SiteLock
reconocer el acoso laboral

acoso laboral

El 17 de abril de 2013 apareció en El País un artículo acerca de una testigo del caso Gürtel que denunció por acoso laboral al municipio de Boadilla (Madrid). Ana María Garrido, empleada municipal, aseguró que el Ayuntamiento la acosaba por haber destapado la trama. El acoso laboral o mobbing es tanto la acción de un hostigador u hostigadores que conduce a provocar miedo o terror en el trabajador afectado hacia su lugar de trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador. El acoso laboral puede ocasionar múltiples problemas de salud, que provocarán que el trabajador pida una baja laboral. Si la situación continuase durante mucho tiempo, la víctima puede llegar a ser susceptible de solicitar una https://www.grupomedicodurango.com/perito-medico-incapacidad/.

En el caso de la concejala, el mobbing la llevó a interponer una demanda en la que pide una indemnización de unos 180.000 euros por los daños causados desde 2010 y por despido improcedente.

Fases del acoso laboral

1. La primera es la llamada «fase de conflicto» se produce cuando comienzan a producirse conflictos interpersonales entre el acosador y la víctima. No constituye acoso en sí mismo y suele durar poco tiempo.

2. Del simple conflicto se pasa a la «fase de estigmatización» en el que el hostigamiento al acosado se da de forma permanente y continuada. La culminación de este periodo termina provocando su aislamiento, la disminución de su autoestima y la aparición de sintomatología propia de la ansiedad y la depresión.

En el caso de Ana María Garrido, ella cuenta que “hasta prohibieron a gente del Ayuntamiento desayunar conmigo”.

3. La siguiente etapa es la de «intervención de la dirección», en la que el acoso llega a afectar al funcionamiento de la empresa o institución y por tanto la dirección actúa para resolver el conflicto. En el caso que la intervención sea positiva, se darán alternativas a la víctima para evitar que se siga produciendo el acoso. Será negativa cuando se tiende a considerar al trabajador como el responsable del problema y la solución reside en continuar actuando contra ella y no contra el acosador. En la situación que cuenta el artículo, El Ayuntamiento rechazó la acusación de la denuncia por mobbing de Garrido, negando que se estuviera dando esta circunstancia.

4. La última fase es la de «expulsión o marginación» en la que la víctima incrementa su sentimiento de culpabilidad y su salud se deteriora. Los trabajadores que resisten en la organización, entran en una espiral de estrés caracterizada por bajas laborales intermitentes y continuas que reducen su productividad. La empleada municipal tras pedir una baja, solicitó una excedencia. El proceso se remata con el aislamiento del trabajador, su despido con indemnización o con una baja indefinida.

Indicadores del acoso laboral

Mobbing - Acoso Profesional

Mobbing – Acoso Profesional

• Ridiculización – Mofas y menosprecio del trabajo de la víctima delante de compañeros e, incluso, superiores.

• Las agresiones verbales –  Utilización de insultos, gritos y todo tipo de maltratos verbales.

• Denigración – El acosador propaga rumores acerca del trabajador, difamándole a nivel profesional y personal .

• La Barrera al progreso – Trata de evitar o impedir todo progreso laboral que pueda conseguir el trabajador dentro de la empresa. Se le asignan tareas humillantes, inútiles o absurdas que frustran las tentativas de mejora y rechaza sus propuestas de proyectos o de aumentos de sueldo.

Por ejemplo, la señora Garrido interpuso una demanda por no estar de acuerdo con la remuneración que cobraba al actuar como jefa de área en el Plan de Juventud Ayuntamiento. “Esto supuso un punto de inflexión en mi relación con el Ayuntamiento”, sostuvo la trabajadora. Un cambio que produjo que el concejal de Juventud no quisiera reunirse con ella, ni contestase a sus correos electrónicos.

• Presión – Suele asignar una excesiva cantidad de trabajo y exigir su finalización en plazos muy reducidos. También tiende a plantear proyectos superiores a su competencia profesional provocando una situación de estrés laboral al trabajador.

• La desautorización laboral – El acosador amenaza con modificar las responsabilidades usuales de trabajador designándole tareas que no corresponden a su puesto laboral. Igualmente, se cuestionan permanentemente las decisiones de la víctima.

• El esconder información – Elude transmitir información clave sobre las tareas pendientes, para mas tarde poder inculpar al trabajador por negligencia profesional o falta de interés.

• El trato distinto – La persona que ejerce el acoso laboral, actúa de forma discriminatoria hacia el trabajador. Mediante la exclusión o la indiferencia se da una situación desfavorable respecto a la del resto de los compañeros. Se ignora su presencia, por ejemplo dirigiéndose exclusivamente a terceros (como si no lo vieran o no existiera). El jefe o acosador no permite a la víctima la posibilidad de comunicarse y se le interrumpe continuamente cuando habla.

En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos al teléfono 91 307 6219, o rellene su consulta en nuestro formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudian la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Póngase en contacto con nosotros, trabajamos en toda España, estaremos encantados de ayudarle.