La cantidad de dinero que se debe indemnizar depende del daño que se ha causado, y este factor va en línea con lo que en cada póliza estipula por contrato. Entonces ¿Dónde están los límites a la hora de reclamar una indemnización a tu póliza de seguros?
Si quieres reclamar una indemnización a tu compañía de seguros, lo más conveniente es acudir primero al mediador con quien realizaste el seguro, ya que esta persona es quien conoce tu historial.
Debes tener en cuenta que el cálculo de una indemnización a través de tu póliza se realiza consultando el libro de condiciones generales que recoge el baremo oficial de indemnizaciones, donde se asigna un valor en función del grado de la lesión.
Situación ante un siniestro
Ante un siniestro se debe realizar una declaración de este suceso ante la compañía de seguros. Ésta, a su vez, tiene el deber de aceptar o rechazar sus consecuencias para el cliente.
Por tanto, al producirse dicho pacto es cuando la póliza comienza las gestiones relacionadas con la investigación de los hechos, y la construcción del informe pericial, para poder ver el alcance de los hechos y realizar un diagnóstico de la situación para poder acordar una indemnización. Ante dicha valoración se debe llegar a un acuerdo entre las partes y realizar una liquidación o compensación económica.
Responsabilidades del médico perito
Las funciones que el perito de una póliza de seguros realiza puede acogerse a la Ley 30/95 de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados:
»Son peritos de seguros quienes dictaminan sobre las causas del siniestro, la valoración de los daños y las demás circunstancias que influyen en la determinación de la indemnización derivada de un contrato de seguro».
En este sentido, en un post anterior de Durangopedia llegamos a afirmar: «Cuando se produce un accidente con lesiones existe un conflicto de intereses entre la aseguradora el afectado ya que es la aseguradora la que se hace cargo del pago de la indemnización. En la valoración del alcance de las lesiones sufridas puede llegar a dilucidarse una gran parte de subjetividad, por lo que también es importante contar con médicos que le representen a usted y no solo a la compañía aseguradora».
En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo experimentado en reclamar una indemnización a las pólizas de seguros. Llámenos a este teléfono 913076219, o rellene el formulario de contacto.
LEAS POLIZAS EN TODO TIPO DE COBERTURAS SEÑALA PUNTUALMENTE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Y LOS MOTIVOS POR LOS CUALES NO INDEMIZARA , EN LA COBERTURA MEDICA ESTA INFORMACION ES MUY AMPLIA Y DETALLADA ; UNA COYONTURA IMPORTANTE EN ESTA COBERTURA
ES LA DETERMINACION DE LA APARICION DE UN PADECIMIENTO ; SI OCURRIO ANTES DE CONTRATAR LA POLIZA , SI APARECIERON SINTOMAS TENIENDO YA CONTRATADA LA POLIZA, SI EL PADECIMIENTO NO ESTA LIMITADO EN TIEMPOS (EN LA POLIZA SEÑALA LOS PERIODOS DE ESPERA PARA CIERTOS PADEIMIENTOS)
TODO ESTO GENERA UN GRAN CONFLICTO CON RESPECTO A LA FECHA DEL PADECIMIENTO . ASI MISMO HABRA QUE SEÑALAR QUE SI EXISTEN
LIMITES DE INDEMNIZACION, EN LOS HONORARIOS MEDICOS (NOR-
MALMENTE LA ASEGUARADORA EMITE UN CATALOGO DE PADECIMIENTOS EN DONDE SEÑALA CON EXACTITUD EL MONTO MAXIMO QUE REEMBOLSARA DE ESTOS GASTOS MEDICOS.
MOTIVO POR EL CUAL ES IMPORTANTISIMO ESTAR SUPER BIEN INFORMADO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Y CAUSALES POR LOS CUALES LA POLIZA INDEMNIZARA EN FORMA TOTAL ,PARCIAL O EN SU CASO RECHAZO DE LS GASTOS DE ALGUN PADECIMIENTO,
Cuando un asegurado tiene un siniestro y la compañía de seguros se lo rechaza ó le indemnizan menos de lo que esperaba, parece lógico que el asegurado, que ya ha pagado la prima del seguro, no esté dispuesto a pagar más para que le indemnicen lo que le corresponde.
En esta situación, para agotar la vía del acuerdo amistoso con la compañía, antes de incurrir en más gastos, el asegurado debe recurrir a su mediador/corredor para que interceda en su nombre ante la compañía. Por eso es tan recomendable contar con un mediador/corredor de seguros en la póliza.
Si eso no fuera suficiente, deberá buscar, asesorado por su mediador/corredor, un perito independiente que le redacte un informe pericial sobre el siniestro (Art. 38, Ley de Contrato de Seguros).
El mediador/corredor, si así lo considera, volverá a intentar acuerdo amistoso con la compañía, con la base del mejor dictamen pericial independiente, antes de emprender otras vías de reclamación.
El acuerdo entre peritos, el de la compañía y el del asegurado, y el nombramiento del perito tercero (Art. 38, Ley de Contrato de Seguros), en la práctica, solo resuelve en muy contadas ocasiones.
Si nada de lo anterior funcionara, lo que es relativamente frecuente por la intransigencia de las compañías de seguros, el asegurado deberá recurrir a poner una reclamación ante la Dirección General de Seguros o a un abogado que le defienda en una reclamación judicial, con la prueba que ya dispone, su dictamen pericial independiente del asegurado.