El Grupo Médico Durango vuelve a triunfar en los juzgados de Madrid. Esta vez, ganando otro caso de incapacidad permanente total en contra del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El demandante, quien ejercía de Ingeniero Jefe de Proyectos, habiendo pasado por una situación de desempleo, percibiendo el subsidio para mayores de 52 años.
El actor presenta el siguiente diagnóstico: Lumbalgia crónica, intervenido mediante espaciador interepinoso. Además de limitación de la movilidad lumbar, obesidad, trastorno adaptativo mixto con ansiedad y depresión.
El 15 de junio 2012 se había denegado una resolución por no alcanzar el grado suficiente de su disminución en su capacidad laboral, por lo que se interpuso la reclamación correspondiente en el juzgado de lo social número 14 de Madrid, desestimándose la misma el 1 de agosto 2012 por entenderse que las lesiones no eran suficientemente valoradas.
Gracias a la documentación presentada en el expediente administrativo, en especial por el informe pericial llevada a cabo por la perito Ruiz-Mialdea, pudo probarse que el actor está limitado a la hora de realizar esfuerzos físicos, carga de pesos y tareas que obliguen a la flexión o rotación.
Cabe mencionar que esta reclamación se interpuso en lo juzgado de lo social de Madrid, pero la parte contraria decidió llevarlo a instancias del Tribunal Superior de Justicia, quien ratificó dicha sentencia.
En base al artículo 137 de la LGSS, que define “que dicho grado de incapacidad la refiere a la profesión habitual y esto ha hecho destacar con reiteración, el carácter esencial determinante de la profesión en la calificación jurídica de la situación residual del afectado. De tal manera, que unas mismas lesiones o secuelas pueden ser constitutivas o no de invalidez permanente en función de las actividades o tareas que requiera la profesión del presunto incapaz”.
“La realización de un quehacer asalariado implica circunstancias contextuales que han de ser analizadas bajo la luz de una ya inveterada doctrina jurisprudencial, que mantiene que a nuestro sistema de seguridad social, por el carácter esencialmente profesional de la protección invalidante, lo que le interesa es la valoración de la capacidad laboral residual que las dolencias tenidas por definitivas permiten al afectado”
En virtud de este hecho, el Ingeniero jefe de proyecto no está en condiciones de ejercer la actividad laboral en la que se desempeña habitualmente, por su inestabilidad e inseguridad en su desenvolvimiento e impotencia funcional debido al dolor crónico.
Por todo lo anterior citado, el tribunal le reconoce una incapacidad permanente total para su profesión habitual de Ingeniero Jefe de Proyectos. Otro reto superado, una oportunidad más para seguir mejorando.
En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos al teléfono 91 307 6219, o rellene su consulta en nuestro formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudian la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Póngase en contacto con nosotros, trabajamos en toda España, estaremos encantados de ayudarle.
e.
Hola. Llevo desde agosto del 2015 de baja. Estuve ingresada dos veces por hernia que tocaba el nervio ciatico. En septiembre del 2016 me diron de alta en el inss. A las dos semanas de incorporarme a trabajar volvi a recaer. Despues de muchos tratamiemtos y rehabilitacion los dedos de los pies los muevo muy poco y tengo dolor en la pierna, muslo y gluteo. El dolor en la zona lumbar es horrible. Me han dicho que tengo lumbalgia cronica y lumbociatica. Mi trabajo es fisico. Posturas forzadas y levantar muchos pesos. Si me dan el alta tengo que reincorporarme en mi puesto de trabajo ya que e intentado que me reubiquen en otro y se niegan. Que podria hacer? Gracias.
Buenos días, Marta, si no puede realizar su trabajo debe considerarse la solicitud de una incapacidad permanente. Para ello es necesario que le vea uno de nuestro médico perito para saber si su caso es viable, Póngase en contacto con nosotros en el 91 307 6219.
No hay que confundir el grado de discapacidad con la incapacidad: https://www.grupomedicodurango.com/diferencia-incapacidad-minusvalia/
Aunque creo que más bien, ustedes se refieren a recibir una indemnización por accidente laboral, por la pérdida de ese dedo. Efectivamente existen unas tablar donde se valoran las lesiones no invalidantes. El médico-perito en función de la exploración a su hijo y el estudio de la documentación médica podría determinar el importe, y asesorarle sobre lo más conveniente a solicitar.
Hola estoy operada de hernia discal l4 y l5 esto fue hace 3 años tuve recuperacion por una año comence a trabajar en un supermercado y llevo alli 2 años trabajando pero es muy duro he tenido dolores de espalda en ese periodo y ahora estoy de baja medica por lo mismo no puedo casi caminar . No encuentro un trabajo que me ayude con mi problema ya que cada vez que tengo uno siempre termina con el problema de espalda y cada vez va apeor , quiero saber si tengo derecho a alguna ayuda o incapacidad .gracias
El médico-perito tiene que llevar a cabo un estudio de su patología junto con la documentación médica, si esta le limita para todo tipo de trabajo, se podría estudiar la posibilidad de solicitar una incapacidad permanente absoluta.
meti al issste una calificacion por riesgo de trabajo por lumbalgia pos-esfuerzo la cual me fue negada por quye dicen que no cumple con las características de accidente de trabajo pero me piden que para meter una inconformidad debo de contar con un medico perito en medicina del trabajo el cual tiene que hacerme un dictamen cuanto me sale todo esto ya que soy de escasos recursos economicos
HOLA ESTOY OPERADO DESDE EL 3 DE SEPTIEMBRE DE ESTE AÑO DE LUMBALGIA.CRONICA ?PUEDO PEDIR INCAPACIDAD PERMANENTE?
La incapacidad permanente tiene distintos grados, usted será susceptible de una incapacidad permanente debido a sus patologías siempre y cuando estas le imposibiliten para realizar las funciones de su trabajo habitual, todas o algunas de las mismas, o bien, le limiten en su vida cotidiana. Póngase en contacto con nosotros y estudiaremos en profundidad su caso.