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múltiples cirugías¡Volvimos a hacerlo! Grupo Médico  Jurídico Durango vuelve a salir vencedor frente al  INSS, en esta ocasión logrando una sentencia de una incapacidad permanente absoluta derivada por una enfermedad común(múltiples cirugías).

El demandante, cuya profesión habitual es inspector técnico,  había causado baja por enfermedad común el  3 de diciembre de 2014, emitiéndose una resolución que le reconocía una incapacidad permanente absoluta el 30 d enero 2015, con derecho percibir una prestación del 55% de su base  reguladora.

Sin embargo, el médico evaluador en su informe indica que se encuentra limitado para tareas que conlleven una mínima deambulación, lo cual ya es por sí solo compatible con cualquier actividad laboral por liviana y sencilla que sea.

Partiendo de este hecho se interpone una solicitud de incapacidad permanente absoluta, la cual fue denegada por el INSS, por entender que solo está limitado para las tareas fundamentales de su profesión habitual.

El actor presenta el siguiente cuadro clínico:

coxartrosis derecha  severa. Prótesis de cadera derecha, complicada con fractura periprotésica e infección polimicrobiana. Múltiples cirugías posteriores, la última para trastorno obsesivo compulsivo controlado.

El trabajador es portador de prótesis de cadera derecha desde abril 2014, tras varias complicaciones y cirugías, incluida reimplantación prótesis. Actualmente tiene dolor residual e impotencia funcional en cadera derecha. Camina con dos muletas en su domicilio en trayectos cortos con una.

También tiene balance muscular en MID a nivel proximal, y se encuentra limitado para tareas que conlleven una mínima deambulación y carga de pesos.

La incapacidad permanente absoluta viene definida en las leyes vigentes en el artículo 137 del texto refundido de la Ley General de la seguridad social aprobado por el real decreto legislativo 1/1.994, de 20 de junio, como la situación de quien, por enfermedad o accidente, presenta unas reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que le inhabilita por completo para toda profesión u oficio.

Con el informe médico pericial, aportado por la Dra. Ruiz Mialdea, pudo probarse que el demandante estaba incapacitado para cualquier actividad laboral, ya que necesita dos muletas para caminar y aun así, no puede mantenerse en el tiempo por los dolores que padece, precisando sillas de ruedas para trasladarse.

Por lo anterior expuesto, el tribunal le concede una incapacidad permanente absoluta, abonándole  una pensión del 100% de su base reguladora con las respectivas revaloraciones y mejoras que proceden.

En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos a este teléfono 91 307 6219, o rellena el formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudiarán la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

SENTENCIA-JUZGADO-8-4