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obtener la nacionalidad

Extranjero en España

La nacionalidad es un derecho fundamental para constituir el estatuto jurídico de las personas en el país donde se encuentre. Gracias al vínculo que supone con el Estado, las personas extranjeras gozan de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.

La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.

Existen dos formas regulares de obtener la nacionalidad española

  1. Residencia: La cual exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos son:
  2. Cinco años: Para la concesión de la nacionalidad española aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
  3. Dos años: Para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  4. Un año: Consulta aquí

Además, el interesado deberá acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española

Por opción:

  1. Aquellos individuos que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
  2. Aquellos individuos cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
  3. Las personas para las cuales la determinación de la filiación (entendida como el establecimiento de quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España se produjera con posterioridad a los dieciocho años de edad. En este supuesto el plazo para optar a la nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.
  4. Aquellas personas cuya adopción por españoles se obtenga después de los dieciocho años de edad. En este caso el derecho a optar existe hasta que el interesado cumple los 20 años.

Examen

Los extranjeros que deseen solicitar la nacionalidad tendrán que pagar una tasa inicial de 100 euros sólo por iniciar el procedimiento y con independencia de cuál sea el resultado final. De otro modo, no se tramitará el expediente, algo que hasta ahora no ocurría pues la gestión en los registros civiles era gratuita.

Además, si el extranjero no es oriundo de algún país donde el castellano sea lengua oficial, tendrá que someterse a una prueba de idioma en el Instituto Cervantes para obtener el Diploma de español DELE, en un nivel A2 o superior.

Puedes ver los requisitos aquí

En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos al teléfono gratuito 91 307 6219, o rellene el formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudiarán la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

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