
Discapacidad visual
En España, la cifra de personas que no pueden oír ni ver se sitúa en 200.000, pero tan sólo son datos aproximados debido a la falta de un censo oficial seguro. La sordoceguera se define como una discapacidad que puede ocasionarse de manera congénita y hereditaria, que puede ser transmitida a través del síndrome de Usher, un gen recesivo que genera sordera al nacer y pérdida gradual de la visión.
La Ley de Dependencia de 2007, también abarca a la sordoceguera. Las familias con afectados tienen derecho a recibir, a través del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (el órgano responsable), servicios de mediadores profesionales, acceso a centros de residencia o prestaciones económicas, que van desde los 400 a los 500 euros.
El principal problema se encuentra en la definición que el Estado realiza sobre la discapacidad. Se han utilizado criterios físicos, médicos y límites de restos visuales y auditivos para reconocer la sordoceguera en una persona, cuando ésta, además, tiene problemas de comunicación, de acceso a la información y dificultad en la movilidad. Asimismo, el grupo de personas
es heterogéneo y complejo debido a sus características individuales motivadas por la etiología, el tipo y grado de pérdida, el momento de aparición del déficit sensorial o las deficiencias
añadidas.
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He pasado por el tribunal medico tengo ya desde hace 18 años un 65% de discapacidad por depresión crónica y ansiedad ahora tengo otras patologías asma duermo con una máquina glaucoma bronquitis y sordera severa solo escucho muy poco por un oído el otro nada llevo audifono. Tengo 52 años y cotizados 13 años. Espero la carta certificada creen que puede ser favorable
Buenos días, Isabel, por las dolencias que padece para que todo será favorable, sin embargo, tenemos que esperar la carta de confirmación, mucha suerte, un saludo.