Grupo Médico Jurídico Durango os comparte esta nueva sentencia. La misma ha sido ganada ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social y ha transcurrido en un proceso de incapacidad permanente total.
La actora quien se desempeñaba como policía local, sufrió un accidente laboral y fue reubicada a labores administrativas, en 2015 solicitó una prestación por incapacidad parcial, la cual fue denegada, contra dicha resolución se interpuso una reclamación previa, la cual fue desestimada.
La demandante de 48 años de edad, presenta el siguiente cuadro clínico: Enfermedad de Meniere, con afectación bilateral. Dificultad para la fijación visual. Eccemas crónico vesicular de manos. Limitación de movimientos. Inestabilidad en la marcha crónica que imposibilita una vida crónica con rehabilitación y reeducación vestibular. Crisis de ansiedad. Sueño no reparador. No puede realizar esfuerzos. No puede cargar pesos. Mareos o vértigos. Dolor al subir o bajar escaleras. Disminución de la atención, concentración y memoria. Disminución de fuerza, agilidad y destreza. Todo esto, la imposibilita para tareas de riesgo y aquellas profesiones reguladas profesionalmente.
A partir de los informes médicos obrantes en auto, especialmente los realizados por la médico perito Ruiz Mialdea, determinaron que la situación de la paciente la imposibilita para llevar a cabo su profesión de Policía Local, puesto que el desempeño de la misma ubica a la demandante en situaciones de peligro para sí y para terceros, ahora bien, como se indicó, en la actualidad es administrativa en la emisora, pero no por ello deja de ser policía. Se considera entonces, un puesto de trabajo concreto, no una profesión habitual, aún así la presencia de acufenos tampoco permite a la demandante llevar a cabo con eficacia su trabajo en la emisora.
En resumen, el Juzgado de lo Social Nº 5, le concede la incapacidad permanente total, para su profesión habitual con derecho a percibir una pensión igual al 55% de su base reguladora más mejoras y revalorizaciones con efectos económicos.
En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos al teléfono 91 307 6219, o rellene el formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudiarán la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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¡¡¡EL TERMINO «INCAPACIDAD» ES TOTALMENTE INCORRECTO,EL TERMINO CORRECTO ES «INVALIDEZ»,QUE NO ES LO MISMO!!!.-
Buenas tardes, Fernando, gracias por su comentario, pero el término correcto
es INCAPACIDAD, pues este se refiere a la relación laboral del policía, un saludo.