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Caso de incapacidad permanente total

En caso de incapacidad permanente total

De nuevo os queremos compartir un caso de éxito de una de nuestras pacientes. Se trata de una persona a la que se le ha reconocido la incapacidad permanente total para su profesión de monitora de comedor y patio escolar. Gracias a ella, podrá acceder a una pensión mensual, compatible con otro trabajo que esté capacitada para realizar.

Tras un año de baja, la paciente fue propuesta por el propio INSS para una incapacidad total. Sin embargo, a propuesta del EVI, en agosto de 2018 se emitió resolución desestimando la incapacidad permanente total. Fue entonces cuando contactó con nosotros para el estudio de su caso y para valorar la posibilidad de presentar reclamación previa. Nuestro equipo médico, en base a la exploración y a los informes médicos, determinó que esta persona tenía opciones de obtener una incapacidad permanente total, por lo que se procedió a reclamar por vía administrativa. Esta reclamación fue también denegada, de manera que se presentó una demanda que acaba de ser estimada, reconociéndola una incapacidad permanente total para su profesión habitual.

Patologías de la demandante

Nuestra paciente presentaba el siguiente cuadro clínico, recogido en el informe de evaluación médica:

  • Angina hemodinámica en el contexto de taquicardia paroxística supraventricular
  • Antecedentes de probable angina microvascular
  • Coronarias sin lesiones
  • HTA
  • Síndrome femoropatelar y meniscopatía rodilla izquierda
  • Espondiloartrosis lumbar

Todo ello, le generaba una limitación para para actividades con requerimientos de esfuerzo, deambulación y/o bipedestación prolongada

Estas patologías fueron demostradas a través de un informe médico pericial elaborado por la Dra. Ruiz Mialdea en el que, además, se recogían las siguientes limitaciones:

  • Limitación de movimientos de la columna lumbar
  • Dificultad de inicio de marcha con miembro inferior derecho
  • Limitación de movilidad de ambas rodillas a la flexión
  • Dolor al subir y bajar escaleras
  • Limitación para la bipedestación, sedestación y deambulación prolongadas, para carga de pesos y realización de esfuerzos

Durante el juicio, el equipo jurídico se esforzó por demostrar la relación entre las limitaciones identificadas y las actividades que realizaba la paciente en su profesión habitual. Así, se pudo demostrar que, por el cuadro clínico, esta persona no podía desarrollar el trabajo de monitora de comedor y patio escolar. El fallo que por el que se le declaraba afectada de una incapacidad permanente total era el siguiente:

FALLO

“Que estimando la demanda formulada por… contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro a la parte actora en situación de invalidez permanente en el grado de INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA SU PROFESIÓN HABITUAL DE MONITORA DE COMEDOR Y PATIO ESCOLAR, con derecho a percibir una pensión del 55% de su base reguladora mensual de 163,42 euros, con efectos desde el día siguiente al cese en el trabajo, condenando a la parte demandada a estar y pasar por esta declaración y al INSS al pago de la prestación indicada”.

Debido a la base reguladora de esta persona, la pensión se actualizará al mínimo establecido para este tipo de incapacidad. Así, la paciente podrá cobrar una cantidad mensual de 495 euros. En caso de encontrarte en una situación similar, no dudes en contactar con nosotros. Puedes llamarnos al 913076219 o escribirnos en el siguiente formulario. Tenemos más de 30 años de experiencia y podemos ayudarte.

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