SiteLock

Caso de incapacidad permanente totalEn Grupo Médico Jurídico Durango acabamos de recibir una nueva sentencia estimatoria en un procedimiento de Incapacidad Permanente. Esta vez, un Juzgado de lo Social de Madrid otorga la Incapacidad Permanente Total a una mujer para su profesión de dependienta de floristería.

La cliente acudió a nosotros tras haberle sido denegada la incapacidad. Nuestro equipo médico estudió la viabilidad de su caso y, ante las posibilidades de éxito, se presentó la correspondiente reclamación previa. Al ser rechazada dicha reclamación, fue necesario acudir a la vía judicial, habiéndose obtenido la sentencia de la que os hablamos en este post.

Cuadro clínico de la demandante

La demandante presentaba una serie de patologías que le impedían el ejercicio de su profesión habitual. Entre ellas, reconocidas por el EVI, se encontraban las siguientes:

  • STC bilateral. Derecho intervenido (marzo 2016) y cirugía del izquierdo (febrero de 2017)
  • Cuarto dedo en gatillo intervenido
  • Posible artritis reumatoide
  • Gonartrosis derecha
  • Fibromialgia
  • Severo hallux valgus bilateral

Además de estas patologías, a través de informes médicos se objetivaron las siguientes lesiones:

  • Rizartrosis severa bilateral
  • Artritis reumatoide con afección severa en la rodilla derecha y resto de estructuras auriculares
  • Dolor muscular generalizado
  • Dolor neuropático a nivel de ambas manos (a pesar de cirujía)

Estas patologías se veían acompañadas de un grado de discapacidad del 33% y una situación de dependencia II. Esta situación de dependencia implicaba afectación para actividades básicas e instrumentales de la vida diaria. Con todo ello, nuestro equipo médico-jurídico solicitó en su demanda el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta o subsidiariamente total. Todo ello fue defendido en el correspondiente informe pericial y, finalmente, se logro la siguiente sentencia:

FALLO

«Estimando en parte la demanda formulada por…. frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar a la actora afecta de incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una pensión por importe de 75% de la base reguladora de 471,68 euros/mes; y efectos desde el 17/8/2017. Condenando al INSS y a la TGSS a estar y pasar por esta resolución con todas las consecuencias inherentes a la misma».

En relación a este fallo, cabe aclarar la cuantía final de la pensión a percibir por la demandante. Por su edad y su base reguladora, finalmente, recibirá una pensión de 598 euros/mes, de acuerdo a los mínimos aprobados para 2018. De igual forma, a la vista de la sentencia, se está estudiando la posibilidad de presentar recurso de suplicación y solicitar la incapacidad permanente absoluta.

Os recordamos que si os han denegado una incapacidad, podemos ayudaros. Podéis llamarnos al teléfono 913076219 o enviar vuestra consulta en el siguiente formulario para que podamos daros cita con uno de nuestros peritos y que estudie vuestro caso.

Especialistas en Medicina Legal en Madrid

RECIBA NUESTROS ARTÍCULOS EN SU EMAIL

¡No hacemos spam! Lee nuestra política de privacidad para obtener más información.

Realiza tu consulta por WhatsApp