Los beneficios del grado de discapacidad dependerán siempre del porcentaje que tenga reconocido el sujeto en cuestión sumado a las ayudas y requisitos específicos que se establezcan en la legislación de cada Comunidad Autónoma en concreto.
El Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre establece el procedimiento de declaración y calificación de un grado de discapacidad, modificando con ello el texto legal anterior, el cual establecía el procedimiento de reconocimiento de una minusvalía.
Es imperativo ser conscientes de que este término (minusválido / minusvalía) se encuentra cada vez más en desuso.
Incapacidad y discapacidad son 2 conceptos que, a pesar de tener una serie de puntos en común, son bastante diferentes desde un punto de vista jurídico y social.
Es por ello que hoy dedicamos un artículo a los beneficios del grado de discapacidad, en función del porcentaje que tengamos reconocido, así como otras características particulares del sujeto que le permitirían acceder a diversas ayudas de carácter público otorgadas por las administraciones competentes.
BENEFICIOS DEL GRADO DE DISCAPACIDAD | ¿Qué porcentaje tenemos reconocido en nuestro caso en particular?
El Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de Noviembre regula una serie de beneficios del grado de discapacidad con el objetivo de suplir las dificultades, tanto sociales como económicas, a las que se enfrentan estas personas en su día a día.
A pesar de que existe la creencia generalizada de que la situación de este colectivo ha mejorado de manera notoria en los últimos años, lo cierto es que estas personas siguen viviendo a diario una serie de situaciones que, en muchas ocasiones, imposibilitan el desarrollo de una vida normal.
A esto se le suma el estigma social que sigue padeciendo este tipo de personas, especialmente si analizamos sus posibilidades reales de integración en el mercado laboral.
Los beneficios del grado de discapacidad variarán de una Comunidad Autónoma a otra.
Es por ello que, los criterios que verás detallados a continuación, tienen un carácter meramente orientativo, en tanto en cuanto los mismos variarán en función de la localización o circunstancias personales del sujeto en cuestión.
Con el objetivo de que entiendas los beneficios del grado de discapacidad de la manera más concisa posible, a continuación te detallamos alguno de ellos en función del porcentaje reconocido por el organismo competente de tu Comunidad Autónoma.
Grado de discapacidad entre el 33% y el 65%
Algunos de los beneficios del grado de discapacidad para este tipo de casos pueden resumirse en los siguientes puntos detallados a continuación:
✍ VEHÍCULOS Y MOVILIDAD
- ARTÍCULO 30 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 → Las personas con discapacidad que, además tengan movilidad reducida, cuentan con una tarjeta especial de estacionamiento, que le permite aparcar su vehículo en zonas definidas previamente por el ayuntamiento de cada localidad.
- ARTÍCULO 31 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 → Las personas con discapacidad que presenten problemas para usar medios de transporte colectivos (por ejemplo, el autobús) podrán acceder a una serie de ayudas económicas al respecto.
- ARTÍCULO 91.4 LEY 37 / 1992, DE 28 DE DICIEMBRE → Se aplicará el IVA reducido (4%) para la compraventa de todos aquellos vehículos de movilidad reducida. Además, en función del ayuntamiento, es posible que dicho vehículo esté exento del pago del impuesto de circulación.
✍ IMPUESTOS
- ARTÍCULO 91.5 LEY 37 / 1992, DE 28 DE DICIEMBRE → Se aplicará el IVA reducido a la compra de objetos como prótesis, ortesis e implantes internos para personas con discapacidad.
- APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES → La ley del IRPF recoge a lo largo de su texto legal diferentes beneficios del grado de discapacidad en comparación a una persona que no se encuentre en esta situación, por ejemplo, en lo relativo a las aportaciones al plan de pensiones.
✍ OCIO
- CARNET MUNICIPAL DE DEPORTE ESPECIAL → El carné municipal de deporte especial da derecho a las personas con discapacidad al acceso gratuito a diferentes piscinas municipales, en los horarios delimitados por el centro en cuestión.
- DESCUENTO EN OCIO → Desde el cine al teatro, son diversos los lugares de ocio que ofrecen diversos descuentos a personas con discapacidad.
✍ VIVIENDA
- ARTÍCULO 32 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 → En los programas de vivienda protegida, se programará un mínimo de un 4% de viviendas que cuenten con las condiciones necesarias para una persona con discapacidad.
- ARTÍCULO 34.1 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 → En función de las medidas adoptadas de manera concreta por cada Comunidad Autónoma, los Administraciones Públicas habilitarán en sus presupuestos una serie de ayudas para la financiación de inmuebles que requieran de algún tipo de reforma con el objetivo de mejorar la accesibilidad de personas con algún tipo de discapacidad.
✍ ASISTENCIA, SANIDAD Y EDUCACIÓN.
- ARTÍCULO 8.1 y 9 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 → Se establece la asistencia sanitaria y farmacéutica para personas sin recursos suficientes.
- ARTÍCULO 13 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 → Las personas con discapacidad podrán acceder a los programas de atención integral, los cuales comprenden diferentes aspectos necesarios para el correcto desarrollo del día a día de estas personas.
- ARTÍCULO 19 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2013 → De cara a garantizar el correcto desarrollo del proceso educativo de cualquier persona con discapacidad, se establece la gratuidad de enseñanza a todos los centros ordinarios así como todos los centros de educación especial.
✍ FAMILIA
- ARTÍCULO 2 DE LA LEY 40 / 2003, DE 18 DE NOVIEMBRE → Cuando uno de los 2 hijos presenta algún tipo de discapacidad, los beneficios del grado de discapacidad implican la consideración de este núcleo familiar como familia numerosa, a pesar de contar solo con 2 hijos.
✅ Esto se aplica de igual manera para los casos en los que ambos ascendientes tuvieran algún tipo de discapacidad o alguno de ellos tuviese una discapacidad con un porcentaje superior al 65%.
Grado de discapacidad superior al 65%
Los beneficios del grado de discapacidad para todos aquellos sujetos que superen un porcentaje superior al 65% se pueden concretar en los siguientes puntos detallados a continuación:
- ARTÍCULO 1 REAL DECRETO 357/1991, DE 15 DE MARZO → Siempre que no se supere un nivel determinado de ingresos, se tendrá derecho a una pensión contributiva cuando se acredite una discapacidad superior al 65%.
- EDAD DE JUBILACIÓN → Cuando el porcentaje de discapacidad es superior al 45%, es posible solicitar la jubilación anticipada, en caso de que concurran ciertas evidencias de que la discapacidad reduce de manera clara la esperanza de vida del sujeto en cuestión .
- TARJETA DORADA RENFE → Esta tarjeta, la cual ofrece diversos descuentos a la hora de viajar en tren, está dirigida a pensionistas, personas mayores de 65 años y personas con algún grado de discapacidad. Los beneficios del grado de discapacidad variará según cada sujeto.
- En el caso de personas con un porcentaje igual o superior al 33%, esto será suficiente para beneficiarse de las condiciones que genera la obtención de la tarjeta.
- En el caso de personas con un porcentaje igual o superior al 65%, los acompañantes de estas personas se beneficiarán de los mismos beneficios del grado de incapacidad con los que cuente la persona afectada.
Como podrás comprobar, los beneficios del grado de minusvalía son muy diversos y es posible que dependan de tus circunstancias personales o la legislación aplicable en la zona en la que residas.
No obstante, es importante ser conscientes de que la reclamación de nuestro grado de discapacidad es un proceso para el cual es necesario contar con ayuda especializada.
Grupo Médico Jurídico Durango
Grupo Médico Jurídico Durango es un gabinete médico – legal con más de 30 años de experiencia en los servicios asociados a procesos de reclamación de este tipo, uniendo ley y medicina en una mismo equipo para ofrecerte un servicio con las máximas garantías.
Si tienes cualquier duda al respecto sobre los beneficios del grado de discapacidad según tu caso en particular, te invitamos a ponerte en contacto con nuestro equipo especializado. Esperamos que este artículo te haya permitido obtener una visión global y genérica de los beneficios que el reconocimiento de un grado de discapacidad te podría aportar.
¡Gracias por leernos! A continuación te dejamos otros artículo de nuestro blog que consideramos que podrían resultarte de interés.
Buenos días
Mi hijo le ha dado un 28% de discapacidad aunque no estoy de acuerdo y voy a reclamar quería saber que beneficios tengo con ese porcentaje
Buenas tardes, informarle que para conocer los beneficios por un grado de discapacidad, debe dirigirse a su Centro Base a fin de que le ofrezcan mayor información atendiendo a las circunstancias concretas de su hijo. Reciba un cordial saludo.
Hola tengo el 19 por ciento de discapacidad puedo beneficiarme con los pago del 50por ciento de los servicios besico
Buenos días Héctor, indicarle que para obtener beneficios el reconocimiento de un grado de discapacidad debe ser al menos del 33%, por lo que atendiendo a los datos que nos facilita, entendemos que no sería susceptible del beneficio que nos indica. No obstante, en este tema, es aconsejable que se dirijan a su Centro Base o Asistente Social a fin de que le amplíen información. Un cordial saludo.
Buenos dias,
me acaban de notificar grado del 55%
Tengo neurosensorial severa, problemas discopatias etz.. y hay una serie de patologias que no me las han incluido en el el veredicto. Además parte delas discopatias de los brazos hacen que no pueda a veces ni conducir ni poder seguir adelante cuando me da el brote, además me han dicho que nada de peso de por vida tengo 45 años. Estoy peindiente del reumatologo tengo visita este mes despues de varios retrasos, estoy en CCCATALUÑA, icitiosis Lamelar, SII, fotosensibilidad, condromalacia rotuliana, desde fundacion me dicen que es miuy extraño que solo me otrguen 55 que deberia hacer? yo sigo trabajando nunca cogi la baja mientras pueda voy teletrabajando o .. haciendo… pero me ha dado rabia que solo haya venido el 55
Buenas tardes Sonia, informarle que para determinar si es susceptible de un mayor grado de discapacidad al que le han reconocido, es necesario citarle en consulta con nuestro equipo médico a fin de que estudie toda su documentación. Se procedería a valorar sus patologías, evolución y tratamientos acordes al Real Decreto que regula esta materia. En el caso de estar interesada, rogamos nos llame al 913076219 para proporcionarle mayor información. Un saludo.
Ola tengo un 60 de minusvalía y tengo k pagar medicamentosk pasa si casi todo el mundo k tiene discapasidad y no pagan medicamentos por k yo si
Buenos días Esperanza, en relación a su consulta, informarle que «serán beneficiarios de la prestación de asistencia sanitaria y farmacéutica aquellas personas que,…, reúnan las siguientes:
a) Estar afectadas por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por 100.
b) No tener derecho, por cualquier título, obligatorio o como mejora voluntaria, sea como titulares o como beneficiarias a las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica del régimen general o regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social.»
Siempre es recomendable dirigirse al organismo que gestiona dichas ayudas en concreto dado que no todas las CC.AA. gestionan igual las ayudas relacionadas con el reconocimiento de un Grado de Discapacidad. Reciba un cordial saludo.
Hola buenos días!
Tengo una discapacidad del 73% y 4 puntos de movilidad reducida
Tengo un miembro superior nulo el brazo derecho y quisiera solicitar la tarjeta de apartamento ya que tengo un coche adaptado podría solicitar dicha tarjeta
Buenas tardes Elisa, informarle que para la solicitud de la Tarjeta de Aparcamiento debe tener reconocido un Baremo de Movilidad Positivo, es decir, un mínimo de 7 puntos, por lo según los datos que nos ofrecen, este requisito no lo cumpliría. Un saludo.
Hola, con una minusvalía leve ( de un 19 por ciento) tengo derecho a algún beneficio.
Gracias
Buenos días Mª del Carmen, informarle que para poder obtener beneficios debe alcanzar un mínimo del 33% de grado de discapacidad. Reciba un cordial saludo.
Tengo 78 años y tengo reconocida la discapacidad permanente del 85%, la familia la componemos el matrimonio y tres hijos de 19 años son trillizos y siguen estudiando con sus matriculas 2022 2023, Los ingresos de toda la familia mensualmente es mi pensión de jubilación de 917 € en el 2014 me desahuciaron de mi vivienda habitual y desde entonces estamos de alquiler pagando 550 € mensuales, la pregunta es la siguiente tengo derecho a una prestación economica por mi discapacidad
Buenos días Ángel, respecto a su consulta, informarle que debe dirigirse a su Centro Base u organismo que gestiona dicha ayuda en concreto de su Comunidad Autónoma a fin de que le informen si en base a su situación y circunstancias personales tiene derecho a alguna ayuda económica. Se ha de tener en cuenta que cada CC.AA. gestiona dichas ayudas de distinta forma. Un cordial saludo.
Hola, buenas tardes.
Tengo reconocida una discapacidad del 70%. Tengo el carnet de minusvalía.
He visto por internet que hay muchos beneficios para dicho porcentaje…pero, sinceramente a penas he visto beneficios por obtener este carnet.
Me dijeron que para conseguir una vivienda de alquiler social era necesario tener reconocida una discapacidad y eso es mentira porque me cansé de esperar y nada.
Tengo hijos Menores a cargo y tengo toda la clase de papeles importantes para obtener ayuda y ni aún así me ayudan en nada… realmente no creo en nada.
Buenos días, en relación a su consulta, informarle que los beneficios que se pueden obtener por reconocimiento del grado de discapacidad, depende de cada Comunidad Autónoma, circunstancias personales y porcentaje reconocido. Por ello, le aconsejamos que se dirija directamente a su Centro Base o al organismo que gestiona dichas ayudas.
Buenas tardes, a fecha de hoy me han confirmado, una discapacidad del 50% y una movilidad grado 2, actualmente tengo reconocido 39 años y dos meses cotizados a la Seguridad Social,voy a cumplir en el mes de octubre 63 años, me puedo jubilar, y
si el factor reductor se vera muy afectado.
Muchas gracias.
Buenos días, para proporcionarle una mejor orientación e información respecto a su caso sería necesario citarle con nuestro equipo jurídico. Por ello, rogamos nos llame al 91 307 62 19. Gracias.
Buenas noches. Recientemente me han reconocido un grado 2 con una discapacidad del 22% en Comunidad Valenciana por Síndrome de Meniere. Me han remitido la resolución junto con un CERTIFICADO DE GRADO DE DISCAPACIDAD. Ayer fui a la farmacia y cual fue mi sorpresa, no tuve que pagar nada por los medicamentos. Tengo entendido que para estar exento del copago farmacéutico es necesario tener un 33%. ¿Es esto correcto? También he leído que para que te den un certificado de discapacidad debes tener un 33%? He reclamado esta resolución solicitando un 33% y estoy a la espera de respuesta. Podrían informarme si es correcto que con un 22% esté exento del copago? Y.. El certificado de discapacidad lo dan con cualquier porcentaje o solo con el 33 o superior? Con el certificado de discapacidad del 22% por MENIERE puedo solicitar tarjeta de discapacitado? Gracias.
Buenos días Antonio, indicarle que para obtener beneficios sociales, fiscales, … es necesario alcanzar un mínimo del 33%. Un saludo.
Hola me han reconocido el grado del 23% de discapacidad, cuál serían los beneficios ?
Buenos días Ana, en relación a su consulta, indicarle que para obtener beneficios es necesario alcanzar un mínimo del 33% de grado de discapacidad. Si requiere de mayor información o asesoramiento, no dude en llamarnos al 91 307 62 19. Gracias.
Ola tengo un 60 de minusvalía y tengo k pagar medicamentosk pasa si casi todo el mundo k tiene discapasidad y no pagan medicamentos por k yo si
Tengo una discapacidad del 73 x ciento tengo la discapacidad permanente absoluta,tengo grado1 de dependencia moderada podría solicitar la gran invalidez gracias
Por favor llame al Grupo Durango al 91 307 62 19 y nos cuenta con más detalle su problema para que le demos una respuesta en privado, al ser una cuestión particular suya.
Gracias
Tengo 61 año. Hice 4 cirugias. Una en el rodilla y otra es hernia y una en el corazon y la ultima en el hombro derecho y todos mis trabajo en mano derecha. Determinaron que e mi discapacidad 19 por ciento. Que hago con esto. Creo que nada porque soy extranjero y la ley no se aplica a mi. sino!!!!!!! Esto es injusticia. Por favor quiero solución. Porque no puedo trabaja y no tengo sobre vivir
Buenas tardes Nezar, informarle que para poder determinar el grado de discapacidad defendible en su caso, es necesario citarle en consulta con nuestro equipo médico a fin de que pueda estudiar la documentación que usted presente y establecer la viabilidad de un mínimo del 33% de discapacidad. En el caso de estar interesado, rogamos nos llame al 91 307 62 19. Un saludo.
Tengo hipocausia en 2 oidos por el ruido decibelios altos confirmado por riesgos laborales de la maquina del trabajo durante 5 años , me empeco el 14 de enero, y desde entonces tengo un pitido k no me deja vivir, estoy siendo viditado por la mutua , de hecho esya semana tengo k ir a la segunda visita , creo k es pruevas de sonido, me gustaria informacion y ayuda para reclamar .