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	<title>invalidez | Grupo Médico Jurídico Durango</title>
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	<description>Peritaciones médicas y asesoría jurídica en Madrid</description>
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	<title>invalidez | Grupo Médico Jurídico Durango</title>
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	<item>
		<title>Gran Invalidez con obesidad supermórbida</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Alba]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Jun 2026 09:06:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[Incapacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Reconocimiento de un Grado de Gran Invalidez a nuestro cliente por agravamiento de su salud. ¡Un nuevo caso de éxito! Hemos recibido sentencia estimatoria reconociéndole a nuestro cliente un Grado de&#160;Gran Invalidez, a quien el INSS revisa de oficio su expediente y se le aumenta el grado de Total a Absoluta para todo trabajo. Una [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading">Reconocimiento de un Grado de Gran Invalidez a nuestro cliente por agravamiento de su salud.</h2>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>¡Un nuevo caso de éxito!</strong> Hemos recibido sentencia estimatoria reconociéndole a nuestro cliente un <a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente-abogados-en-madrid">Grado de&nbsp;Gran Invalidez</a>, a quien el INSS revisa de oficio su expediente y se le aumenta el grado de Total a Absoluta para todo trabajo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Una vez recibida la resolución y al no estar de acuerdo, acudió a Grupo Durango, donde nuestro equipo estudió la viabilidad de su caso, determinando que existía posibilidades de defenderlo con éxito.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="1024" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/2026/06/Gemini_Generated_Image_by9hfoby9hfoby9h-2.png" alt="" class="wp-image-22455" srcset="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/2026/06/Gemini_Generated_Image_by9hfoby9hfoby9h-2.png 1024w, https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/2026/06/Gemini_Generated_Image_by9hfoby9hfoby9h-2-980x980.png 980w, https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/2026/06/Gemini_Generated_Image_by9hfoby9hfoby9h-2-480x480.png 480w" sizes="(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) and (max-width: 980px) 980px, (min-width: 981px) 1024px, 100vw" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Patologías del demandante</strong></h2>



<p class="wp-block-paragraph">Algunas de las patologías que presenta el demandante sobre su estado actual son:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Obesidad supermórbida.</li>



<li>Síndrome de hipoventilación-obesidad.</li>



<li>SAHS Grave con repercusión oximétrica.</li>



<li>En tratamiento con CPAP que no tolera.</li>



<li>Disnea de reposo.</li>



<li>Lumbalgia crónica.</li>



<li>Linfedema crónico en MMII estadio III.</li>



<li>Papilomatosis.</li>



<li>No puede realizar las ABVD.</li>



<li>No sale de casa, está en cama.</li>



<li>Altamente dependiente.</li>



<li>Recibe ayuda altruista de un amigo.</li>



<li>Diabetes Mellitus tipo 2 insulinodependiente</li>



<li>Hipertensión arterial.</li>



<li>Esofagitis péptica.</li>



<li>Trastorno depresivo moderado/severo</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Nuestro equipo de profesionales médico – jurídico ha conseguido obtener una sentencia estimatoria, con el siguiente fallo del juez:</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center"><strong><em>Fallo</em></strong></h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p class="wp-block-paragraph"><em>“Que debo estimar y estimo la demanda formulada por …, con NIF …, asistido y representada por la letrada Dª ALBA RODRÍGUEZ UBEDA, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ambas asistidas y representadas por la Letrada del Cuerpo de la Administración de la Seguridad Social …, y, en consecuencia, reconocer a la parte actora el complemento de gran invalidez y a lucrar en tal concepto la suma de … euros/mes con fecha de efectos económicos desde el …, todo ello con revocación de las resoluciones de la D.P. del INSS impugnadas en el presente”</em></p>
</blockquote>



<p class="wp-block-paragraph">En definitiva, una nueva victoria judicial que hace justicia a la realidad médica de nuestro cliente. Si necesitas que evaluemos tu situación de incapacidad laboral o una revisión por agravamiento, en Grupo Durango <a href="https://www.grupomedicodurango.com/citas">estamos a tu entera disposición</a> para estudiar tu caso de forma totalmente personalizada.</p>
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		<item>
		<title>Incapacidad permanente total como dependienta de hostelería</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-dependienta-hosteleria-2</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Feb 2020 12:39:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente]]></category>
		<category><![CDATA[Informe Pericial]]></category>
		<category><![CDATA[invalidez]]></category>
		<category><![CDATA[perito médico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En esta nueva sentencia logramos que se reconozca la incapacidad permanente total como dependienta de hostelería a una de nuestras pacientes. Gracias a ello, podrá cobrar una pensión mensual y compatibilizarla con el desarrollo de una profesión distinta a la actual. La paciente acudió a nosotros en marzo de 2019, cuando el Instituto Nacional de [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-3312 alignleft" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"></p>
<p>En esta nueva sentencia logramos que se reconozca la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente</strong><strong> total</strong></a> como dependienta de hostelería a una de nuestras pacientes. Gracias a ello, podrá cobrar una pensión mensual y compatibilizarla con el desarrollo de una profesión distinta a la actual.<span id="more-13962"></span></p>
<p>La paciente acudió a nosotros en marzo de 2019, cuando el Instituto Nacional de la seguridad Social (<a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>INSS</strong></a>) le denegó la incapacidad permanente. Tras estudiar su caso, el equipo médico vio que había posibilidades de solicitar una <strong>incapacidad permanente absoluta</strong>, subsidiariamente una <strong>incapacidad permanente total</strong>. A su juicio, las patologías que presentaba estaba claro que la limitaban para su profesión habitual e incluso para cualquier otro trabajo. Desestimada la reclamación previa fue necesario acudir a la vía judicial, donde hemos recibido esta sentencia estimatoria.</p>
<h3><strong>Patologías del demandante</strong></h3>
<p>El cuadro clínico de la paciente consistía en las siguientes patologías:</p>
<ul>
<li>Fibromialgia</li>
<li>Periartritis escapulohumeral derecha</li>
<li>Tendinitis calcificante</li>
<li>Trocanteritis derecha</li>
<li>Síndrome del túnel carpiano derecho intervenido</li>
<li>Raquialgia crónica/escoliosis</li>
</ul>
<p>Estas patologías le generaban limitaciones para realizar esfuerzos, cargar pesos, bipedestación, sedestación y deambulación prolongada por dolor, con claudicación intermitente. Presentaba un cansancio generalizado, así como sueño no reparador.</p>
<p>Todas estas patologías estaban recogidas en los diferentes informes médicos. Incluso el informe de evaluación reconocía una serie de dolencias y limitaciones como son las poliartralgias y polimialgias, una hipersensibilidad en ambas manos o dolor hemicraneal derecho. A pesar de todo, se le denegó la incapacidad.</p>
<p>Ya en sede judicial, el juez consideró que las limitaciones que el cuadro clínico ocasionaba a nuestra paciente, la limitaban para la realización de sus tareas, teniendo en cuenta para ello las conclusiones del informe pericial realizado por la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/equipo/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Dra. Ruiz Mialdea</strong></a>. Sin embargo, la falta de informes posteriores de la Unidad de Dolor impidió que se declarase a la paciente afectada de incapacidad permanente absoluta si bien, se dejó abierta la posibilidad de una revisión en un futuro próximos. Con todo esto, finalmente, se dictó sentencia estimatoria reconociendo la incapacidad permanente total para dependienta de hostelería.</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong>“DEBO ESTIMAR Y ESTIMO parcialmente la demanda interpuesta a instancia de… contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y, en consecuencia, DEJO SIN EFECTO la Resolución de la Dirección Provincial del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 15 de marzo de 2019 condenando al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por esa declaración. DECLARO a… afecta de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de Dependienta de Hostelería derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una pensión mensual del 55% de la base reguladora de 1.149,06 euros, con fecha de efectos de cese en el trabajo, con los derechos legales y económicos inherentes a tal declaración, debiendo el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, estar y pasar por tal declaración y sin perjuicio de las revisiones que procedan”.</strong></p>
<p><strong>&nbsp;</strong>Con más de 30 años de experiencia podemos ayudarte si estás en una situación similar. Puedes llamarnos al <a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a> o dejarnos tu consulta a través del siguiente <a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-9090 aligncenter" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/Sello-empresa-premiada-XII-Premios-Madrid-Excelente.jpg" alt="madrid excelente" width="200" height="200"></p>
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		<title>Incapacidad permanente total para encofrador</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Jan 2020 08:00:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente]]></category>
		<category><![CDATA[Informe Pericial]]></category>
		<category><![CDATA[invalidez]]></category>
		<category><![CDATA[médico perito]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Logramos la incapacidad permanente total para encofrador. Nuestro cliente podrá cobrar una pensión mensual y trabajar en un empleo distinto al que venía desempeñando actualmente. Se trata de un nuevo caso de éxito de Grupo Médico Jurídico Durango para el que ha sido necesario acudir a la vía judicial. Tras serle denegada la incapacidad en [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-3312 alignleft" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"></p>
<p>Logramos la<a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"> <strong>incapacidad permanente</strong><strong> total</strong></a> para encofrador. Nuestro cliente podrá cobrar una pensión mensual y trabajar en un empleo distinto al que venía desempeñando actualmente. Se trata de un nuevo <a href="https://www.grupomedicodurango.com/categoria/casos-de-exito/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>caso de éxito</strong></a> de <a href="https://www.grupomedicodurango.com" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Grupo Médico Jurídico Durango</strong></a> para el que ha sido necesario acudir a la vía judicial.</p>
<p>Tras serle denegada la incapacidad en diciembre de 2018 y valorar su caso, se presentó reclamación previa que fue igualmente desestimada por el <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>INSS</strong></a>. De esta manera, en abril de 2019 se acudió a la vía judicial al entender que la situación de nuestro paciente era causa suficiente para obtener una incapacidad permanente.</p>
<h3><strong>Patologías del demandante</strong></h3>
<p>En la resolución denegatoria de incapacidad se recogían las siguientes patologías:</p>
<ul>
<li>Hernia discal L5S1, con limitaciones derivadas del cuadro clínico</li>
<li>Irradiación hacia el abdomen</li>
<li>No puede coger peso</li>
</ul>
<p>Por su parte, el informe de síntesis expresaba lo siguiente:</p>
<ul>
<li>Hernia discal L5S1 voluminosa migrada y extruida caudalmente. Compromete porción lateral derecha del canal central a la altura de la columna vertebral de S1. Con radiculopatía derecha S2 y probablemente S1</li>
<li>Refiere dolor persistente y constante. Se irradia hacia el abdomen.</li>
<li>No puede coger pesos</li>
</ul>
<p>Dada su profesión de encofrador, estas patologías limitaban su vida laboral. Sin embrago, a pesar de las patologías y limitaciones reconocidas por el propio INSS, se le denegó la incapacidad permanente total. Fue por tanto en sede judicial donde se pudo demostrar que nuestro paciente no podía realizar su actividad profesional. El informe pericial elaborado por la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/equipo/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Dra. Ruiz Mialdea</strong></a>, pudo ampliar estas limitaciones, demostrando la imposibilidad de bipedestación ni sedestación y deambulación prolongadas. Todo ello, teniendo en cuenta los requerimientos de la profesión de encofrador, derivaron en una sentencia estimatoria. Así, a nuestro paciente se le reconoce la incapacidad permanente total a través del siguiente fallo:</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong>&nbsp;“Que ESTIMO la demanda formulada por… contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, REVOCAR la resolución impugnada, y RECONOCER al actor la incapacidad permanente en grado de total para el desempeño de su profesión de encofrador CONDENANDO a la demandada a abonarle la prestación consistente en la pensión mensual del 55% de la base reguladora de 909,35 euros, con fecha de efectos el 01.08.19”.</strong></p>
<p><strong>&nbsp;</strong></p>
<p>Gracias a esta sentencia, esta persona podrá cobrar una pensión mensual y compatibilizarla con un trabajo en otra profesión que pueda desempeñar. Si tu situación es similar y te han denegado la incapacidad permanente, podemos estudiar tu caso. Tenemos más de 30 años de experiencia. Puedes llamarnos al <a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a> o escribirnos a través del siguiente <a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-9090 aligncenter" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/Sello-empresa-premiada-XII-Premios-Madrid-Excelente.jpg" alt="madrid excelente" width="200" height="200"></p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-total-encofrador">Incapacidad permanente total para encofrador</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Incapacidad permanente para todo tipo de trabajo</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-todo-trabajo</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Jan 2020 15:28:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un nuevo caso de éxito en Grupo Médico Jurídico Durango. Tras un procedimiento judicial hemos recibido sentencia reconociendo la incapacidad permanente para todo tipo de trabajo (incapacidad permanente absoluta)a una de nuestras pacientes. Con esta sentencia, podrá acceder a una pensión mensual equivalente al 100% de su base reguladora. De profesión teleoperadora, nuestra cliente presentó [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-3312 alignleft" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"></p>
<p>Un nuevo <a href="https://www.grupomedicodurango.com/categoria/casos-de-exito/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>caso de éxito</strong></a> en <a href="https://www.grupomedicodurango.com" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Grupo Médico Jurídico Durango</strong></a>. Tras un procedimiento judicial hemos recibido sentencia reconociendo la incapacidad permanente para todo tipo de trabajo (<a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente absoluta</strong></a>)a una de nuestras pacientes. Con esta sentencia, podrá acceder a una pensión mensual equivalente al 100% de su base reguladora.<span id="more-13959"></span></p>
<p>De profesión teleoperadora, nuestra cliente presentó la solicitud de incapacidad permanente, que le fue denegada en noviembre de 2018. Tras estudiar la viabilidad de su caso, nuestro equipo estimó que había posibilidades de éxito para recurrir la resolución y así se hizo. Sin embargo, la reclamación previa fue desestimada por lo que fue necesario presentar una demanda y acudir a la vía judicial. Ha sido después de muchos meses cuando, tras celebrarse el juicio, se ha obtenido una sentencia favorable en este caso.</p>
<h3><strong>Patologías de la demandante</strong></h3>
<p>Nuestra paciente presentaba numerosas patologías que la imposibilitaban para desarrollar, no solo su actividad si no cualquier profesión. Así, presentaba el siguiente cuadro clínico que estaba recogido en el informe médico de evaluación:</p>
<ul>
<li>Dolor en pie derecho</li>
<li>Pie equino varo cavo rígido severo bilateral, poli intervenido</li>
<li>Alargamiento de tendón de Aquiles y artrodesis subastragalina y astrágalo escafoidea en pie derecho</li>
<li>Trastorno depresivo y trastorno por estrés postraumático</li>
<li>Trastorno mixto de la personalidad</li>
<li>Actual predominio de clínica depresiva</li>
<li>Mioclonias en extremidades</li>
<li>Probable trastorno somatomorfo</li>
</ul>
<p>Todas estas patologías no fueron suficientes para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (<strong><a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" rel="noopener noreferrer">INSS</a></strong>)le concediese una incapacidad permanente de ningún tipo.</p>
<p>Fue por tanto en el acto de juicio donde nuestro equipo médico-jurídico, lograron demostrar que nuestra paciente no solo no podía desarrollar su profesión de teleoperadora, si no cualquier tipo de trabajo. A través del informe médico pericial, se pudo demostrar como la situación clínica de esta persona la limitaba para cualquier función.</p>
<p>Finalmente, tras el trabajo coordinado de nuestros abogados y peritos durante muchos meses, se logró que el juez emitiese una sentencia estimatoria. Así, se reconoce la incapacidad permanente a nuestra cliente de acuerdo al siguiente fallo recogido en la sentencia:</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong>“FALLO que debo desestimar íntegramente, y así lo hago, la demanda interpuesta por… contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y, en su virtud, declarar a la demandante afecta de Incapacidad Permanente en grado de Absoluta para todo oficio o profesión, condenando al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a que le reconozca y abone pensión vitalicia del 100% de una base reguladora de 946,34 euros, con efectos económicos de 21 de Noviembre de 2018, sin perjuicio del derecho de opción y en su caso la facultad de la Administración de compensar las prestaciones percibidas con las de desempleo. Con expresa anulación de la resolución administrativa de 21 de noviembre de 2018”.</strong></p>
<p>Se trata de un nuevo caso en el que ayudamos a conseguir una <a href="https://www.grupomedicodurango.com/calculadora-de-incapacidad" data-internallinksmanager029f6b8e52c="2" title="Calculadora de Incapacidad" target="_blank" rel="noopener">pensión por incapacidad</a> a uno de nuestros pacientes. En este caso ha sido una incapacidad permanente absoluta así que, si te encuentras en situación similar, no dudes en llamarnos. Somos expertos en incapacidades con más de 30 años de experiencia. Nos puedes contactar a través del teléfono <a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a> o escribiéndonos con el siguiente <a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-9090 aligncenter" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/Sello-empresa-premiada-XII-Premios-Madrid-Excelente.jpg" alt="madrid excelente" width="200" height="200"></p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-todo-trabajo">Incapacidad permanente para todo tipo de trabajo</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
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		<title>Pensión por incapacidad permanente absoluta</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 Nov 2019 08:00:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente]]></category>
		<category><![CDATA[Informe Pericial]]></category>
		<category><![CDATA[invalidez]]></category>
		<category><![CDATA[perito médico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Acabamos de recibir una sentencia reconociendo la pensión por incapacidad permanente absoluta para una de nuestras pacientes. Gracias a ello, ahora podrá cobrar una pensión mensual del 100% de su base reguladora. Un nuevo caso de éxito que queremos compartir con todos vosotros. Inicialmente, el INSS&#160;declaró a esta persona afectada de una incapacidad permanente en [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-3312 alignleft" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"></p>
<p>Acabamos de recibir una sentencia reconociendo la pensión por <a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente absoluta</strong></a> para una de nuestras pacientes. Gracias a ello, ahora podrá cobrar una pensión mensual del 100% de su base reguladora. Un nuevo <a href="https://www.grupomedicodurango.com/categoria/casos-de-exito/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>caso de éxito</strong></a> que queremos compartir con todos vosotros.<span id="more-10520"></span></p>
<p>Inicialmente, el <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>INSS</strong>&nbsp;</a>declaró a esta persona afectada de una incapacidad permanente en diciembre de 2017. Sin embargo, tras estudiar la viabilidad de su caso, nuestro equipo médico determinó que era posible acceder a un grado superior. Por este motivo se presentó una reclamación previa frente a la resolución recibida, solicitando la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/calculadora-de-incapacidad" data-internallinksmanager029f6b8e52c="2" title="Calculadora de Incapacidad" target="_blank" rel="noopener">pensión por incapacidad</a> permanente absoluta. Como suele ocurrir, en abril de 2018, la reclamación fue desestimada por lo que hubo que acudir a la vía judicial. Finalmente, y tras un procedimiento largo, se ha reconocido la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/calculadora-de-incapacidad" data-internallinksmanager029f6b8e52c="2" title="Calculadora de Incapacidad" target="_blank" rel="noopener">pensión por incapacidad</a> permanente absoluta a nuestra cliente.</p>
<h3><strong>Patologías de la demandante</strong></h3>
<p>Nuestra paciente presentaba un cuadro persistente de depresión mayor que ha precisado internamientos, persistiendo un cuadro de déficit cognitivo con falta de atención y de memoria reciente. Además, manifestaba un aislamiento social así como conductas de evitación ante relaciones sociales y ataques de pánico. La paciente no sale a la calle y precisa la supervisión de tercera persona para las actividades de la vida diaria.</p>
<p>Además, el dictamen propuesta del equipo de valoración, recogía las siguientes patologías:</p>
<ul>
<li>Agorafobia</li>
<li>Depresión mayor</li>
<li>Aneurisma de aorta ascendente, intervenido mediante sustitución de aorta ascendente por tuvo supracoronario</li>
<li>Actual reagudización del trastorno depresivo.</li>
</ul>
<p>Todas estas patologías no fueron suficientes para que el INSS determinase una incapacidad permanente absoluta. A su juicio, estaba limitada para su profesión habitual de enfermera, pero podía desarrollar otras actividades.&nbsp; Fue por tanto necesario que el equipo médico jurídico de <a href="https://www.grupomedicodurango.com"><strong>Grupo Médico Jurídico Durango</strong></a> demostrase la imposibilidad de esta persona para desarrollar cualquier actividad. Así, a través de una buena defensa y de un completo informe pericial, se logró que el juez reconociese la incapacidad permanente absoluta a través del siguiente fallo:</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong>“Estimando la demanda de…&nbsp; y revocando la resolución recurrida, le declaro incursa en incapacidad permanente absoluta, condenando al INSS a que le abone una prestación del 100 % de la Base Reguladora de 1.508,55 € con efectos de 13 de diciembre de 2017 y a la TGSS a estar y pasar por dicha declaración.</strong></p>
<p><strong>&nbsp;</strong>Una vez más, desde Grupo Médico jurídico Durango ayudamos a alguien a obtener una incapacidad permanente absoluta. Si te encuentras en una situación como está, consúltanos, tenemos más de 30 años de experiencia. Puedes llamarnos al <a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a> o escribirnos en el siguiente <a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>.</p>
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		<title>Incapacidad permanente total para monitora de comedor</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-total-monitora</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Nov 2019 12:24:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente]]></category>
		<category><![CDATA[Informe Pericial]]></category>
		<category><![CDATA[invalidez]]></category>
		<category><![CDATA[médico perito]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>De nuevo os queremos compartir un caso de éxito de una de nuestras pacientes. Se trata de una persona a la que se le ha reconocido la incapacidad permanente total para su profesión de monitora de comedor y patio escolar. Gracias a ella, podrá acceder a una pensión mensual, compatible con otro trabajo que esté [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><div id="attachment_3312" style="width: 223px" class="wp-caption alignleft"><img loading="lazy" decoding="async" aria-describedby="caption-attachment-3312" class="wp-image-3312" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"><p id="caption-attachment-3312" class="wp-caption-text">En caso de incapacidad permanente total</p></div></p>
<p>De nuevo os queremos compartir un <a href="https://www.grupomedicodurango.com/categoria/casos-de-exito/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>caso de éxito</strong></a> de una de nuestras pacientes. Se trata de una persona a la que se le ha reconocido la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente total</strong></a> para su profesión de monitora de comedor y patio escolar. Gracias a ella, podrá acceder a una pensión mensual, compatible con otro trabajo que esté capacitada para realizar.<span id="more-10417"></span></p>
<p>Tras un año de baja, la paciente fue propuesta por el propio <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>INSS</strong></a>&nbsp;para una incapacidad total. Sin embargo, a propuesta del EVI, en agosto de 2018 se emitió resolución desestimando la incapacidad permanente total. Fue entonces cuando contactó con nosotros para el estudio de su caso y para valorar la posibilidad de presentar reclamación previa. Nuestro equipo médico, en base a la exploración y a los informes médicos, determinó que esta persona tenía opciones de obtener una incapacidad permanente total, por lo que se procedió a reclamar por vía administrativa. Esta reclamación fue también denegada, de manera que se presentó una demanda que acaba de ser estimada, reconociéndola una incapacidad permanente total para su profesión habitual.</p>
<h3><strong>Patologías de la demandante</strong></h3>
<p>Nuestra paciente presentaba el siguiente cuadro clínico, recogido en el informe de evaluación médica:</p>
<ul>
<li>Angina hemodinámica en el contexto de taquicardia paroxística supraventricular</li>
<li>Antecedentes de probable angina microvascular</li>
<li>Coronarias sin lesiones</li>
<li>HTA</li>
<li>Síndrome femoropatelar y meniscopatía rodilla izquierda</li>
<li>Espondiloartrosis lumbar</li>
</ul>
<p>Todo ello, le generaba una limitación para para actividades con requerimientos de esfuerzo, deambulación y/o bipedestación prolongada</p>
<p>Estas patologías fueron demostradas a través de un informe médico pericial elaborado por la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/equipo/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Dra. Ruiz Mialdea</strong></a> en el que, además, se recogían las siguientes limitaciones:</p>
<ul>
<li>Limitación de movimientos de la columna lumbar</li>
<li>Dificultad de inicio de marcha con miembro inferior derecho</li>
<li>Limitación de movilidad de ambas rodillas a la flexión</li>
<li>Dolor al subir y bajar escaleras</li>
<li>Limitación para la bipedestación, sedestación y deambulación prolongadas, para carga de pesos y realización de esfuerzos</li>
</ul>
<p>Durante el juicio, el equipo jurídico se esforzó por demostrar la relación entre las limitaciones identificadas y las actividades que realizaba la paciente en su profesión habitual. Así, se pudo demostrar que, por el cuadro clínico, esta persona no podía desarrollar el trabajo de monitora de comedor y patio escolar. El fallo que por el que se le declaraba afectada de una incapacidad permanente total era el siguiente:</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong>“Que estimando la demanda formulada por… contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro a la parte actora en situación de invalidez permanente en el grado de INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL PARA SU PROFESIÓN HABITUAL DE MONITORA DE COMEDOR Y PATIO ESCOLAR, con derecho a percibir una pensión del 55% de su base reguladora mensual de 163,42 euros, con efectos desde el día siguiente al cese en el trabajo, condenando a la parte demandada a estar y pasar por esta declaración y al INSS al pago de la prestación indicada”. </strong></p>
<p>Debido a la base reguladora de esta persona, la pensión se actualizará al mínimo establecido para este tipo de incapacidad. Así, la paciente podrá cobrar una cantidad mensual de 495 euros. En caso de encontrarte en una situación similar, no dudes en contactar con nosotros. Puedes llamarnos al <a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a> o escribirnos en el siguiente&nbsp;<a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>. Tenemos más de 30 años de experiencia y podemos ayudarte.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-9090 aligncenter" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/Sello-empresa-premiada-XII-Premios-Madrid-Excelente.jpg" alt="madrid excelente" width="200" height="200"></p>
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		<title>Incapacidad permanente cualificada</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Oct 2019 15:26:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente]]></category>
		<category><![CDATA[Informe Pericial]]></category>
		<category><![CDATA[invalidez]]></category>
		<category><![CDATA[perito médico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En un nuevo caso de éxito logramos que se le reconozca de nuevo la incapacidad permanente total a uno de nuestros pacientes al que se la habían retirado. Tras revisarle la incapacidad, el INSS decidió retirársela por lo que fue necesario acudir a la vía judicial. Finalmente hemos recibido sentencia en la que se reconoce [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-cualificada">Incapacidad permanente cualificada</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-3312 alignleft" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"></p>
<p>En un nuevo <a href="https://www.grupomedicodurango.com/categoria/casos-de-exito/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>caso de éxito</strong></a> logramos que se le reconozca de nuevo la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente total</strong></a> a uno de nuestros pacientes al que se la habían retirado. Tras revisarle la incapacidad, el <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio"><strong>INSS</strong></a> decidió retirársela por lo que fue necesario acudir a la vía judicial. Finalmente hemos recibido sentencia en la que se reconoce la incapacidad permanente total para la profesión de conductor. Por la edad del paciente, la sentencia reconoce además el complemento del 20% a su pensión, lo que se conoce como <a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente-total-cualificada/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente cualificada</strong></a>.<span id="more-10354"></span></p>
<p>Con una incapacidad reconocida desde 2016, nuestro paciente pasó revisión con el tribunal médico quien decidió retirarle dicha situación alegando la existencia de una mejoría. Frente a esta decisión, se presentó la correspondiente reclamación previa que fue desestimada. Esto obligó a acudir a la vía judicial presentando la correspondiente demanda.</p>
<h3><strong>Patologías del demandante</strong></h3>
<p>Las lesiones que originaron la incapacidad en 2016 eran las siguientes:</p>
<ul>
<li>Lumbociática izquierda en relación con espondiloartrosis lumbar con voluminosa hernia L4-L5</li>
<li>Sin respuesta a tratamiento conservador pautado ni a infiltración caudal epidural realizada por COT (25/08/2015).</li>
<li>Remitido a Neurocirugía que planteó tratamiento inicial conservador.</li>
</ul>
<p>Tras la revisión de su estado, el INSS determinó en 2018 que ya no se daban las circunstancias para mantener la incapacidad si bien, el cuadro clínico actual era el siguiente:</p>
<ul>
<li>Desplazamiento disco intervertebral lumbar sin mielopatía.</li>
<li>Lumbociatica izquierda en relación con voluminosa hernia L4-L5 en estudio y TTO por NCR.</li>
<li>Lumbociatica izquierda sin respuesta a TTO conservador ni infiltración caudal epidural realizada el 25/8/15</li>
</ul>
<p>La línea de defensa se centró en que las patologías actuales son las mismas que las que determinaron la incapacidad en 2016. Nuestro equipo médico jurídico apuntaló está contradicción del INSS y logró que se recogiese en la sentencia. De esta forma, unido a las limitaciones que estas patologías provocan al paciente para su trabajo como conductor, se obtuvo el siguiente fallo:</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong><em>“Que estimando la demanda interpuesta por… contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo condenar y condeno al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL,&nbsp; TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a reconocer a… la Incapacidad Permanente en grado de total, con fecha de efectos 12/12/2018, con una base reguladora de 2.319,55 euros correspondiente al 55% de la base reguladora más el 20% de la misma, con todos los pronunciamientos inherentes a esta declaración”.</em></strong></p>
<p>Una vez más hemos logrado que a uno de nuestros clientes se le reconozca una incapacidad permanente, Si te encuentras en alguna situación similar y quieres que estudiemos tu caso, no dudes en contactar con nosotros. Puedes llamarnos al <a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a>&nbsp;o escribirnos a través del siguiente&nbsp;<a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>. Te daremos cita con uno de nuestros peritos y estudiaremos la viabilidad de tu caso.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-9090 aligncenter" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/Sello-empresa-premiada-XII-Premios-Madrid-Excelente.jpg" alt="madrid excelente" width="200" height="200"></p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-cualificada">Incapacidad permanente cualificada</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Incapacidad permanente total para camarera</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-total-camarera</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Oct 2019 08:10:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente]]></category>
		<category><![CDATA[Informe Pericial]]></category>
		<category><![CDATA[invalidez]]></category>
		<category><![CDATA[pensión]]></category>
		<category><![CDATA[perito médico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un nuevo caso de éxito en Grupo Médico Jurídico Durango. Esta vez logramos que se le vuelva a reconocer la incapacidad permanente total para la profesión de camarera. Con ello, nuestra paciente podrá volver a cobrar un 55% de su base reguladora y trabajar en otro empleo para el que sí pueda estar capacitada. Nuestra [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-total-camarera">Incapacidad permanente total para camarera</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-3312 alignleft" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"></p>
<p>Un nuevo <a href="https://www.grupomedicodurango.com/categoria/casos-de-exito/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>caso de éxito</strong></a> en Grupo Médico Jurídico Durango. Esta vez logramos que se le vuelva a reconocer la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente total</strong></a> para la profesión de camarera. Con ello, nuestra paciente podrá volver a cobrar un 55% de su base reguladora y trabajar en otro empleo para el que sí pueda estar capacitada.<span id="more-10311"></span></p>
<p>Nuestra paciente contaba con una incapacidad permanente total reconocida en 2016 pero un año más tarde le fue retirada. Para ello, el <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>INSS</strong></a> alegó una mejoría y consideró que estaba apta para desarrollar de nuevo su trabajo. Fue ella misma quien presentó una reclamación previa, siendo esta desestimada y no procediendo con ninguna acción posterior.</p>
<p>Un año más tarde, tras un proceso de incapacidad temporal, fue propuesta para una incapacidad permanente total, pero de nuevo le fue denegada. Es entonces cuando acude a <a href="https://www.grupomedicodurango.com" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Grupo Médico Jurídico Durango</strong></a> y tras estudiar su caso, presentamos la correspondiente reclamación previa. Una vez más es desestimada pero esta vez se presenta una demanda que ha finalizado con esta sentencia estimatoria.</p>
<h3><strong>Patologías de la demandante</strong></h3>
<p>El cuadro clínico que presentaba nuestra paciente y con el que se le retiró la incapacidad era el siguiente:</p>
<ul>
<li>“Cirugía lumbar (10/15) por espondilolistesis L5-S1 con artrodesis posterior e intersomática L5-S1 + descomprensión</li>
<li>Omalgia derecha</li>
<li>Rotura de tendón supra e infraespinoso</li>
<li>Rotura de manguito supra e infra espinosos derecho tras traumatismo en enero de 2015, balance articular completo</li>
<li>Espondilolistesis L5-S1 intervenida con artrodesis y laminectomia</li>
<li>Oligoartritis FR+, controlada con metrotexate</li>
<li>Mejoría funcional actual</li>
</ul>
<p>En el nuevo procedimiento de incapacidad abierto un año más tardes y que es objeto de esta sentencia, se identificaron las siguientes lesiones:</p>
<ul>
<li>Espondilolistesis L5-S1: artrodesis posterior + intersomatica L5-S1</li>
<li>Poliartritis crónica seronegativa sin signos de afectación miopatía de grado leve en tto.</li>
<li>Intervenida de rotura de manguito rotador del hombro derecho</li>
<li>En evolución clínica se observa una rerotura degenerativa del s.e.</li>
</ul>
<p>A pesar de reconocer la existencia de limitaciones para sobrecargas funcionales de cualquier nivel de hombro derecho y raquis lumbar, en relación con la profesión de camarera, el EVI estimó que no había un agravamiento de las patologías reconocidas cuando se le retiró la incapacidad.</p>
<p>Durante la fase judicial, además de aportar nuevos informes que demostraban las limitaciones de nuestra cliente, se aportó un informe pericial elaborado por la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/equipo/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Dra. Ruiz Mialdea</strong></a>. En él, se recogía la imposibilidad funcional de la paciente para las tareas fundamentales de su trabajo habitual con un mínimo rendimiento eficiente. De esta forma, se logró que se estimase nuestra demanda y que se reconociese la incapacidad permanente total para la profesión de camarera.</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong><em>“Que estimando la demanda interpuesta por… frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y frente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), en reclamación sobre incapacidad permanente, debo revocar la resolución impugnada y declarar a la demandante en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, con derecho a percibir una pensión en cuantía equivalente al 75% de su base reguladora de 663,30€ mensuales, con efectos a partir del 20/09/2018; condenando a las codemandadas a estar y pasar por la citada declaración y a hacer efectiva dicha prestación, sin perjuicio de los descuentos que correspondan”.</em></strong></p>
<p>Si tienes dudas sobre la resolución que has recibido o no estás de acuerdo, ponte en contacto con nosotros. Puedes llamarnos al teléfono&nbsp;<a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a>&nbsp;o consultarnos en el siguiente&nbsp;<a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>. Te daremos cita con uno de nuestros peritos y estudiaremos la viabilidad de tu caso.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-9090 aligncenter" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/Sello-empresa-premiada-XII-Premios-Madrid-Excelente.jpg" alt="madrid excelente" width="200" height="200"></p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-total-camarera">Incapacidad permanente total para camarera</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
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		<item>
		<title>Incapacidad permanente absoluta</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-absoluta-aumento-grado</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Sep 2019 08:59:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente]]></category>
		<category><![CDATA[Informe Pericial]]></category>
		<category><![CDATA[invalidez]]></category>
		<category><![CDATA[perito médico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>De nuevo un caso en el que a una de nuestras pacientes le reconocen un grado de incapacidad menor que el que le corresponde. Tras otorgarle una incapacidad permanente total ha sido necesario acudir a la vía judicial para que se le subiese a incapacidad permanente absoluta. Gracias a ello, nuestra paciente cobrará un 100% [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-absoluta-aumento-grado">Incapacidad permanente absoluta</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-3312 alignleft" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"></p>
<p>De nuevo un caso en el que a una de nuestras pacientes le reconocen un grado de incapacidad menor que el que le corresponde. Tras otorgarle una <a href="https://www.grupomedicodurango.com/incapacidad-permanente/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente total</strong></a> ha sido necesario acudir a la vía judicial para que se le subiese a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/perito-medico-incapacidad/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente absoluta</strong></a>. Gracias a ello, nuestra paciente cobrará un 100% de su base reguladora.<span id="more-10291"></span></p>
<p>El expediente fue iniciado de oficio por el propio <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>INSS</strong></a>, quien resolvió conceder la incapacidad permanente total a esta persona para su trabajo como auxiliar de enfermería. Frente a esta resolución y al no estar de acuerdo, se presentó la correspondiente reclamación previa. Como es habitual, la fase administrativa finalizó con la desestimación de la reclamación, por lo que se interpuso una demanda judicial.</p>
<h3><strong>Patologías de la demandante</strong></h3>
<p>Las lesiones acreditadas por la paciente fueron las siguientes:</p>
<ul>
<li>Espondilitis anquilopoyética HLA B 27 positivo (2006), espondiloartrosis cervical, intervenida de hernia discal cervical en 3 ocasiones (última en 1998)</li>
<li>Fibromialgia</li>
<li>enfermedad del nodo sinusal</li>
<li>implante de marcapasos 11/07/2018 y recolocación quirúrgica 23.07.2018, que le suponen molestias en hemitórax izquierdo por cirugía reciente de recolocación de electrocatéter ventricular en proceso de recuperación</li>
<li>Artromialgias generalizadas que aumentan con los movimientos y le impiden permanecer mucho tiempo en bipedestación o sedestación</li>
<li>presenta todos los puntos fibrosíticos 18/18.</li>
</ul>
<p>A juicio del INSS, este cuadro clínico impedía a la paciente realizar las tareas fundamentales de su profesión, pero no otro tipo de trabajos. Fue a través del informe médico pericial elaborado por la <a href="https://www.grupomedicodurango.com/equipo/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Dra. Ruiz Mialdea</strong></a> que se pudo demostrar que las limitaciones iban mucho más allá. Así, quedo probado que la paciente estaba incapacitada para la realización de cualquier trabajo y se vio reconocida nuestra demanda.</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong><em>“Que estimando la demanda formulada por… en materia de incapacidad permanente contra el Instituto Nacional de la Seguridad social y la Tesorería General de la Seguridad Social DEBO DECLARAR Y DECLARO que… se encuentra afecta de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio derivada de enfermedad común, condenando a los referidos demandados a estar y pasar por dicho pronunciamiento y a abonar a… una prestación del 100% de una base reguladora mensual de 946,69 euros, con efectos de 11.10.2018”.</em></strong></p>
<p>Si estáis en una situación similar y no estáis de acuerdo con vuestro grado de incapacidad, consultadnos. Podéis llamarnos al teléfono&nbsp;<a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a>&nbsp;o envía tu consulta en el siguiente&nbsp;<a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>. Estaremos encantados de informaros de nuestra forma de trabajar.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-9090 aligncenter" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/Sello-empresa-premiada-XII-Premios-Madrid-Excelente.jpg" alt="madrid excelente" width="200" height="200"></p>
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		<title>Incapacidad permanente absoluta tras total</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-absoluta-tras-total</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Vicente Balseiro]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Sep 2019 10:01:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos de éxito]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente absoluta]]></category>
		<category><![CDATA[incapacidad permanente total]]></category>
		<category><![CDATA[Informe Pericial]]></category>
		<category><![CDATA[invalidez]]></category>
		<category><![CDATA[médico perito]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>De nuevo recibimos una sentencia estimatoria en un procedimiento de incapacidad. Esta vez ha sido una incapacidad permanente absoluta que le permitirá a nuestra paciente cobrar una pensión del 100% de su base reguladora. Como en otras ocasiones, el INSS había reconocido el grado de incapacidad permanente total para su profesión de jefe administrativo. No [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-absoluta-tras-total">Incapacidad permanente absoluta tras total</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-3312 alignleft" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/inc.-permanente-300x210.jpg" alt="Caso de incapacidad permanente total" width="213" height="152"></p>
<p>De nuevo recibimos una sentencia estimatoria en un procedimiento de incapacidad. Esta vez ha sido una <a href="https://www.grupomedicodurango.com/perito-medico-incapacidad/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>incapacidad permanente absoluta</strong></a> que le permitirá a nuestra paciente cobrar una pensión del 100% de su base reguladora.<span id="more-10264"></span></p>
<p>Como en otras ocasiones, el <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>INSS</strong></a> había reconocido el grado de incapacidad permanente total para su profesión de jefe administrativo. No conforme con ello, nos solicitó un estudio de viabilidad y nuestro equipo médico consideró que se podía lograr un grado mayor. Frente a la resolución recibida se presentó la correspondiente reclamación previa, siendo esta desestimada. Finalizada la vía administrativa fue necesario acudir a la vía judicial y se presentó la correspondiente demanda.</p>
<h3 style="text-align: left;"><strong>Patologías de la demandante</strong></h3>
<p>Las lesiones identificadas por el equipo evaluador para emitir su dictamen fueron las siguientes:</p>
<ul>
<li>Trastorno neuro-cognitivo mayor de origen orgánico, probable vascular (lesión lacunar isquémica en 2014) en paciente con síndrome de Sjögren sero (-)</li>
<li>Alteraciones tipo Lupus-Like.</li>
<li>Sospecha de síndrome inflamatorio crónico sin filiar.</li>
<li>Posible síndrome de fatiga crónica.</li>
<li>Cefalea crónica. Enf Graves (2009) + orbitopatia (2011), ahora inactiva.</li>
<li>Trastorno depresivo.</li>
</ul>
<p>Estas patologías, por tanto, conllevaban las siguientes limitaciones:</p>
<ul>
<li>Alteración cognitiva con déficit mnésico (memoria de fijación y evocación)</li>
<li>Desorientación temporal y parcialmente desorientación espacial</li>
<li>Dificultad en velocidad de procesamiento y para calcular, así como lentitud para nominar.</li>
<li>Problemas de atención / concentración.</li>
<li>Fatigabilidad y cansancio.</li>
<li>Algias generalizadas. Artralgias, xerostomía y xeroftalmía. Cefaleas.</li>
<li>Animo depresivo.</li>
</ul>
<p>Y más concretamente, presentaba limitación para tareas de riesgo o responsabilidad con toma de decisiones.</p>
<p>A la vista del cuadro clínico y las limitaciones, inicialmente se le concedió solo la incapacidad permanente total. Dado que las patologías eran incuestionables, la estrategia de <a href="https://www.grupomedicodurango.com" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>Grupo Médico Jurídico Durango</strong></a> se centró en las limitaciones. Así, se demostró que el déficit de memoria y la desorientación la incapacitaban para cualquier trabajo, independientemente de que requiera o no la toma de decisiones en su actividad. De manera se logró que se reconociese la incapacidad permanente absoluta.</p>
<h3 style="text-align: center;"><strong>FALLO</strong></h3>
<p><strong><em>“Estimando la demanda presentada por… frente a INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), se declara a… en INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA para toda profesión u oficio condenando al INSS y la TGSS a abonar la pensión con el 100% de la base reguladora de 1.082,41 euros y efectos 18/09/2018</em></strong></p>
<p>Un nuevo <a href="https://www.grupomedicodurango.com/categoria/casos-de-exito/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>caso de éxito</strong></a> en el que hemos podido ayudar a una persona que no estaba conforme con su grado de incapacidad. Si te encuentras en una situación similar, llámanos al teléfono&nbsp;<a href="tel:+913076219" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>913076219</strong></a>&nbsp;o envía tu consulta en el siguiente&nbsp;<a href="https://www.grupomedicodurango.com/contacto-donde-estamos-durango/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>formulario</strong></a>.</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-full wp-image-9090 aligncenter" src="https://www.grupomedicodurango.com/wp-content/uploads/Sello-empresa-premiada-XII-Premios-Madrid-Excelente.jpg" alt="madrid excelente" width="200" height="200"></p>
<p>La entrada <a href="https://www.grupomedicodurango.com/casos-de-exito/incapacidad-permanente-absoluta-tras-total">Incapacidad permanente absoluta tras total</a> se publicó primero en <a href="https://www.grupomedicodurango.com">Grupo Médico Jurídico Durango</a>.</p>
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