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Incapacidad total para repartidor de mercancíaEl Grupo Médico Jurídico Durango comparte con vosotros esta nueva sentencia de los juzgados de lo Social de Madrid. Esta es la culminación de un proceso de incapacidad permanente total y fue ganada al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

El demandante cuya profesión habitual es de repartidor reponedor, había solicitado la incapacidad permanente para su actividad, en noviembre de 2015, la cual fue denegada Por no alcanzar las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente.

Después de dicha negativa se decide interponer una reclamación de dicha sentencia por entender que el conjunto de sus lesiones y secuelas le incapacitan para todas o las fundamentales de su profesión.

El demandante presenta serias limitaciones para realizar esfuerzos, cargar peso, dolor al subir y bajar escaleras, incluso para permanecer en bipedestación o deambulación prolongada debido al dolor que padece.

Dicho estado se corrobora con las limitaciones que plantean los especialistas traumatólogos, derivados de las fracturas complicadas en ambos talones. Refiere dolor constante al apoyo.

En su exploración física se contempló una limitación a primeros grados de la flexión dorsal y normal para la flexión plantar. Seria limitación a la inversión y eversión del tobillo, por otra parte normal debido a los cambios severos postraumáticos de la articulación subastragalina.

Hay que tener en cuenta que dichas limitaciones son en sí mismas intrínsecas de sus tareas habituales de trabajo como Repartidor-Reponedor.

Con el examen médico pericial, efectuado por la médica perito Ruiz Mialdea, quedó acreditado que el actor está limitado para realizar su trabajo habitual, pues presenta en su situación actual, una imposibilidad funcional para las tareas fundamentales de su trabajo habitual. (manipulación de cargas, deambulación prolongada, subir y bajar escaleras con peso añadido).

Por todo lo anterior expuesto, el Juzgado de lo Social Nº 20, le declara en situación de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su actividad habitual, y le otorga el derecho a percibir una pensión mensual del 75% dela base reguladora.

En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos a este teléfono 91 307 6219, o rellena el formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudian la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Especialistas en Medicina Legal en Madrid

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