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Nuevo caso de éxito en Grupo Médico Jurídico Durango. Un juez reconoce la incapacidad permanente total para la profesión de auxiliar de vigilante de seguridad a una de nuestras pacientes. Tras ver denegado su procedimiento de incapacidad, esta persona acudió a nosotros para estudiar su caso. Tras valorarlo nuestro equipo médico-jurídico, se vio que había posibilidades de lograr la incapacidad permanente y se procedió a su defensa. Finalmente, acabamos de recibir la sentencia que reconoce la incapacidad permanente total para la profesión de auxiliar de vigilante de seguridad. A partir de ahora, la paciente podrá recibir una pensión del 55% de su base reguladora, compatible con otro trabajo.

El procedimiento se inició de oficio por el INSS, tras diversos periodos de incapacidad temporal motivados por un cuadro clínico con las siguientes características:

Patologías de la demandante

Las patologías de la demandante eran las siguientes:

  • Distimia
  • Cirugía en columna lumbar 2004 y 2009
  • Fibrosis postquirúrgica L4-L5 y L5-S1 en tratamiento en unidad del dolor
  • Síndrome de cirugía fallida de espalda
  • Reagudización de migraña basilar episódica

A su vez, en exploraciones se apreció marcha cautelosa, apofisalgia lumbar y Lassegue negativo bilateral (sentada).

Todo ello generaba una serie de limitaciones orgánicas y funcionales reconocidas por el propio informe de valoración:

  • Lumbociática crónica, pendiente de nueva infiltración caudal. en u del dolor
  • Intolerancia a bipedestación prolongada
  • Dolor crónico + tensiones familiares que actúan como desestabilizadores del ánimo.
  • Ansiedad, vivencias de impotencia y desesperanza respecto al futuro

A pesar de todo esto, el INSS no reconoció la incapacidad permanente a esta persona por lo que fue necesario interponer una reclamación previa. En febrero de 2019, esta reclamación fue desestimada por lo que fue necesario presentar la correspondiente demanda. Se abría así la vía judicial. Como parte de la defensa, se redactó un informe pericial en el que se trató de demostrar cómo las patologías de nuestra paciente le impedían desarrollar su trabajo habitual. Fue necesario relacionar de forma precisa el cuadro clínico con las funciones de su puesto. Gracias a este trabajo, finalmente, el juez falló a nuestro favor, reconociendo la incapacidad permanente total.

FALLO

Que estimando la petición subsidiaria de la demanda interpuesta por … contra el INSS y la TGSS, debo revocar y revoco la Resolución de la D.P. del INSS de fecha 22/11/2018, así como la del 28/02/2019 que desestimó la reclamación previa interpuesta contra la anterior, declarando a la demandante afecta de Incapacidad Permanente en grado de TOTAL para su profesión habitual de Auxiliar de Vigilante de Seguridad no habilitado para ir armado, derivada de Enfermedad Común, con derecho a percibir una pensión equivalente al 55% de su base reguladora ascendente a …, con las mejoras y revalorizaciones que correspondan y con efectos del cese en el trabajo, sin perjuicio de las regularizaciones que procedan, condenando al INSS y a la TGSS a estar y pasar por dicha declaración y por todas las consecuencias de la misma.

Una vez más ha sido necesario acudir a la vía judicial para lograr que se reconozca la incapacidad permanente. Si te encuentras en una situación similar, recuerda que tienes opciones para ejercer tus derechos. Puedes escribirnos a través del siguiente formulario o llamarnos al 913076219. Tenemos más de 30 años de experiencia en este tipo de procedimientos y podemos ayudarte.

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