• Definición de discapacidad:
    • 2013. “Son personas con discapacidad aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.”
    • 2023. Misma definición, pero cambia la denominación de “minusválidos” por “personas con discapacidad”
  • Incapacidad Permanente:
    • 2013. Tendrán consideración de discapacidad a todos los efectos aquellos a quienes se les reconozca un grado mínimo del 33%
  • Empleo protegido:
    • 2013. Las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo garantizando la igualdad de trato y no discriminación.
    • 2023. Se recupera el derecho a las pensiones de incapacidad permentente. Ahora SÍ podrán trabajar en centros especiales de personas con discapacidad que ocupando plazas guardadas para ellos
  • Registro de discapacidad
    • 2013. Se reconoce a los trabajadores con discapacidad como a las empresas que los contraten y se procederá a un registro de trabajadores con discapacidad demandantes de empleo con un consentimiento previo
    • 2023. Se indicará el porcentaje concreto de tipo y grado de discapacidad de los demandantes de empleo con su previo consentimiento
Peritaciones médicas y asesoría jurídica en Madrid
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