Incapacidad permanente total por artrosis lumbar crónica
Grupo Médico Jurídico Durango tiene a bien compartirle esta nueva sentencia emitida en los juzgados de lo social de Madrid. Esta resolución es el resultado de un juicio contra la Seguridad Social en el proceso de una incapacidad permanente total.
El actor, cuya actividad laboral es de albañil, tiene concedida la Renta Activa de Inserción de 426 euros desde el 03 de abril de 2015 hasta el pasado 02 de marzo de 20016.
El 21 de agosto de 2015 se presentó una solicitud de incapacidad permanente para su profesión habitual, tras el informe médico de síntesis del 24 de agosto de 2015 el equipo de valoración de incapacidades propone el demandante como no afectado para la incapacidad permanente.
El actor presenta el siguiente cuadro clínico:
- Espondiloartrosis y Raquiestinosis lumbar.
- Rizartrosis percutáneas (enero 2015).
- Flavectomía + foraminotomía L2-L3 izquierda (mayo 2015) limpieza quirúrgica de herida por infección y dehiscencia de sutura
- lumbalgia crónica por irradiación en miembros inferiores.
El 07 de octubre 2015 se le deniega la prestación por parte de la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
La Incapacidad permanente se recoge en el artículo 137 de la Ley General de la Seguridad Social, donde se establece que es invalidez permanente la situación del trabajador que presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitiva que disminuyan o anulen su capacidad laboral, alcanzando el grado de incapacidad permanente total, cuando el trabajador quede inhabilitado para la realización de todas o de las tareas fundamentales de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
Por medio del informe médico pericial ha quedado acreditado que patologías y las lesiones que afectan al demandante en esta exigente profesión, le limitan para realizar actividades con sobreesfuerzo en la columna lumbar del lesionado.
Todo el proceso del juicio fue llevado a cabo por nuestro equipo multidisciplinar, siendo defendido jurídicamente por la letrada Ruiz Mialdea, y por el doctor De Miguel Martínez como médico perito en la ratificación de juicio.
Por lo anterior expuesto, el tribunal le concede una incapacidad permanente total por enfermedad común, para su profesión de albañil, con derecho a percibir una pensión mensual del 55% de su base reguladora, con las revaloraciones y mejora que legalmente corresponden.
En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos al teléfono 91 307 6219, o rellene el formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudiarán la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Póngase en contacto con nosotros, trabajamos en toda España, estaremos encantados de ayudarle.
Hola buenos días,estoy operado de calcificacion de los dos pies del tendon de aquiles,tengo artrosis lumbar y estoy muy limitado para todo lo que conlleva agacharme,tengo 56 años 44 cotizados tengo derecho a una prestación por incapacidad siendo mi trabajo de seguridad y pasar 10 horas de pie.
Gracias
Buenas me an operado de estenosis y hernia discal con astrosis degenerativa y quería saber si tengo derecho a invalides permanente
Buenas tardes Moisés,
en relación a su consulta, indicarle que es necesario estudiar toda la documentación que pueda aportar con el fin de que un equipo médico pueda determinar si en base a sus patologías, tratamiento y evolución, es susceptible del reconocimiento de un grado de incapacidad permanente. Por ello, rogamos se ponga en contacto con nosotros en el 91 307 62 19 para informarle de los siguientes pasos a dar. Reciba un cordial saludo
Tengo 52 años y he estado de baja 18 meses y el tribunal médico dejo de ponerse en contacto conmigo ,
Me diagnosticaron espondiloartrosis lumbar y la verdad que no puedo llevar una vida normal , quería saber si tiene operación o puedo solicitar una incapacidad permanente
Hola Pedro,
En principio, el periodo máximo de baja son 18 meses por lo que cumplida esta fecha el INSS debería darle el alta médica o proponerle para una incapacidad permanente. En todo caso, siempre la puede solicitar usted si no está capacitado por sus patologías para desempeñar su trabajo. Si desea que nuestro equipo médico estudie su caso para ver las posibilidades de obtener dicha incapacidad, puede ponerse en contacto con nosotros en el 913076219 y le informaremos de nuestra manera de trabajar.
Un saludo,
Tengo 58 años con protesis cadera derecha por fractura femur desde hace 13 años y lumbago puedo solicitar incapacidad permanente tengo 45por ciento de minusvalia
Buenos días, Leonor, si está usted cotizando a la Seguridad Social es susceptible
de solicitar una incapacidad permanente, es necesario que un médico perito estudie
su caso para saber si es viable, póngase en contacto con nosotros.
soy monitora de comedor fija discontinua y mi trabajo son de 2 horas diarias, me han diagnosticado Discartrosis muy evolucionada L3-L4, L4-L5,y L5-S1, con pérdida de altura, acuñamientos discales y signos de inestabilidad segmentaría con patrón degenerativo y esto sin hablar de las cervicales que están parecidas, cumpliré 60 años en septiembre y mi pregunta si puedo pedir la incapacidad total absoluta y lo que me quedaría de pensión
Buenos días, Conchi, según nos cuenta parece usted susceptible de solicitar una incapacidad permanente, pero es necesario que sea un médico perito el que determine si sus dolencias son factibles para solicitarla. Nosotros aconsejamos que la vea uno de nuestros médico perito, para determinar si su caso es viable, un saludo.
Hola buenas noches, yo tengo una enfermedad crónica (esclerosis múltiple) con un 50% de incapacidad ¿es posible que pueda cobrar alguna pensión? Un saludo
En nuestra opinión claro que es viable que le den una pensión puesto que su enfermedad le impide trabajar, pero debería asistir a nuestro centro con el fin de que un médico perito le realizase un estudio de viabilidad y ver si es posible que le den un mayor grado de incapacidad con el fin de poder percibir más beneficios fiscales y sociales y poder cobrar una mayor pensión.
enfermedad de meniere es incapacidad acsoluta o permnente total
Dependiendo de la afectación que le provoque puede tratarse de una incapacidad absoluta o de una permanente total, para ello le recomiendo que venga a nuestro centro y uno de nuestros médicos peritos le realizará un estudio de viabilidad con el fin de ver la afectación y la posibilidad de solicitar una u otra.