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¿Qué es el recargo de prestaciones?
El recargo de prestaciones es una compensación económica adicional que recibe un trabajador o sus familiares en caso de que este haya sufrido un accidente laboral o una enfermedad profesional ocasionados por la falta de medidas de seguridad en su lugar de trabajo. Se calcula como un porcentaje sobre la prestación económica que ya esté recibiendo por dicho accidente laboral, como puede ser discapacidad o incapacidad permanente. Este porcentaje varía en función de la gravedad del accidente o enfermedad y de las circunstancias.

Según el art.164 de la Ley General de la Seguridad Social, la cuantía supone desde un 30% hasta un 50% por encima de la prestación a la que tiene derecho el trabajador. Por ejemplo, si un trabajador estuviera cobrando 1.000€ de su pensión por incapacidad permanente absoluta, podría llegar a cobrar otros 500€ por el recargo de prestaciones (50%)

Requisitos para solicitar el recargo de prestaciones
El pago del recargo de prestaciones será asumido por el empresario y abonado a través de la Tesorería General de la Seguridad Social. Para tener derecho a un recargo de prestaciones se necesitan cuatro condiciones:

  1. Que la causa de la pensión derive de un accidente de trabajo o enfermedad profesional
  2. Evidenciar que había falta o incumplimiento de alguna medida de seguridad
  3. Debe existir relación directa entre el incumplimiento de esa medida y la enfermedad o accidente laboral
  4. El trabajador tiene que tener reconocida previamente la prestación de Incapacidad Permanente (independientemente del grado)

¿Cómo se solicita el recargo de prestaciones?
Se puede solicitar por dos alternativas: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) o mediante la reclamación del propio trabajador. Lo habitual es que cuando la Inspección de Trabajo tiene el conocimiento de la falta de medidas, realizará un informe con una propuesta de recargo que remitirá el INSS, que fijará el importe y se lo reclamará a la empresa para pagarlo. Si no es así, deberá ser el trabajador quien solicite el expediente el INSS. Para ello tendrá que descargar el modelo de recargo de prestaciones y lo presentará en la sede electrónica del INSS.

El plazo para reclamar el recargo de prestaciones es de cinco años después de la prestación reconocida, pero los efectos económicos solamente tres meses después de la solicitud.

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