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¡Os traemos un nuevo caso de éxito! Acabamos de recibir sentencia estimatoria reconociendo a una de nuestras clientes un Grado de Incapacidad Permanente para su trabajo habitual de Vendedora en tienda y almacén.

En el año 2021, le fue denegada la Incapacidad Permanente, por lo que acudió a Grupo Médico Jurídico Durango, donde nuestro equipo médico estudió la viabilidad de su caso, determinando que existía posibilidades de defenderlo con éxito.

Patologías de la demandante

Algunas de las patologías que presenta la demandante sobre su estado actual son:

  •  Hernia discal C3 – C4, C5 – C6 izquierda y C6 – C7 global, ambas calcificadas
  •  Limitación de la movilidad de la columna cervical
  •  Cefalea crónica con náuseas y sonofobia severa e incapacitante
  •  Migraña crónica
  •  Cervicalgia de larga evolución con irradiación a miembro superior izquierdo
  •  Hernia discal L4 – L5
  •  Lumbociática izquierda permanente incapacitante
  •  Irradiación a miembro inferiores
  •  Limitación de la movilidad de la columna lumbar
  •  Dolor miofascial secundario
  •  Síndrome de túnel carpiano con férula nocturna
  •  Síndrome de Raynaud


Gracias al trabajo de nuestro equipo médico y jurídico, finalmente se ha obtenido una sentencia estimatoria, con el siguiente fallo del juez:

FALLO

“Estimando la demanda interpuesta por … frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS) Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL(TGSS) declaro el derecho de la demandante a ser reconocida afecta de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual por contingencias comunes, condenando al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS) Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL(TGSS) a estar y pasar por tal declaración así como el abono de prestación del 55% sobre la base reguladora de … euros mensuales con
efectos desde el día siguiente al cese en la actividad laboral, sin perjuicio de las oportunas compensaciones respecto a los períodos en que la demandante haya venido percibiendo prestación derivada de incapacidad temporal.”