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trasplante renalGracias al trabajo en equipo, Grupo Médico Jurídico Durango vueve a ganar un nuevo caso por Incapacidad Permanente Absoluta ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La demandante que trabajaba  como auxiliar administrativo, presenta  el siguiente cuadro clínico: Insuficiencia renal crónica por nefroangioesclerosis en riñón único, que le llevó a un trasplante renal en seguimiento. Tras el trasplante, la actora sufre de diabetes (DMID).

El 26 de mayo de 2014, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le deniega la incapacidad permanente absoluta, por considerar una mejoría en su estado de salud.

La actora no se encuentra de acuerdo con la dicha resolución, y se decide impugnar ante el INSS la sentencia,  reclamando la invalidez permanente absoluta.

Esta resolución fue dictada a través del procedimiento administrativo donde constaban sus requisitos legales de afiliación, alta y cotización, así como antecedentes personales y laborales, los cuales no han sido objeto de debate.

El grado de incapacidad absoluta está recogido en el artículo 137.5 de la LGSS, donde especifica  que es el que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. La rotundidad de la definición legal  no se corresponde sin embargo con la necesidad de constatar la incapacidad para la realización de todas las tareas que se necesiten realizar en todas las profesiones, como puede deducirse del art. 141.2 que establece la compatibilidad de las pensiones absolutas.

En lo que se refiere a la prestación y sus requisitos, se recuerda que de conformidad con el art. 139 LGSS la prestación es una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora, y que tratándose de contingencia comunes según el art. 140 LGSS se calcula teniendo en cuenta los últimos 8 años cotizados, de los dos primeros sumando las bases de la cotización reales  y los 6 anteriores actualizándolas con el índice General de precios al consumo, dividiendo la suma de los 96 meses por 112, para que se produzcan 14 pagas anuales.

Las secuelas,  probadas por el examen pericial realizado por la perito Ruiz-Mialdea, sirvieron como prueba para  demostrar que la paciente no está apta para ninguna actividad laboral, ya que su estado de salud se lo impide.

Por lo anterior expuesto, el tribunal le concede una incapacidad permanente absoluta, abonándole una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.

En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos al teléfono 91 307 6219, o rellene su consulta en nuestro formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudian la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Póngase en contacto con nosotros, trabajamos en toda España, estaremos encantados de ayudarle.

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