con la Ley General de la Seguridad Social “un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena” (art. 115 LGSS).
Por tanto, deben de darse los siguientes requisitos:
• Que el trabajador/a sufra una lesión corporal, tanto física como psíquica o psicológica. Entendiendo por lesión todo daño o detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad. Se asimilan a la lesión corporal las secuelas o enfermedades psíquicas o psicológicas.
• Que ejecute un trabajo por cuenta ajena.
• Que exista una relación de causalidad directa entre trabajo y accidente o lesión.
Ahora bien, a dicha definición debemos añadirle la siguiente modificación, que vienen dada con la aprobación de la ley 20/2007 los trabajadores autónomos (no trabajan por cuenta ajena) si tienen derecho a las prestaciones por contingencia profesionales, en el caso de los autónomos económicamente dependientes es obligatoria la cotización y por tanto la prestación y para el resto de los autónomos esta cotización es voluntaria.
Nuestro equipo de profesionales especialistas y médicos peritos expertos en valoración del daño corporal, emitirán un estudio de viabilidad, tras la realización de una exploración exhaustiva junto con el estudio de la documentación médica aportada, y la realización de las pruebas pertinentes, valorando los resultados para poder demostrar que su lesión, accidente, se ha producido de camino a o en el propio lugar de trabajo, así como debido al desempeño de su labor profesional.
En este tipo de contingencias, accidente de trabajo o accidente laboral, se realizará el Informe Médico Pericial que le permitirá ratificar el nexo de causalidad. Y en caso necesario, nuestra asistencia para su defensa en el Juicio.
buenas tardes me diagnosticaron atrapa miento de nervio cubital a nivel de túnel cubital de la mano derecha los médicos que me han valorado han llegado a la conclusión de hacerme una cirujia para liberar el nervio en el codo . Yo me dedico a ventas por teléfonos y los movimientos que realizo son repetitivos digitado en un computador a todo momento quiero saber si esta enfermedad es profesional y que paso debería seguir en caso de alguna indemnización o saber si es una enfermedad laboral llevo trabajando en la empresa 18 años y 10 años en el mismo puesto gracias
En respuesta a su consulta, un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En el caso de su patología, nuestro equipo tendría que estudiar si la misma se encuentra dentro de cuadro de las enfermedad profesionales. En caso contrario, la patología que padece, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común.
hola quisiera saber si la tendinitis esta considerada como enfermedad profesional? y que pasa con las prestaciones ya que soy personal a contrata del ejercito???
En respuesta a su consulta, un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En el caso de su patología, la misma, está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales, definida de la siguiente forma: Muñeca y mano. Tendinitis del abductor largo y extensor corto del pulgar (T. De Quervain), tenosinovitis estenosante digital (dedo en resorte), tenosinovitis del extensor largo del primer dedo. A pesar de todo, su patología tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual.
Hola,mi marido lleva de baja 2 meses a causa de su jefe por acoso durante muchos años ,tengo que especificar que no es solo a mi marido si no a todos sus empleados pero bueno yo vengo a hablar de mi marido, tantos ańos de aguantarlos llega a tener muchas crisis de ansiedad.Hace 2 años aprox tuvo una muy grande y desde entonces esta con tratamiento pero el siguio trabajando pero como digo anteriormente volviò a tener otra crisis de ansiedad llegó a tener 20 de tensión reconocida por los medicos y dandole pastillas para poder bajarl….desde ese dia está de baja.En el parte de baja pone diagnostico de la limitaciòn de la capacidad funcional producida por una crisis de ansiedad y esta cobrando por una enfermedad comun.A mi me gustaria saber si no tenia que ser de enfermedad profesional ya que es una enfermedad contraida a consecuencia del trabajo por culpa de su jefe y encima demostrable.Por otro lado me gustaria saber cuando empiez a cobrar el 75% ya que lleva este es el segundo mes y le han pagado el 62%, y yo creo que a partir del 21 dia no cobra ya el 75% del zuelto bruto?esto en el caso que sea enfermedad comun gracias.
Para que una enfermedad sea calificada como enfermedad profesional, además de aparecer en el cuadro del RD1299/2006, tienen que darse otra serie de circunstancias: que la profesión o actividad ejercida por el trabajador esté enumerada en dicho cuadro o que los agentes causantes estén presentes en el entorno laboral.
Por enfermedad común, a partir del 21 día debería empezar a cobrar el 75%, ya que así lo marca la ley.
Estimado- buenas noches, me diagnosticaron que padezco una discopatria degenerativa l4-l5-l5-s1, y una retroliatesis l5- s1moderado, trabaje 2año 3 meses en una empresa como estibador me despidieron hace 15 dias dias, me gustaria saber si esto es considerado como una enfermedad profesional o no profesional
Para que una enfermedad sea calificada como enfermedad profesional, además de aparecer en el cuadro del RD1299/2006, tienen que darse otra serie de circunstancias: que la profesión o actividad ejercida por el trabajador esté enumerada en dicho cuadro o que los agentes causantes estén presentes en el entorno laboral.
HOLA BUENOS DIAS.
ESPERO DAR UNA EXPLICACION LO MAS CORTA Y CLARA POSIBLE,BUENO A LOS 38 AÑOS ME DIANOSTICARON LA ENFERMEDAD DE PARKINSON AHORA TENGO 49 AÑOS Y DESDE EL AÑO 2009 SOY PENCIONISTA Y EN MI VIDAD LABORAL TENGO UN AÑO MAS O MENOS DE TRABAJOS AGRICOLAS EN LOS QUE ESTUVE TRATANDO CON HIERBECIDA (PESTICIDA) Y EN OTROS PAISES POR HABER ESTADO EN CONTACTO CON ESTOS PRODUCTOS QUIMICOS SE CONCIREDAD ENFERMEDAD PROFECIONAL
me operaron por un pinzamiento del nervio cubital y me ha quedado distrofia en mano y brazo. Trabajo en limpieza, quisiera saber si mi caso esta dentro de enfermedades la borales y que puedo hacer para que me lo califiquen como tal. primer electromiograma,octubre 2013 segui trabajando hasta 4 julio 2014,operacion 7 julio 2014, segundo electromiograma marzo 2015 el nervio esta peor que antes de operarme. Tengo la baja hasta enero 2016, si sigo igual cosa que me acaba de decir el traumatologo,no hay solucion,tengo que ir a algun sitio para hacer mas fuerza? pues en estas circunstancias no puedo realizar mi trabajo, gracias anticipadas
Para que una enfermedad se clasifique como profesional es necesario que esté incluida dentro del Baremo de Enfermedades Profesionales aprobado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Si lo desea ponga se en contacto con nosotros de forma personal y un equipo de profesionales le ayudará.
buenas tardes tengo 36 años durante 15 años laboro en empresa cosmetica y mi labor es pesar materias quimicas con cargas y pesos exesivos y posturas mi diagnostico es altitud escoliotica izquierda , discopatia lumbar en l1-l2.l2-l3,l3-l4. en l4-l5 cambios artrosicos apoficiarios en l5-s1 severos cambios artrosicos apificiarios con compresion de raiz en l5 en rm y gamagrafia osea el diagnostico es enfermedad facetaria bilateral en l5-s1 en hombro derecho y rodilla izquierda artrosis por cambios metabolicos estoy con incapacidad desde marzo hasta el momento.
mi pregunta al tema es puede eso tratarsede enfermedad laboral a causa de mi trbajo de carga y de ser asi que debo hacer gracias
Para un mejor asesoramiento sería conveniente que se ponga en contacto con nosotros, de forma personal, para valorar sus posibilidades médico-jurídicas.
Tengo 64 años trabajo en una ferreteria hace un año en mi trabajo es comun desplazar elementos pesados como bolsas de cementento enchapes herrajes etc de un sitio a otro, todo esto a hombro.
hace un mes que comence a sentir dolores fuertes en la espalda y cadera ayer 28/07/2015 me desplazaba a mi sitio de trabajo cuando el dolor se hizo insoportable intente bsajarme de mi cila y por poco me caigo, debudo a esto fui al medico donde me tomaron una placa y me resulto desviacion en la columna mi pregunta al tema es puede eso tratarse a causa de mi trbajo de carga y de ser asi que debo hacer gracias
tengo 64 años hace un año trabajo en una ferreteria desde hace unos meses sentia dolor de cadera y espalda incluso el dolor me afectaba ya una pierna (derecha) hoy fui al medico y en una placa de rayos x me aparecio una desviacion de la columna lo que podria ser para mi concepto por el tranporte de materiales pesados como cemento enchapes y herraje que debia hacerlo a hombro.
Quisiera saber si esto puede considerarse como enfermedad labora y de ser asi que debo hacer gracias
Para que sea considerada como enfermedad profesional, su patología ha tenido que ser adquirida en el puesto de trabajo o como consecuencia de la actividad laboral. Nuestro equipo médico determinará en primer lugar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en sus distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
Estimados, junto con saludar agradecería su ayuda con la siguiente consulta. Trabajo en Atencion al cliente en una empresa, 5 días a la semana, entre 10 y 12 horas diarias. Ingreso información durante todo el día al computador, además de realizar ingreso de pagos (digitacion). Llevo 2 años y medio trabajando acá, nunca me he tomado una licencia pese a haber estado enferma. Cuando estoy trabajando me da un dolor intenso en codos y muñecas, a veces debo dejar de teclear para poder continuar. Lo que no se es si debo acudir a mi empleador para que me envíe a la Mutual o si debo atenderme de forma particular. Cuanto tiempo debo desarrollar esta actividad para que sea considerada enfermedad laboral? Cuáles serían en este caso los pasos a seguir? Agradezco su respuesta.
En relación a la explicaciones que nos indica, puede acudir a la Mutua o a la Seguridad Social para que le tramiten su baja y puedan valorar si es considerada como enfermedad laboral.
Si no se la reconocen, nuestro equipo medico de profesionales podrá valorar si las patologías que nos indica puede ser considerada como una enfermedad profesional y que así se lo reconozcan. Hable con nuestra sede central para poder ofrecerle un mejor asesoramiento.
Buen día
Pido su colaboracion en la orientación de lo siguiente, llevo 10 años trabajando en la industria del petróleo en el area de perforacion, en el paso del tiempo por dictamen médico aparecen dos hernias, una inglinal y una umbilical, como también una desviación de 20 grados en una vértebra la cual me cuca un lumbago permanente,.
Quisiera saber si este tema se puede tratar como enfermedad la
Mil gracias
Para que podamos demostrar que usted padece una enfermedad profesional, deben darse los siguientes elementos:
– Que el trabajo se haga “por cuenta ajena“.
– Que sea a consecuencia de las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales.
BUNEO ESPERO TENER CLARO Y CONCRETO SI LAS HERNIAS PULPOSA LUMBAR ES PRODUCIDA EN CUANTO TIEMPO DE TRABAJO
Le informamos que para poder demostrar que Usted padece la lesión de hernia pulposa a raíz de realizar su trabajo habitual. Tiene que ser explorado por nuestro equipo médico. El cual además tendría que estudiar todo su historial médico para determinar si se puede catalogar como una enfermedad profesional o no. Para ello, sería necesario que se pusiese en contacto con nosotros para concertar la cita.
Me han diagnosticado 2 hernias dorsales d4d5d6. Hernia de disco.
Tambien una meniscopatia grado III y condropatia rotuliana con bursitis
Me dieron baja 1por cardiopatia la mutua
seria ep o at .
Para poder valorar si es susceptible de una invalidez y el grado de la misma, es necesario que nuestro equipo médico evalúe las limitaciones que padece en relación con las tareas fundamentales de su actividad laboral; y para ello debe explorarle y estudiar toda la historia médica que posea y poder así asesorarle médico y jurídicamente los pasos a seguir.
Ya que de esta manera podemos también, determinar la contingencia, si la pueda obtener por medio de una enfermedad común o accidente de trabajo.
me detectaron una hernia inguinal derecha quisiera saber sie ees una enfermedad profesional y esto puede ser indemnizado llevo realizando movimintos repetitivos mas de 5 años y carga de peso gracias por la respuesta
me detectaron una hernia inguinal derecha quisiera saber sie ees una enfermedad profesional y esto puede ser indemnizado
Para que podamos demostrar que usted padece una enfermedad profesional, deben darse los siguientes elementos:
– Que el trabajo se haga “por cuenta ajena“.
– Que sea a consecuencia de las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales.
El cuadro de enfermedades profesionales lo tiene disponible en nuestra pagina web.
Hola buenas tardes,tengo una serie de dudas,trabajo en el sector calzado como lijador,padezco una tendinitis de quervain que necesito operarme,la padezco desde hace 5 meses y he estado trabajando con ella hasta que ya no e podido mas,quisiera saber si mi mutua debe hacerse cargo de dicha operacion,o en ese caso que debo hacer,¿se considera una emfermedad laboral o no?
Para que sea considerada como enfermedad profesional, su patología ha tenido que ser desarrollada en el puesto de trabajo o como consecuencia de la actividad laboral. Nuestro equipo médico determinará en primer lugar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
esta considerado como enfermedad profesional ratificación de la lodorcis que es un problema en el cuello que me hacen doler los brazos .también tengo espolom.y hernia de disco algunas de esta enfermedades son profesionales ? trabajo en una panadería hace seis años hago tarea generales y estoy sufriendo hace tres meces y se me acentuaron los dolores estos últimos dia .igual estoy viendo a un traumatólogo que por el momento me inyecto corticoide me dio a tomar un antiinflamatorio mio relajante y seciones de quinesiología.
Para que sea considerada como enfermedad profesional, su patología ha tenido que ser adquirida en el puesto de trabajo o como consecuencia de la actividad laboral. Nuestro equipo médico determinará en primer lugar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en sus distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
Gracias. Si antes no sentía nada y ahora me salió escoliosis lumbal y aparte dolor en las piernas y espalda. Pienso q a raíz de mi trabajo estoy así. Q debo hacer?. Gracias
Como ya le comentamos en su anterior respuesta nuestro equipo médico podría determinar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en sus distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
Hola llevo 11años trabajando en servicios generales y desde hace poco me descubrieron escoliosis lumbal mi trabajo es subiendo y bajando escaleras haciendo mantenimiento a pisos…etc. Quisiera saber si es una enfermedad laboral. Gracias
Para que sea considerada como enfermedad profesional, su patología ha tenido que ser adquirida en el puesto de trabajo o como consecuencia de la actividad laboral. Nuestro equipo médico determinará en primer lugar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en sus distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
La hernia inguinal, se considera enfermedad profesional?? Hace un año comencé a trabajar para una compañía, la cual te hace un examen físico antes de trabajar para ellos, los hice sin problemas; después de este tiempo detecte una pequeña inflamación a la altura de la ingle y el pubis, no hay dolor intenso, pero es incómodo y mi trabajo es hasta cierto punto pesado, que me recomienda hacer??
Informarle que la hernia inguinal está reconocida como enfermedad profesional. No obstante, para poder valorar su caso, sería necesario que nuestro equipo médico la pudiera valorar, y comprobar las limitaciones que padece frente a la realización de su trabajo habitual, para comprobar si Usted podría optar a una Incapacidad Permanente. Para ello sería necesario que acuda a nuestras oficinas, junto con toda la documentación medica que pueda aportar para valorar su caso.
Quisiera saber si una hernia discal L4 y L5 es considerada como enfermedad laboral, teniendo en cuenta que soy docente de educación física en grados preescolar y primaria desde hace 16 años. Hasta el momento solo he comenzado el proceso médico, sin embargo quisiera asesoría sobre que debo hacer para ser visto en medicina laboral.
Gracias
En respuesta a su consulta, le informo que el primer paso que se debe realizar, consiste en el estudio del caso para determinar la viabilidad del mismo, es decir, si se puede demostrar cómo su trabajo está afectando a su salud. Incapacitándole para el desarrollo de sus tareas profesionales y de la vida cotidiana.
Me alegra saber de ustedes, hacen muy bonita labor y es un gran apoyo el que brindan. Soy higienista oral hace 15 años atendiendo un promedio de 30 pacientes diarios en E.P.S .,desde el 2012 me aparecieron síntomas de fuertes dolores en ambos brazos, me diagnosticaron el túnel carpiano bilateral, brusitis,epicolondritis en brazo izquierdo, cervialgías, dorsalgias, lumbalgias actualmente el dolor se me ha agudizado prolongado al cuello ,espalda y pierna izquierda y me tropiezo con facilidad, no tengo fuerzas al agacharme y nunca antes había sufrido de nada, tengo pendiente un resonancia en cuello y columna, incapacitada desde hace 3 meses,los dolores son tan fuertes que me muevo con mucha dificultad robotizada me siento de 100 años, al principio riesgo profesionales alegó que era común apelé ala junta nacional de invalidez y determinó que si era enfermedad profesional el 15 de mayo 2015 envié copias del dictamen a la ARL y aún no tengo respuesta tendré iniciar un proceso legar en contra de la ARL SURA , mi pregunta es si tengo los nervios afectados de las manos todos ellos están unidos y comunicados entre sí, asumo que esto es degenerativo y progresivo, sin cura sin respuesta a los medicamentos, tengo 3 años sin dormir una noche, y no se imaginan cuanto anhelo una almuhada tienen ustedes conocimiento de otros casos iguales que verifiquen o confirmen lo que siento o tiene otro nombre está enfermedad que ha ido avanzando todo mi cuerpo si todos los exámenes salen negativos, pueden ayudarme también por favor Mil Gracias !
Aquellas enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo; enfermedades por fatiga e inflamación de las vainas tendinosas, de tejidos peritendinosos e inserciones musculares y tendinosas: Muñeca y mano: tendinitis del abductor largo y extensor corto del pulgar (T. de Quervain), tenosinovitis estenosante digital (dedo en resorte), tenosinovitis del extensor largo del primer dedo, tienen consideración de enfermedad profesional, pero para que así sea clasificada en su caso sería necesario constatar un nexo causal entre su patología y las actividades que realiza durante su jornada laboral, sin embargo, lamentamos comunicarle que no contamos con colaboradores en Colombia.
Por un dedo engatillado me pueden indegnizar el dedo de la mano derecha
Es el segundo dedo de la mano derecha
Es necesario que nos aporte toda la documentación medica fotocopiada, a fin de que nuestro equipo médico-jurídico pueda estudiarla de manera exhaustiva y poder determinar la viabilidad de la posible negligencia y poder demostrar si se ha actuado , tanto en la primera intervención, como en la segunda según la lex-artis ad hoc. De ser afirmativa, es decir, de ser viable le asesoraríamos de toda la tramitación de su caso. Sería necesario que se pusiera en contacto con nosotros y pudiéramos darle una cita para mayor aclaración.
Buen día tengo 36 años hace 3 años me diagnosticaron artrosis generalizada me dieron condiciones laborales llevo 13 años trabajado para esta compañía en este momento están haciendo recorte de personal quiero saber si a mi me pueden despedir sin justa causa o se necesitan permiso del ministerio????
GRACIAS POR LA INFORMACION
Le informamos que se deberían estudiar las causas de su despido, si este llegase a producirse, para constatar si sucedió de manera improcedente o dentro de los márgenes estipulados para concluir las relaciones laborales que se estipulan en su Convenio Laboral correspondientes. Nuestro departamento jurídico podría asesorarle si esto se llegase a producir.
ola
quisiera saber si el síndrome facetario es causa de una sobre esfuerzo laboral es decir si una enfermedad profesional o q causa esta enfermedad
GRACIAS
El primer paso que se debe realizar, consiste en el estudio del caso para determinar la viabilidad del mismo, es decir, si se puede demostrar que la presencia de su patología le incapacita para el desarrollo de sus tareas profesionales y de la vida cotidiana. Basándonos en las limitaciones funcionales para su trabajo habitual podría ser susceptible de una incapacidad o de una indemnización, también sería posible una indemnización si han existido faltas de seguridad por parte de la empresa.
buenas ayer me hicieron una electromiografia después de estar 8 meses de baja laboral , el accidente fue en el trabajo y la mutua diagnosticándome epicondelitis, después de tiempo al ver que no me sacaban nada en claro me fui a mi medico de cabecera el cual me remitió una RM con resultado de 4 protusiones discales desde la c4 hasta la c7 posterior e inferior, dolor de codo y antebrazo , y después de tiempo la electromiografia los resultados fueron los siguientes; nervio cubital en brazo izquierdo por atrapamiento junto con las cervicales c6 y c7 dañadas sobre todo la c7 y con agravamiento , ahora digo yo . Hay solución para eso o es apto para minusvália ? Los dos brazos están igual
Le informamos que para poder determinar si con sus patologías Usted, puede ser susceptible de obtener una incapacidad permanente. Es necesario que nuestro equipo médico estudie la viabilidad de su caso, es decir, habría que explorarle y que nos facilitase su historial médico , para que fuese estudiado. Para comprobar las limitaciones que padece en relación a las funciones de su trabajo habitual. Y así poder determinar a qué grado podría optar.
soy docente de prescolar y llevo trabajando 7 anos pero hace 4 anos organizando unas sillas y unas mesas senti un dolor muy fuerte en el brazo y Me diagnosticaron tendinitis y en la actualidad tengo tunel,epicondilitis mixta, mangito rotador, bursitis de hombro y una cerbicalgia, aparte de todo estoy sufriendo de depresion porque soy zurda y el dolor es muy fuerte en todo el brazo y no puedo Coger algo pesado porque se me cae y me he quemado los dedos el dictamen que me dieron es de origen comun cuando los riesgos laborales estan especificados por ejercicios repetitivos y cargas laborales que puedo hacer gracias por su ayuda y comentarios
Aquellas enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo; enfermedades por fatiga e inflamación de las vainas tendinosas, de tejidos peritendinosos e inserciones musculares y tendinosas: Muñeca y mano: tendinitis del abductor largo y extensor corto del pulgar (T. de Quervain), tenosinovitis estenosante digital (dedo en resorte), tenosinovitis del extensor largo del primer dedo, tienen consideración de enfermedad profesional, pero para que así sea clasificada en su caso sería necesario constatar un nexo causal entre su patología y las actividades que realiza durante su jornada laboral, por ello le invitamos a que se ponga en contacto con nosotros para solicitar una cita y realizar un estudio de su dolencia.
La otra pregunta era si la empresa puede despedirme aduciendo mi termino de contrato sabiendo q tengo escoliosis .es posible q me despidan sabiendo eso puedo hacer para comunicarme con ustedes .
Si su contrato finaliza en estos momentos y la empresa no quiere seguir contando con sus servicios no se encontraría obligada a prorrogar su contrato por la presencia de la patología que nos comenta en su anterior consulta.
Hola buenas noches .quisiera hacerles una consulta yo yrabajo en una empresa minera ya trabajo 3 años. Y yo sufro de escoliosis no se en q grado esta por q aun no me hice el chequeo medico y ahora están recortando el personal ya no se les eata renovando y mi pregunta es con esta enfermedad q tengo es posible q si la empresa no me renueva mi contrato les pueda denunciar o habría algo en q me puedan ayudar para q,no me despidan al presentar un informe medico o como puedo hacer . Por favor respondan. A mi correo
Para que sea considerada como enfermedad profesional, su patología ha tenido que ser adquirida en el puesto de trabajo o como consecuencia de la actividad laboral. Nuestro equipo médico determinará en primer lugar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en sus distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
Hola, me gustaría saber si «atrapamiento del nervio cubital en el codo», se considera enfermedad profesional. La ocupación es de administrativo-contable.
Gracias. Saludos.
Sería necesario para demostrar la enfermedad profesional, es decir, patologías relacionadas con la actividad laboral, demostrar el nexo de causalidad entre las limitaciones y sintomatología de dicha patología vinculadas a las tareas fundamentales de su trabajo habitual. En su caso según refiere, se pudo demostrar el nexo de causalidad dada la actividad que usted ejercía en su puesto de trabajo (movimientos repetitivos de flexo-extensión de codo produciéndose Síndrome por compresión del nervio cubital – perteneciente al listado de enfermedades profesionales).
Hola,llevo 3 años trabajando como repartidor como puede imaginar mi trabajo pasa por estar conduciendo y moviendo cargas pesadas durante jornadas de hasta 10 u 11 horas 6 días a la semana.hace 15 días me dio un fuerte tirón que me dejo sentado.conclusión de la mutua después de una resonancia, dos hernia de disco t-7 t-8, t-8 t-9 y me dicen que no es enfermedad profesional cuando creo que por mi trabajo es probado que la lesión esta provocada por el desempeñó de mi trabajo.estoy equivocado?.
Gracias de antemano
Sería necesario saber si las hernias discales que Usted padece se han producido por su actividad laboral para que se pueda considera como accidente laboral. Para ello, tendría que aportarnos toda la documentación médica y tras el estudio de la misma y la exploración realizada por nuestro Equipo médico, poder evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realiza en su trabajo habitual y valorar la posible incapacidad permanente y el grado de la misma.
En cuanto a la contingencia, es decir, si se tramita como enfermedad común o accidente de trabajo como anteriormente les puse, debería contestarnos si la patología descrita ha sido a raíz de algún esfuerzo en su centro de trabajo.
La lesión si vino por un esfuerzo mientras descargaba el camión que llevo.me dio un fuerte pinchazo a mitad de la espalda que me dejo sentado mientras cargaba unas cajas.referente a mi trabajo muevo al día en torno a 1500 kg 6 días a la semana repartiendo con un camión.llevo 3 años realizando este trabajo por eso pienso que sería lógico que esas hernias de disco vengan de mi trabajo.no se que opinan ustedes como expertos.ahora me encuentro con fuertes dolores como una aguja clavada en la columna,dolor que va a los costados y cuando paso un rato de pie o caminando me pasa a la zona de los riñones y glúteos.haciendome cojear en ocasiones.
Gracias de nuevo por su atención
Para que sea considerada como enfermedad profesional, su patología ha tenido que ser adquirida en el puesto de trabajo o como consecuencia de la actividad laboral. Nuestro equipo médico determinará en primer lugar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en sus distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
Me dedico a la enseñanza en secundaria y Bachillerato desde hace 20 años en empresa privada.
Desde hace cuatro años sufro estrés y ansiedad para lo que recibo tratamiento. En los dos últimos cursos he tenido varias crisis de ansiedad con baja laboral.
También padezco de migrañas muy incapacitantes que han ido en aumento durante los últimos meses a pesar de tratamiento específico ( entre tres y cuatro crisis al mes) siempre coincidiendo con situaciones de más presión e intensidad en el colegio.Aunque a veces acudo a trabajar en condiciones muy difíciles, esto me está provocando bajo rendimiento y muchas bajas breves ( un día o dos) pero frecuentes, lo que aumenta mi ansiedad. Estoy muy preocupada por mi situación laboral. ¿Qué puedo hacer? Muchas Gracias
El estrés en el trabajo puede ser un síntoma de acoso laboral o mobbing. Sólo con la descripción de su estado físico y psíquico no es posible hacerse idea de si estamos o no ante un caso de este tipo, ya que se necesitaría conocer las circunstancias en que se desarrolla este trabajo (lo que usted indica que sería bastante largo de explicar) para poder calibrar si existen o no actos hostiles e ilícitos de acoso hacia su persona. Sería necesario se pusiera en manos de un Médico Perito Especialista en Medicina del Trabajo y Valoración del Daño Corporal, que determine el nexo de causalidad entre las patologías que nos remite y las funciones de su puesto de trabajo habitual, valorando las limitaciones que le merman su capacidad funcional.
Hace aproximadamente 8 años me diagnosticaron tendinitis bilateral (manipulaciòn de muchos sellos manuales y secos) me trataron con terapias en ese momento la Arl, en la actualidad cambiamos de arl y la nueva retomo el tema y estoy con controles de Fisiatra con con el mismo diagnostico. me podria confirmar si es considerada enfermedad profesional?? podria solicitar un certificado a la arl donde confirmen dicha enfermedad de ser el caso??.
Gracias.
Aquellas enfermedades provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo; enfermedades por fatiga e inflamación de las vainas tendinosas, de tejidos peritendinosos e inserciones musculares y tendinosas: Muñeca y mano: tendinitis del abductor largo y extensor corto del pulgar (T. de Quervain), tenosinovitis estenosante digital (dedo en resorte), tenosinovitis del extensor largo del primer dedo, tienen consideración de enfermedad profesional, pero para que así sea clasificada en su caso sería necesario constatar un nexo causal entre su patología y las actividades que realiza durante su jornada laboral, por ello le invitamos a que se ponga en contacto con nosotros para solicitar una cita y realizar un estudio de su dolencia.
Hola, yo tenogo 4 operaciones en my mano debido a un accidente en my trabajo, me operaron del tunel carpiano, de tendonitis, de triger finger, y de de quervene, tengo otro dedo dañado tambien pero ya no quiero operarme, ya que mi mano no me sirve no puede hacer movimientos con ella ni sostener objetos sin que se me caiga o se me hinche completamente, puedo calificar para desabilidad.
Informarle que el síndrome del túnel carpiano está reconocido como enfermedad profesional.
No obstante, para poder valorar su caso, sería necesario que nuestro equipo médico la pudiera valorar, y comprobar las limitaciones que padece frente a la realización de su trabajo habitual, para comprobar si Usted podría optar a una Incapacidad Permanente.
Para ello sería necesario que acuda a nuestras oficinas, junto con toda la documentación medica que pueda aportar para valorar su caso.
Soy docente y quisiera saber si el Síndrome de Túnel Carpiano se considera una enfermedad profesional. Gracias
El síndrome del túnel carpiano suele aparecer en personas que realizan trabajos repetitivos con la muñeca, que requieren de una flexión mantenida de la misma, por lo que puede llegar a ser diagnosticado como una enfermedad profesional. Otros factores que contribuyen al desarrollo del síndrome del túnel carpiano son la herencia genética, la edad, el alcoholismo, las lesiones en la muñeca, la diabetes, el hipotiroidismo, la artritis reumatoide o el estrés laboral.
Si el origen del síndrome del túnel carpiano es profesional, habrá que demostrar la relación entre la enfermedad y la propia actividad del trabajo. El trabajador podría tener derecho a una indemnización y según el caso podría solicitar una incapacidad laboral.
He sufrido un accidente laboral que me ha producido una extrusion entre la L5_S1 con alto compromiso en el nervio que ha tenido que intervenir me la Mutua de accidente.Soy oficial de 1°en carrocería y pintura.¿Quedare apto para reincorporarme a mi puesto?¿Como se si debo ser evaluado de mis funciones por si quedo limitado?¿Esta lesión puede acarrear una incapacidad permanente?
Para que sea considerada como enfermedad profesional, su patología ha tenido que ser adquirida en el puesto de trabajo o como consecuencia de la actividad laboral, como usted nos detalla. Nuestro equipo médico podría determinar en primer lugar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en sus distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
Hola quisiera saber si la neurodisitis del nervio cubiital es una enfermedad profesional,hago trabajos repetitivos.y tambien qu?isiera saber si me tiene???n q indemnizar por ell
o?.desde ya muchas gracias
Para demostrar la enfermedad profesional, es decir, patologías relacionadas con la actividad laboral, es necesario demostrar el nexo de causalidad entre las limitaciones y sintomatología de dicha patología vinculadas a las tareas fundamentales de su trabajo habitual. En su caso dependería de la actividad profesional que usted realizase habitualmente para su categorización como enfermedad profesional o no, pudiéndose demostrar el nexo de causalidad entre la actividad (movimientos repetitivos de flexo-extensión produciéndose Síndrome por compresión del nervio – perteneciente al listado de enfermedades profesionales).
Hola me han operado atrapamiento cubital izquierdo.me ha quedado la mano peor.me ha hecho un electromiograma y me sale que el nervio tiene un daño severo .trabajo haciendo movimientos repetitivos .es enfermedad laborar?
Me puede dar una invalidez.
La mano se me engarrota según lo que haga.gracias
Buenas tardes, Loli, si no puede realizar su trabajo es posible solicitar una incapacidad permanente. Para ello, es necesario que le vea uno de nuestros médicos perito que determine si su caso es viable. Póngase en contacto con nosotros en el 91 307 6219, trabajamos en toda España.
buenas tardes.. quisiera consultar si una hernia de disco puede ser reclamada al empleador despues de ser despedido. muchas gracias espero su respuesta
Le informamos que para poder demostrar que Usted padece la lesión de hernia discal a raíz de realizar su trabajo habitual. Tiene que ser explorado por nuestro equipo médico. El cual además tendría que estudiar todo su historial médico para determinar si se puede catalogar como una enfermedad profesional o no.
Para ello, sería necesario que se pusiese en contacto con nosotros para concertar la cita.
Buenas tardes. tras un completo examen médico prescrito por un traumatólogo, me han diagnosticado: Espondiloartrosis y discartrosis dorsolumbar difusa con moderada hipertrofia facetaria posterior. Incipiente acuñamiento D11 y D12. Escoliosis de convexidad lumbar izquierda. Protusiones posterocentral de base ancha L4-L5 y L5-S1 con obliteración parcial de los respectivos agujeros de conjunción sin signos de compresión nerviosa. Síndrome de túnel carpiano en ambas manos, de categoría severa, que ya me han adelantado que solo se puede tratar con cirugía.
Soy autónomo, de profesión tapicero, de 59 años de edad y más de 45 de profesión.
Con esta patología es probable conseguir la incapacidad permanente para mi profesión? Cada vez me resulta más difícil desarrollarla.
Y aunque la cirugía resultara bien, con los daños de la espalda sería suficiente para solicitarla y conseguirla?
Gracias por su atención.
Le informamos que para poder determinar si con sus patologías Usted, puede ser susceptible de obtener una incapacidad permanente. Es necesario que nuestro equipo médico estudie la viabilidad de su caso, es decir, habría que explorarle y que nos facilitase su historial médico , para que fuese estudiado. Para comprobar las limitaciones que padece en relación a las funciones de su trabajo habitual. Y así poder determinar a qué grado podría optar.
Gracias por contestarme he ido a la mutua como me dijistes y segun ellos mi trabajo no es repetitivo cuando fueron ellos quien valoraron mi zona de trabajo y el de mis compañeros y determiranron que si era zona de movimientos repetitivos me dijeron que no habia problemas si me operaba por mi cuenta que si se determinaba que era enfermadad laboral ellos asumirian todo si un caso no quedara bien . Despues de
mucho pelear la de riegos con ellos han llegado a la conclusion de que es enfermedad profesional sin causa de baja nose que quiere decir eso a mi ya me operan el dia 7 de abril por mi seguro privado que sea lo que dios quiera muchas gracias
Hola mi marido trabaja hace 10 años en una carniceria jamas tuvo problemas en la espalda pero x las vacaciones del compañero trabajo un mes solo y haciendo mucha fuerza con las medias re y empezo con un dolor fuerte en la espalda que no cede con nada la art le diagnostico escoliasis lo que yo no se como sigue todo esto en lo labora y si lo van a indemnizar graciasl
Buenas me han diagnosticado sindrome del tunel carpiano leve el la izquierda y moderado a grave en la derecha he decidido operarme por mi seguro medico privado pues en menos de un mes me operan soy operaria de almacen haciendo movimientos repetitivos constantemente y me han informado en el trabajo que si me opero de por libre que luego la mutua del trabajo se lavan las manos si sale mal la operacion y no me asestirian en nada, pueden hacer eso? No tendria incapacidad permanente si dios no lo quiera si saliese mal la operacion y no me quedara bien?
Al ser una enfermedad profesional debería ir a la Mutua. Si tras la intervención no pudiera realizar su trabajo, nuestro equipo medico le valoraría y estudiaríamos todo su historial medico para evaluar si es susceptible de una Incapacidad Permanente y el grado oportuno, bien una Incapacidad Permanente Total, (que es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta) o cualquier otro grado de invalidez.
ME AN DIAGNOSTICADO EPICONDELITIS ME AN INFLITRADO PERO TENGO MILESTONE SOY CAMARERA PUEDO PEDIR LA BAJA Y A QIEN ALA MUTUA O SEGURIDAD SOCIAL
La Enfermedad profesional se define según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social como: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
De esta definición tenemos que entender que para que podamos demostrar que usted padece una enfermedad profesional, deben darse los siguientes elementos:
• Que el trabajo se haga “por cuenta ajena“.
• Que sea a consecuencia de las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales.
Dado que su patología está dentro de la Clasificación de Enfermedades Profesionales debe solicitar la baja a su Mutua que es la encargada de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
Al ser la epicondilitis una enfermedad profesional debe ir a su Mutua de accidentes ya que es la responsable de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
buenas tardes quisiera saber si la epicondilitis lateral con atrapamiento del nervio cubital en ambos miembros es considerado como enfermedad laboral para una asesora de ventas que tiene que colocar dispositivos de seguridad en almacenes de cadena con posturas antigravitorias y por tiempos prolongados
Buenas tardes, soy mecánico de coches, mis jornadas laborales son de nueve horas,actualmente estoy en lista de espera para operarme del síndrome del túnel carpiano, al comunicarlo a la mutua se hicieron los locos, bueno se ofrecieron a operarme pero como enfermedad común, el los papeles que tengo firmados sobre prevención de riesgos laborales reconoce los movimientos repetitivos, al igual que en mis reconocimientos médicos, nada raro pues de eso se trata mi trabajo, movimientos repetitivos, mi sorpresa llego cuando la empresa mando la valoración de riesgos, pues el movimiento repetitivo no aparece por ningún lado, ¿que pasos debo seguir?¿se considera el túnel carpiano enfermedad laboral en la profesión de mecánico? Gracias
Informarle que el síndrome del túnel carpiano está reconocido como enfermedad profesional, y más con la profesión que usted desarrolla.
No obstante, para poder valorar su caso, sería necesario que nuestro equipo médico la pudiera valorar, y comprobar las limitaciones que padece frente a la realización de su trabajo habitual, para comprobar si Usted podría optar a una Incapacidad Permanente.
Para ello sería necesario que acuda a nuestras oficinas, junto con toda la documentación medica que pueda aportar para valorar su caso.
estoy padeciendo del sindrome del tunel carpiano y aconsecuencia de eso m tuve k ausentar de mi trabajo por 3 dias aunke pedi permiso ya k yo no cuento con seguro social en mi trabajo y yo tengo k pagar mis recetas medicas y ahora en mi trabajo me kieren despedir k puedo hacer
Le informamos que después de ser valorada su información por nuestro equipo jurídico. Le comentamos, que si le despiden habiendo justificado las ausencias, el despido puede ser improcedente.
Puede ponerse en contacto con nuestro equipo jurídico, el cual le asesorara sobre las acciones que puede emprender.
buenas tardes tengo 21 años luego de un mes de trabajar varios días 12 horas sentada me empezó un dolor muy fuerte en la espalda que con el tiempo al estar sentada fue empeorando hasta que se descubrió que era causado por una hernia l4 l5, quisiera saber si esto pudo haberse causado por el esfuerzo de estar tanto tiempo sentada y no contar con un apoya pies y como hacer para que lo tomen como una enfermedad laboral. muchas gracias.
El dolor de espalda que Usted refiere puede ser por una mala higiene postural, es decir, una mala postural al permanecer sentada durante mucho tiempo. No obstante no este recogido dentro del lista de las enfermedad profesionales la patología Usted padece.
En cualquier caso sería necesario que nuestro equipo médico le explorase para poder valorar si padece alguna patología a nivel de columna. Para ello tendríamos que darle cita y aportarnos la documentación medica que posea para poder estudiar si padece limitaciones y puestas en relación con la actividad laboral que realiza evaluar si es subsidiaria de alguna discapacidad/ incapacidad.
Hola tengo 34 años soy mecánico de coches actualmente estoy de baja por enfermedad comun ya que mi empresa no me quiso dar el parte de baja laboral , la mutua me ha echo una resonancia donde tengo 2 hernias discales , mi pregunta es que si puedo reclamar que la baja es laboral y no común, porque el medico de cabecera me lo ha confirmado.Un saludo y gracias por su respuesta
Sería necesario saber si las hernias discales que Usted padece se han producido en su centro de trabajo para que se pueda considera como accidente laboral. Para ello, tendría que aportarnos toda la documentación médica y tras el estudio de la misma y la exploración realizada por nuestro Equipo médico , poder evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realiza en su trabajo habitual y valorar la posible incapacidad permanente y el grado de la misma.
En cuanto a la contingencia, es decir, si se tramita como enfermedad común o accidente de trabajo como anteriormente les puse, debería contestarnos si la patología descrita ha sido a raíz de algún esfuerzo en su centro de trabajo.
esta considerada la hernia discal una enfermedad laboral?? gracias
En respuesta a su consulta, un enfermedad profesional es según el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
En su caso la patología que padece hernia lumbar, tendría que ser valorada por nuestro Equipo Médico Jurídico para evaluar las limitaciones que padece en relación con las tareas que realizar en su trabajo habitual. A fin de poder demostrar si es susceptible de una incapacidad permanente y el grado de la misma, pero con la contingencia de enfermedad común, puesto que dicha patología no está dentro de cuadro de las enfermedad profesionales.
despues de cuatro años trabajando de panadera, un dia me quede doblada cogiendo un saco de pan, me detectaron una hernia de disco l5 s1, es considerada una enfermedad laboral?gracias
Hola me han dado loa resultados de laa pruebas medicas que me mandaron el tribunal medico y me dice el informe medico que tengo una neuropatia desmielinizante sensitiva,de intensidad leve,de n.cubital en el trayecto a traves del canal epitroclear vamos ni idea que es y este daño fue en una empresa hace ya 3 años q llevo cn ello,me tienen que indemnizar?me pueden dar incapacidad?soy peluquera
Para poder evaluar si usted es susceptible de obtener una incapacidad laboral, sería necesario que nuestro equipo médico le explorase y estudiara su documentación médica. Aparte, tendríamos que valorar si le podría corresponder una indemnización por enfermedad profesional o accidente de trabajo.
Buenas noches
Trabajo en comercio hace tres años
Este último año empecé con problemas en la rodilla y me diagnosticaron sindrome patelo femoral, por lo q empezó a generarse líquido e inflamación
Este último mes tuve problemas de cintura y de me diagnóstico escoliosis
Me dieron licencia y al darme el alta médica me despidieron
Es posible reclamar a la Art?
Gracias
En respuesta a su consulta, nos gustaría informarle que el despido en España es libre, pagando una indemnización por despido improcedente u objetivo; siempre que existen causas económicas, técnicas, productivas u organizativas bien fundamentadas, la empresa puede despedir a quien quiera y en cualquier momento, incluso estando de baja médica.
De todos modos, para poder informarla correctamente, sería necesario que un abogado laboralista estudiase toda la documentación.
Para cualquier otra consulta, nuestro equipo Médico – Jurídico está a su disposición.
Yo soy auxiliar de bodega y en los resultados medico me salio escoliosis lumbar convexidad hacia la derecha y en la resonancia magnética nódulo de schoner, que puedo hacer hay, tengo año y seis meses trabajando hay, cargo peso muevo peso, todo el día de pie
Lo primero que tendría que hacer seria ir a consulta con su médico de cabecera y solicitar la baja.
Usted también podría solicitar la incapacidad en el Instituto de la Seguridad Social para comprobar si sus patologías son consecuencia de su actividad laboral.
En respuesta a su consulta, informarle que para poder ver evaluar el riesgo de tener una incapacidad, es necesario estudiar su caso. Para ello necesitaríamos todo la documentación fotocopiada y explorar para poder valorar la limitación que padece y si en relación con las tareas que realiza en su trabajo, puede ser viable una incapacidad permanente y el grado de la misma.
la tendinitis es enfermedad profesional y que trabajos ?
En respuesta a su consulta la tendinitis si es considerada una enfermedad profesional y así se recoge en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.
La tendinitis es considerada enfermedad profesional para los trabajos que requieran un uso continuado de la muñeca y la mano.
Llevo trabajando en una fábrica de alimentación durante 12 años tube un tirón al levantar un saco .El médico me ha diagnosticado que tengo una hernia lumbar .es una enfermedad laboral o enfermedad profesional
En principio la hernia lumbar no sería considerada una enfermedad profesional, pero si podría ser considerado un accidente laboral si se demuestra que ha sido a consecuencia de la práctica habitual de su trabajo.
La artrosis es una enfermedad profesional de la docencia? Se puede encuadrar dentro de este aspecto?
Se define la enfermedad profesional como aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifican en el cuadro aprobado por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la Ley General de la Seguridad Social, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indican para cada enfermedad profesional, según se establece en el artículo 116 de la Ley de la Seguridad Social.
La artrosis no viene recogida en ese cuadro, por lo tanto, estaríamos ante una enfermedad común, aquellas alteraciones de la salud que no tengan la condición de accidente de trabajo, ni de enfermedades profesionales, conforme a lo establecido en los apartados 2.e), f) y g) del artículo 115 y el artículo 116 de la citada Ley.
Me han concedido una incapacidad permanente por enfermedad común a causa de:
Incipiente artrosis trapeciometacarpiana bilateral y de metacarpofalangica en los primeros dedos, sobre todo en el lado derecho con pinzamiento de los espacios articulares, esclerosis y formación de mínimos osteofitos (ambas manos).
Importante degeneración discal C6-C7 y C7-D1 con marcada perdida de espacio discal y formación de osteofitos marginales.
En C4-C5 son leves con pequeños osteofitos marginales.
Protusion de base ancha en (no estoy seguro si es en esta ) C6 -C7
He trabajado durante todo mi vida laboral (35 años) en la misma empresa aunque ha ido cambiando de nombre y de dueños pero mi labor ha sido siempre la misma: preparar pales de material variado de construcción como sacos de cemento, cajas de azulejo, piezas de sanitarios como inodoros y platos de ducha de loza….Todo material muy pesado y frágil que tenía que coger y apretar con mucha fuerza con las manos pues era material delicado, pesado y caro.
Creo que mi artrosis de manos y cervicales es debido, claramente, a mis repeticiones de prensar y levantar cosas pesadas durante 8 horas diarias. Mi labor en el trabajo ha sido presentado y constatado por mi empresa ante la Seguridad Social.
Mi pregunta es si puedo solicitar que mi incapacidad laboral por enfermedad común sea declarada como incapacidad por enfermedad profesional o en su lugar como incapacidad por accidente laboral, tengo derecho a alguna indemnización…etc
Mi empresa era un almacén de materiales de construcción.
Un saludo y gracias de antemano
El primer paso que debe realizar es ponerse en manos de un Médico Perito Especialista en Medicina del Trabajo que, mediante la exploración y el estudio de la documentación médica, pueda demostrar que dicha patología es a consecuencia de su actividad laboral, valorando las limitaciones que le merman su capacidad funcional, pudiendo ser susceptible de una Incapacidad Permanente por Enfermedad Profesional o Accidente de trabajo.
Hola mi esposo desarrollo una alegia en su sitio de trabajo el cual esta deteriorando y causando heridas graves en sus manos sobretodo, cuello , cara y parte de sus piernas, cuando no esta laborando la piel tiende a regenerarse pero una vez reanuda sus labores la alergia se vuelve a poner mal, esto se consideraria como una enfermedad laboral?
En respuesta a su consulta, le informo que usted podría ser susceptible de una Incapacidad Permanente para su profesión habitual. El primer paso que se debe realizar, consiste en el estudio del caso por un Médico Perito Especialista en Medicina del Trabajo para determinar la viabilidad del mismo, es decir, si se puede demostrar cómo su trabajo está afectando a su salud, limitando su capacidad funcional para el desarrollo de sus tareas profesionales y de la vida cotidiana, pudiendo ser susceptible de un grado de Incapacidad Permanente por Enfermedad Profesional.
Nuestro equipo de profesionales, Médicos Peritos Especialistas en Medicina del Trabajo y Valoración del Daño Corporal, se encargará de emitir un estudio de viabilidad que demuestre el nexo causal entre la exposición laboral y la enfermedad que padece. Este Pre-informe se dará tras la realización de una exploración exhaustiva junto con la revisión de la documentación médica aportada, y la realización de las pruebas pertinentes.
Buenas. Yo soy Mecanico soldador llevo 20 años en mi profesión pero en la empresa actual llevo 4 años y hase solo unos meces resulte con problemas en mis rodillas y epicondilitis afectando me el túnel de capio pero mi arp la califico como enfermedad común diciendo que dichas eenfernefades no califican como algo laboral que puedo hace?
El síndrome del túnel carpiano es una patología recogida en el listado de enfermedades profesionales. Por tanto, sería necesario se pusiera en manos de un Médico Perito Especialista en Medicina del Trabajo y Valoración del Daño Corporal que, mediante la exploración y el estudio de la documentación aportada, pueda demostrar que dicha patología es a consecuencia de su actividad laboral, valorando las limitaciones que le merman su capacidad funcional, pudiendo ser susceptible de una Incapacidad Permanente por Enfermedad Profesional.
También debería interponer la reclamación previa de disconformidad de la resolución recibida, en el plazo de 30 días desde la recepción de la misma.
Buenas noches….la tendinitis es considerada enfermedad profesional..?? Te agradezco la respuesta.
En respuesta a su consulta, le informo que para poder determinar si la patología que padece tiene relación con su puesto de trabajo y las tareas que realiza en el mismo, pudiendo ser susceptible de una Incapacidad Permanente por Enfermedad Profesional, sería necesario se pusiera en manos de un Médico Perito Especialista en Medicina del Trabajo y Valoración del Daño Corporal, que determine el nexo de causalidad entre la tendinitis sufrida y las funciones de su puesto de trabajo habitual, valorando las limitaciones que le merman su capacidad funcional.
Me dignosticaron 3 hernias cervicales y desviación de la columna, segun el traumatologo es postural, me derivaron al neurocirujano y tengo q operarme si o si, estoy con dolores muy fuertes, el brazo derecho dormido hasta el codo. Hace 14 años q trabajo como empleada administrativa, 7 años a cargo del area de quejas y reclmos. Estoy sentada 8 horas diarias, pero en este momento no puedo trabajar . Necesito saber como manejarme. Gracias
Fabiana
En respuesta a su consulta, le informo que el primer paso es solicitar la baja laboral. Paralelamente, puede usted solicitar una incapacidad a la Seguridad Social. Debido a las patologías que padece y que le limitan para su trabajo habitual, usted puede llegar a ser susceptible de una Incapacidad Permanente para su profesión habitual. Para ello, será necesario ponerse en manos de un Médico Perito que evalúe el alcance de sus patologías que le merman su capacidad funcional, determinando la viabilidad de una reclamación de incapacidad permanente y qué grado (Parcial, Total, Absoluta).
Tener torticulis y después una hernia discal, trabajando de administrativa ¿es enfermedad laboral? ¿que se hace si en el trabajo me pongo enferma de alguna cosa, acudo a mutua urgencias o llamo 112?
En respuesta a su consulta, le informo que su patología no está incluida dentro del Listado de Enfermedades Profesionales y es por lo que no puede ser considerada como tal. Sin embargo, su patología puede mermarle su capacidad funcional en las tareas fundamentales de su actividad laboral, pudiendo ser susceptible de una Incapacidad Permanente para su profesión por Enfermedad común.
Hola estaba trabajando y bieno trabajo en el andamio me quedo el cuello rígido y dolor en los hombros no fui a la mutua puesto que no me dieron papel para ir. Acudo al medico de cabecera despues de varias pruebas me encuentran c4c5c6 en la c4 c5 una pertusion c5-c6 otra acompañada de artisis cervical y osteofitos puede ser enfermedad profesional puesto que trabajo de andamiero y todos los pesos siempre son por encima de los hombros
buenas.tengo una lesion condral en grado 4 de la faceta lateral de la patela asociado a quiste subcondral.ytambien hay lesion condral con quiste subcondral del aspecto posterior del condilo femoral lateral. esta enfermedad esta considerada como enfermedad professional, y si no es devo hacer por si me sacan del trabajo.gracias
En respuesta a su consulta, le informamos que su patología no queda recogida en el Listado de Enfermedades Profesionales, y no se puede considerar como tal. Sin embargo, su patología puede mermarle su capacidad funcional en las tareas fundamentales de su actividad laboral, pudiendo ser susceptible de una Incapacidad Permanente para su profesión.
Llevo trabajando 8 años en una empresa en la cual estoy a diario en contacto con alcoholes, acetona, agua, residuos de metal, plástico y vidrio. Desde hace acerca de 4 años estoy sufriendo de una dermatitis en las manos con empeoramiento a lo largo del tiempo y tratamiento casi constante con corticoides. Por medio de la mutua han diagnosticado cuadro desidrotico o ponfolix. Alegan no ser enfermedad profesional porque en las pruebas alérgicas no dio positivo nada. Llevo 4 meses de baja y he mejorado mucho aunque sin llegar a curarme del todo. Y ya no tengo que usar corticoides a diario. Que creéis? En mi puesto de trabajo se me agrava puesto que estoy expuesta al contacto con irritantes.
En respuesta a su consulta, le informo que el primer paso que se debe realizar, consiste en el estudio del caso para determinar la viabilidad del mismo, es decir, si se puede demostrar cómo su trabajo está afectando a su salud. Incapacitándole para el desarrollo de sus tareas profesionales y de la vida cotidiana.
la artrosis de columna es una enfermedad profesional? con que porcentaje puede ser calificada. empece a sufrir de ella hace un mes, después de trabajar 23 años como operario de telares
gracias
En respuesta a su consulta, le informo que la artrosis de columna no está en el cuadro de enfermedades profesionales, es una enfermedad común degenerativa, progresiva, crónica e irreversible.
Tendría que acudir a un perito médico para que evalúe su caso y determine si es susceptible de algún grado de Incapacidad Permanente por enfermedad común.
Con respecto a las enfermedades del aparato músculo- esquelético es imprescindible demostrar la relación causa- efecto, es decir la relación entre el agente causal y la patología, un informe detallado sobre la evaluación del puesto de trabajo, tiempo y frecuencia de exposición al agente de riesgo , exámenes médicos y una buena anamnesis realizada por un profesional.. En mi caso particular sufrí de un Sindrome por compresión del nervio cubital debido a movimientos de flexión y extensión del codo, durante 31 años, aproximadamente 3 horas diarias por realizar cortes histológicos en un micrótomo de deslizamiento ( movimientos repetitivos y forzados). Lo cual me llevo a una cirugía y posterior rehabilitación . En un primer momento la ART no reconoció la enferemdad como profesional. Por lo cual realicé la denuncia en al Superintendencia de RIesgos del trabajo que dictaminó a mi favor y obligó a la ART hacerse cargo. LO importante es informarse bien. ESpero que les sirva mi experiencia. Muchas gracias.
Argentina
efectivamente para demostrar la enfermedad profesional, es decir, patologías relacionadas con la actividad laboral, es necesario demostrar el nexo de causalidad entre las limitaciones y sintomatología de dicha patología vinculadas a las tareas fundamentales de su trabajo habitual. En su caso según refiere, se pudo demostrar el nexo de causalidad dada la actividad que usted ejercía en su puesto de trabajo (movimientos repetitivos de flexo-extensión de muñeca produciéndose Síndrome por compresión del nervio cubital – perteneciente al listado de enfermedades profesionales).
Para que una enfermedad profesional sea considerada como tal, debe tener un tiempo especifico realizando la misma actividad o expuesto a la sustancia que provoca la enfermedad.
Para que sea considerada como enfermedad profesional, su patología ha tenido que ser adquirida en el puesto de trabajo o como consecuencia de la actividad laboral. Nuestro equipo médico determinará en primer lugar el nexo de causalidad entre la patología y su trabajo habitual, y como las secuelas que padece le limitan o le merman en su capacidad laboral e incluso en su vida cotidiana, pudiendo alcanzar una Incapacidad en sus distintos grados y también una grado de discapacidad o minusvalía que, superado el 33%, puede ser subsidiario de prestaciones (fiscales, sociales, económicas).
el tunel carpiano,es una enfermedad profesional del docente?
El síndrome del túnel carpiano es un síndrome neurológico producido por el atrapamiento del nervio mediano en el túnel carpiano, estructura que comparte con los tendones flexores de los dedos y vasos sanguíneos.
Su origen laboral se produce como consecuencia de tareas que requieren movimientos repetidos o mantenidos de hiperextensión y hiperflexión de la muñeca o de aprehensión de la mano. Luego, está considerado como enfermedad profesional.
hola¡ se considera enf. profesional la sarcoidosis , trabajo en una empresa donde hay vapor de cromo en el aire y estaño
muchas gracias
Para que podamos demostrar que usted padece una enfermedad profesional, deben darse los siguientes elementos:
– Que el trabajo se haga “por cuenta ajena“.
– Que sea a consecuencia de las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales.
Estimados Seniores, me interesa saber si la Espondiloartritis se concesera como inferemedad profesional? Muchas Gracias.
Buenos días, Karim, existe un listado de enfermedades profesionales donde puede verificar su existencia, para mayor información póngase en contacto con nosotros.
TENGO LESIONES EN l1-L2´´ HERNIA L2-L3.PROTUSIONES l1-L2´l2-L3–L3-L4y Angionas en D12.Y CONDROMALACIA ROTULIANA EN AMBAS RODILLAS Y ESTOY EN LISTA DE ESPERA PARA OPERACION DE RODILLA IZQUIERDA..En laas lumbares me han dado 2 rehabilitaciones distantes en un año y no hay mejoria segun imforme rehabilitador.
Buenos días, Ricardo, según nos comenta no puede realizar su trabajo. Si necesita solicitar una incapacidad permanente es necesario que le vea un médico perito que evalúe su daño corporal. Póngase en contacto con nosotros en el 91 307 6219, le informamos sin compromiso, trabajamos en toda España.
Hola que tal. Si una persona es diabética y sufre un lastimado en el pies durante el trabajo laboral. Puede acudir a la art ?? Su pies complicó y tuvieron que cortar sus dedos por sufrir un lastimado en el trabajo
quisiera que por favor me dieran su opinion,sobre lo siguiente,leves cambios degenerativos en ambas caderas y tambien tengo,por otro lado,leve desviacion escoliotica de vertice derecho en la region lumbar media,aumento de la curva lordotica lumbar fisiologica,cuerpos vertebrales de configuracion y altura adecuada en todos los segmentos,insipientes osteofitos anterolaterales.cambios degenerativos discales y facetarios.dimensiones del canal normales,arcos posteriores integros.densidad osea y tejidos blandos sin alteraciones.llevo 8 años trabajando como docente en el area de educacion fisica,podrian estar catalogadas alguna de las dos como enfermedades profesionales o ninguna de las dos muchas gracias.
El primer paso que se debe realizar, consiste en el estudio del caso para determinar la viabilidad del mismo, es decir, si se puede demostrar que la presencia de su patología le incapacita para el desarrollo de sus tareas profesionales y de la vida cotidiana. Basándonos en las limitaciones funcionales para su trabajo habitual podría ser susceptible de una incapacidad o de una indemnización, también sería posible una indemnización si han existido faltas de seguridad por parte de la empresa.
Una artrosis en manos,rodillas y lumbares, administrativa desde hace 21 años.¿Es considerada enfermedad profesional?
La artrosis no está tipificada dentro del listado de enfermedades profesionales. Puede ser que se haya acelerado el proceso degenerativo, pero aún así no está considerado como enfermedad profesional
buenas noches,me podrian por favor informar si la artrosis primaria es ta catalogada como una enfermedad profesional.
La artrosis es una enfermedad común, es una enfermedad degenerativa, progresiva, crónica e irreversible muy común a partir de ciertas edades.
Hola se considera enfermedad profesional el síndrome del túnel carpiano en un cerrajero metálico ,he ido a la mutua me han dicho que como no es accidente no me lo reconocían y he ido a la seguridad social y me han dado de baja pero por enfermedad común, que puedo hace
En respuesta a su consulta, le informamos que el síndrome del túnel carpiano no está tabulado dentro de las enfermedades profesionales, y no se puede considerar como tal.
Si el túnel carpiano se puede demostrar que está producido por el trabajo, al no encontrarse en las tablas implicaría que se puede solicitar la contingencia de accidente laboral
El síndrome del túnel carpiano es una neuropatía periférica que ocurre cuando el nervio mediano, que abarca desde el antebrazo hasta la mano, se presiona o se atrapa dentro del túnel carpiano, a nivel de la muñeca. El nervio mediano controla las sensaciones de la parte anterior de los dedos de la mano (excepto el dedo meñique), así como los impulsos de algunos músculos pequeños en la mano que permiten que se muevan los dedos y el pulgar.
La clínica sí que puede estar en relación con la actividad laboral pudiendo considerarse esta patología como enfermedad profesional. La Enfermedad Profesional viene definida en el Art. 116 de la Ley General de Seguridad Social: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional”.
Por ello, es imprescindible conocer su actividad laboral y las tareas fundamentales que realiza. Los datos que orientan hacia la existencia de un síndrome del túnel del carpo se encuentran una serie de maniobras que deliberadamente disminuyen o aumentan el espacio de tránsito por dicho túnel, comprobando con ello si aumenta o disminuye la sintomatología.
El primer paso consiste en el estudio del caso para determinar la viabilidad del mismo, es decir, si se puede demostrar que la presencia de su patología le incapacita para el desarrollo de sus tareas profesionales y de la vida cotidiana
Esta considerada como enfermedad profesional escoliosis lumbar?
No es una enfermedad profesional ya que es una desviación de la columna vertebral que puede ser congénita, por anomalías vertebrales presentes al nacer, puede producirse por causas desconocidas o haberse desarrollado como síntoma secundario de otra enfermedad, pero en ningún caso, es una enfermedad profesional.
Esta considerada como enfermedad profesional el sindrome del tunel carpiano y la epicondilitis en los yeseros y escayolistas?
Buenas tardes,
Como respuesta a su consulta, el síndrome del túnel carpiano es una enfermedad producida por inflamación de las vainas tendinosas está dentro del cuadro de enfermedades profesionales, así como la epicondilitis, por movimiento de pronación y supinación repetidas del brazo contra resistencia, así como movimientos de flexo- extensión forzada de la muñeca, como puede ser: mecánicos, chapistas, albañiles…
Está tipificado como enfermedades profesionales dentro del código 02.
Para que una enfermedad sea calificada como enfermedad profesional, además de aparecer en el cuadro del RD1299/2006, tienen que darse otra serie de circunstancias: que la profesión o actividad ejercida por el trabajador esté enumerada en dicho cuadro o que los agentes causantes estén presentes en el entorno laboral.
Es decir una hipoacusia es considerada Enfermedad profesional porque está en el cuadro, pero no para todos los trabajadores será considerada como tal, salvo que el trabajador esté a expuesto a niveles de ruido diarios equivalentes de más de 80 dB(A) y la hipoacusia sea bilateral simetrica, irreversible y la perdida auditiva esté entre 3000 y 6000 Hz.
Gracias por tu tiempo y explicación Sandra. Un saludo.