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Ser autónomo: ¿Cuánto cuesta?

Cuando una persona decide emprender un negocio, o trabajar por cuenta propia se ve machacado por el hecho de pensar seriamente en la inversión económica. En muchos casos, el autoempleo es visto como una oportunidad, que tiene altos y bajos. La Seguridad Social todos los años, establece unas bases de cotización mínimas y máximas sobre las cuales, los autónomos deben regirse.

Dependiendo de las bases que se elijan, la cuota mensual irá en función de la prestación. La base de cotización mínima exige una cuota mensual de 264 euros; en cambio con la cotización máxima la cuota asciende a los 1075 euros, que cubre aquella prestación por incapacidad temporal en caso de enfermedad.

Autónomos en Madrid

La comunidad ha puesto en marcha una reducción donde los autónomos se podrán ahorrar gran parte de lo que supone iniciar esta actividad. Estos casi 7.000 euros proceden de los 3.900 que se ahorrarán con la tarifa plana, en donde abonarán 50 euros de cuota durante un año y medio a la Seguridad Social, más otros 3.080 euros que serían devueltos por los gastos típicos de constitución y comienzo de actividad.

Otra subvención que correrá a cargo del gobierno regional hace referencia a los costes típicos en los comienzos de un negocio. En ese caso se sufragarán hasta el 80%. La cuantía mínima será de 1.000 euros, mientras que la máxima alcanzará los 2.500 euros.

Autónomos que ejerzan su actividad en Ceuta y Melilla:

Tendrán una bonificación de la cuta del 43% para el primer año, 46% el segundo año y del 50% a partir del tercero, los autónomos que se dediquen a actividades incluidas en el sector comercio, hostelería turismo e industria, con la excepción del sector energía y agua.

 Trabajadores con discapacidad igual o superior al 33% que se establezcan como trabajadores por cuenta propia. Tendrán derecho a una bonificación de la cuota del 80% durante los primeros 6 meses y del 50% durante los restantes 54 meses. La deducción del 80% sólo la podrá hacer si no contrata trabajadores por cuenta ajena

 Si son menores de 35 años en el momento del alta percibirán una bonificación del 80% durante los primeros 12 meses y del 50% los siguientes 4 años.

 Estos porcentajes no serán de aplicación en caso de emplear a trabajadores por cuenta ajena.

 Mayores de 65 años: Los autónomos mayores de 65 años, que lleven una cotización efectiva superior a 35 años y 6 meses, tendrán derecho a una exoneración de la cuota, excepto por la Incapacidad Transitoria y AT y EP (Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales). No obstante, si así lo desean, podrán seguir pagando una cuota conforme a lo cotizado anteriormente.

Tarifa plana de 50 euros

Esta medida consiste en una reducción de la cuota a la Seguridad Social. Para los mayores de 30 años, esta rebaja dura 18 meses, mientras que para los menores de 30 años se extiende hasta los 30 meses. En ambos casos, durante los primeros seis meses se paga a la Seguridad Social una cuota fija próxima a los 50 euros.

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