Por qué te interesaría a ti saber sobre Peritaje médico por latigazo cervical. Pues supón que tienes un accidente de tráfico, te dan por atrás, te hacen daño en el cuello ¿y ahora cómo demuestras que tienes ahí una lesión y que no estás fingiendo en busca de una compensación económica?
El latigazo cervical es una de las lesiones más discutidas en reclamaciones por accidente de tráfico. No porque no exista, sino porque muchas veces no se “ve” con claridad en una prueba de imagen y las aseguradoras tienden a reducirlo a “molestias leves”. En ese contexto, un informe médico pericial bien elaborado es crucial para demostrar:
que hubo lesión,
que existe nexo causal con el accidente,
que hay limitación funcional real,
y, si procede, que han quedado secuelas.
Por qué la aseguradora “minimiza” el latigazo cervical
Hay tres motivos habituales:
Pruebas normales (Rx sin hallazgos) pese a dolor importante.
Relatos clínicos mal documentados (urgencias escuetas, sin exploración).
Falta de conexión entre síntomas, tratamiento y limitación funcional.
La clave no es discutir con opiniones: es documentar la lesión con metodología clínica y coherencia temporal.
Qué debe demostrar un informe pericial en latigazo cervical
Un buen peritaje suele sostener cuatro pilares:
1) Cronología y coherencia temporal
Accidente (mecanismo: alcance, lateralidad, velocidad estimada si consta).
Aparición de síntomas (inmediatos o diferidos).
Urgencias, seguimiento y evolución.
Rehabilitación, medicación y pruebas.
Punto de estabilización lesional (cuando ya no mejora).
2) Exploración clínica detallada
Aquí se gana o se pierde el caso. Debe recoger:
dolor y su localización (cervical, trapecios, cefaleas),
rangos de movilidad cervical,
contracturas, puntos gatillo,
pruebas funcionales,
signos neurológicos si los hay (parestesias, irradiación, déficit).
3) Pruebas complementarias cuando aportan valor
No siempre hace falta RM, pero cuando hay:
irradiación a brazo,
síntomas neurológicos,
dolor persistente pese a tratamiento,
sospecha de lesión discal,
la imagen y/o neurofisiología pueden ser relevantes. El informe pericial no “pide por pedir”: justifica.
4) Limitación funcional y repercusión en la vida diaria
Ejemplos:
conducción (giros de cuello),
trabajo en pantalla y postura mantenida,
carga, esfuerzos, movimientos repetidos,
sueño, cefaleas, concentración.
La valoración de daños se apoya en cómo la lesión afectó (y afecta) a tu funcionalidad.
Cómo se cuantifican días de perjuicio y secuelas (sin tecnicismos innecesarios)
En una reclamación típica se valora:
Perjuicio personal particular o básico (días con limitación y tratamiento).
Días de baja laboral si procede, pero no es lo único: también cuenta la limitación real.
Secuelas si persiste dolor, limitación de movilidad o cefaleas cervicogénicas tras estabilización.
El peritaje ayuda a fijar con rigor:
duración razonable del proceso,
necesidad de rehabilitación,
existencia de secuelas y su entidad.
Errores que “regalan” el caso a la aseguradora
Ir a urgencias y salir con un informe de 4 líneas sin exploración.
No hacer seguimiento y esperar “a ver si se pasa”.
Rehabilitación sin registrar evolución funcional.
Informes que hablan de “dolor” pero no de limitación.
Falta de relato sobre el accidente (mecanismo lesional).
Un informe pericial serio puede reconstruir y ordenar, pero siempre ayuda tener una documentación clínica bien cuidada desde el principio.
Qué documentación conviene aportar al perito
Parte de urgencias (idealmente el mismo día o al día siguiente).
Informes de traumatología/rehabilitación.
Pruebas de imagen si existen.
Parte de baja/alta laboral (si aplica).
Descripción de tu trabajo y tareas.
Registro simple de evolución: qué puedes hacer y qué no, semana a semana.
Preguntas frecuentes
¿Y si la resonancia sale “normal”?
No invalida la lesión. El latigazo cervical puede ser predominantemente funcional y muscular. Lo importante es la coherencia clínica y la exploración.
¿Puedo reclamar si ya han pasado semanas?
Depende del caso y de la documentación. Cuanto antes se ordene el expediente, mejor.
Preguntas Frecuentes sobre el Latigazo Cervical y su Peritaje
Por su naturaleza, el esguince cervical suele carecer de evidencia objetiva inmediata en pruebas radiológicas estándar, lo que las compañías aprovechan para catalogarlo como «lesión menor» o «subjetiva». Además, es una lesión frecuente y costosa, por lo que existe un interés económico en subestimarla. Un informe pericial sólido es crucial para contrarrestar esta tendencia, aportando una correlación clínica detallada entre el mecanismo del accidente, los síntomas persistentes y las limitaciones funcionales que, aunque no siempre visibles en una radiografía, son muy reales para el afectado.
Un informe contundente va más allá del diagnóstico. Debe detallar el mecanismo lesional exacto (posición, impacto, dirección), la correlación clínica completa (dolor, rigidez, cefalea, mareo, irradiaciones), y los hallazgos en la exploración física (puntos dolorosos, limitación del rango de movimiento). Es fundamental que documente el impacto funcional en la vida diaria, laboral y personal. También debe integrar y explicar todas las pruebas complementarias (radiografías, RMN, TAC) y justificar por qué los síntomas persisten, refutando el argumento de que deberían haber desaparecido en un plazo corto.
No. El latigazo cervical o esguince cervical afecta principalmente a los tejidos blandos (ligamentos, músculos, discos intervertebrales), que no son visibles en una radiografía simple. Una RX normal solo descarta fracturas o luxaciones óseas. La persistencia del dolor y la limitación se debe a microlesiones en estas estructuras. Pruebas como la Resonancia Magnética (RMN) pueden mostrar edema, roturas ligamentarias o protusiones discales que explican la clínica. El perito médico debe interpretar las pruebas en conjunto con la sintomatología y la exploración física, que son igualmente válidas como evidencia médica.
Mediante una descripción concreta de las limitaciones en la vida real del paciente. Un buen peritaje recoge y documenta: dificultad para conducir (al mirar hacia los lados o hacia atrás), problemas para permanecer sentado en el trabajo, alteraciones del sueño por el dolor, incapacidad para realizar tareas domésticas, deporte o ocio, e incluso repercusiones en la vida íntima. Estas limitaciones, cuantificadas en tiempo e intensidad, se traducen en un perjuicio personal, social y laboral evaluable económicamente. La cronicidad se demuestra con la persistencia de síntomas tras un plazo médico razonable de curación.
La exploración física realizada por un médico perito independiente es una prueba objetiva de primer orden. Mientras el parte del médico de la aseguradora suele ser breve y tendente a la infravaloración, la exploración pericial mide y registra de forma exhaustiva: la amplitud del movimiento cervical (flexión, extensión, rotación) en grados, la localización exacta de puntos dolorosos a la palpación, la presencia de contracturas musculares y cualquier signo neurológico. Estos hallazgos, documentados de forma precisa, son difícilmente rebatibles y constituyen la base objetiva que sostiene la veracidad de los síntomas referidos por el lesionado.
La Resonancia Magnética Cervical (RMN) es la prueba reina, ya que visualiza perfectamente lesiones en tejidos blandos: edema óseo (contusión vertebral), rotura de ligamentos, protusiones o hernias discales, y afectación de la médula. La radiografía dinámica (en flexión y extensión) puede demostrar inestabilidad ligamentaria. Un TAC es superior para valorar fracturas óseas sutiles. La electromiografía (EMG) puede valorar afectación radicular. El perito debe solicitar e interpretar estas pruebas en el contexto clínico, explicando cómo los hallazgos (o la falta de ellos en fases tempranas) se correlacionan con los síntomas del paciente.
No acudir a un especialista (traumatólogo, rehabilitador) desde el primer momento, interrumpir tratamientos sin alta médica, o no seguir las indicaciones. No documentar de forma diaria la evolución del dolor y las limitaciones. Aceptar un alta médica precipitada cuando aún hay síntomas. No realizar las pruebas diagnósticas adecuadas por falta de prescripción. Y el error más grave: carecer de un informe pericial independiente que contraste el parte de la aseguradora. Sin este informe, el lesionado se enfrenta en desventaja a los argumentos de la compañía, que siempre buscará cerrar el caso con la menor indemnización posible.
Nuestro peritaje se distingue por su enfoque integral y forense. No nos limitamos a diagnosticar; construimos un relato médico-jurídico sólido. Nuestros especialistas (traumatólogos, rehabilitadores) realizan una exploración física minuciosa y cuantificable, interpretan todas las pruebas con ojo crítico y, sobre todo, traducimos el daño a limitaciones concretas de la vida diaria. Nuestros informes están específicamente redactados para anticipar y rebatir los argumentos típicos de las aseguradoras, proporcionando a abogados y jueces una base técnica irrefutable para lograr una valoración justa del daño corporal y una indemnización acorde al sufrimiento y perjuicio real.
Peritaje médico por latigazo cervical
Si has tenido un accidente y la aseguradora reduce tu lesión a “molestias”, un informe médico pericial puede aportar la base técnica para reclamar con solidez.
Contratar un perito médico en Madrid es más eficaz cuando médicos y abogados trabajan codo con codo. En Grupo Durango, este enfoque integral nos permite ofrecer informes periciales perfectamente adaptados a las necesidades legales de cada caso. La coordinación directa entre especialistas médicos y jurídicos garantiza agilidad, rigor técnico y una defensa sólida de tus derechos desde el primer momento.
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