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	Comentarios en: La herencia legítima y la impugnación de testamento	</title>
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	<description>Peritaciones médicas y asesoría jurídica en Madrid</description>
	<lastBuildDate>Wed, 04 Jan 2017 16:35:54 +0000</lastBuildDate>
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		<title>
		Por: Blogger GMJD		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-801</link>

		<dc:creator><![CDATA[Blogger GMJD]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Jan 2017 16:35:54 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-800&quot;&gt;JOSE LUIS&lt;/a&gt;.

Buenas tardes, Jose, el testamento puede ser impugnado o cambiado a lo largo del tiempo, siempre que la persona no haya fallecido. En todo caso, el beneficiario obtendría una porción mayor de la herencia y los otros se repartirían lo demás. Póngase con nosotros para mayor detalle en el 91 307 6219.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-800">JOSE LUIS</a>.</p>
<p>Buenas tardes, Jose, el testamento puede ser impugnado o cambiado a lo largo del tiempo, siempre que la persona no haya fallecido. En todo caso, el beneficiario obtendría una porción mayor de la herencia y los otros se repartirían lo demás. Póngase con nosotros para mayor detalle en el 91 307 6219.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: JOSE LUIS		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-800</link>

		<dc:creator><![CDATA[JOSE LUIS]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Dec 2016 01:59:51 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola,
Un testador omite deliberadamente a sus hijos legitimos en su testamento; nombrando heredera universal a otra persona. Su razonamiento es el de que &quot; si quieren que reclamen y a lo que por sentencia tengan derecho, que el beneficiario se lo dé, pero si no reclaman que sea todo para el beneficiario&quot;.
Mi pregunta es si esta actitud invalida de hecho el testamento, o si por el contrario las cosas ocurririan como el desea. Y en caso de impugnación cuanto le tocaria a los hijos y cuanto al beneficiario. Los bienes son solo dinero; ningun inmueble.
Gracias y un cordial saludo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,<br />
Un testador omite deliberadamente a sus hijos legitimos en su testamento; nombrando heredera universal a otra persona. Su razonamiento es el de que » si quieren que reclamen y a lo que por sentencia tengan derecho, que el beneficiario se lo dé, pero si no reclaman que sea todo para el beneficiario».<br />
Mi pregunta es si esta actitud invalida de hecho el testamento, o si por el contrario las cosas ocurririan como el desea. Y en caso de impugnación cuanto le tocaria a los hijos y cuanto al beneficiario. Los bienes son solo dinero; ningun inmueble.<br />
Gracias y un cordial saludo.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Blogger GMJD		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-799</link>

		<dc:creator><![CDATA[Blogger GMJD]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 09 Sep 2016 11:56:21 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.grupomedicodurango.com/?p=1873#comment-799</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-798&quot;&gt;Alvaro&lt;/a&gt;.

Saludos, Álvaro le ofrecemos una consulta con uno de nuestros letrados para que le asesore desde el punto de vista judicial. Póngase en contacto con nosotros a través del 665910117]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-798">Alvaro</a>.</p>
<p>Saludos, Álvaro le ofrecemos una consulta con uno de nuestros letrados para que le asesore desde el punto de vista judicial. Póngase en contacto con nosotros a través del 665910117</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: Alvaro		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-798</link>

		<dc:creator><![CDATA[Alvaro]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 05 Sep 2016 15:42:34 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenas tardes. Me gustaría consultaros un aspecto algo técnico sobre cmo afecta el usufructo al porcentaje que cada hijo tiene en una propiedad.
Según tengo entendido, el usufructo de una propiedad (su uso y disfrute), para una persona de 80 o más años, se valora en el 10% del valor de la propiedad.
Supongamos entonces un testamento compuesto por una única vivienda valorada en 600.000 Euros, siendo la viuda y 2 hijos los herederos. Según ley, los hijos heredan por legítimas 2/3 de la vivienda a partes iguales.
Supongamos que el testamento dice que el resto de la propiedad + el usufructo, es para la viuda.
Entonces tenemos:
• Hijo 1: 200.000 € (o 33% propiedad)
• Hijo 2: 200.000 € (o 33% propiedad)
• Viuda: usufructo (equivalente a 60.000 €, el 10%) y además 200.000 €? Pero entonces su parte equivaldría a 260.000 € y rompería, estrictamente, los 2/3 de legítima de los hijos? O habría que recalcular su parte y pasaría a ser:
• Usufructo 60.000 € + 140.000 € (23.3% de la propiedad).
No entiendo pues si el usufructo se computa como un valor sólo a efectos de impuestos, o también a la hora de repartir la propiedad.
Gracias por adelantado.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes. Me gustaría consultaros un aspecto algo técnico sobre cmo afecta el usufructo al porcentaje que cada hijo tiene en una propiedad.<br />
Según tengo entendido, el usufructo de una propiedad (su uso y disfrute), para una persona de 80 o más años, se valora en el 10% del valor de la propiedad.<br />
Supongamos entonces un testamento compuesto por una única vivienda valorada en 600.000 Euros, siendo la viuda y 2 hijos los herederos. Según ley, los hijos heredan por legítimas 2/3 de la vivienda a partes iguales.<br />
Supongamos que el testamento dice que el resto de la propiedad + el usufructo, es para la viuda.<br />
Entonces tenemos:<br />
• Hijo 1: 200.000 € (o 33% propiedad)<br />
• Hijo 2: 200.000 € (o 33% propiedad)<br />
• Viuda: usufructo (equivalente a 60.000 €, el 10%) y además 200.000 €? Pero entonces su parte equivaldría a 260.000 € y rompería, estrictamente, los 2/3 de legítima de los hijos? O habría que recalcular su parte y pasaría a ser:<br />
• Usufructo 60.000 € + 140.000 € (23.3% de la propiedad).<br />
No entiendo pues si el usufructo se computa como un valor sólo a efectos de impuestos, o también a la hora de repartir la propiedad.<br />
Gracias por adelantado.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Blogger GMJD		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-797</link>

		<dc:creator><![CDATA[Blogger GMJD]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2016 08:45:56 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-796&quot;&gt;gloria marin&lt;/a&gt;.

Como hija legítima de su padre, usted es heredera forzosa de una parte de la herencia, al igual que el resto de sus hermanos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-796">gloria marin</a>.</p>
<p>Como hija legítima de su padre, usted es heredera forzosa de una parte de la herencia, al igual que el resto de sus hermanos.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: gloria marin		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-796</link>

		<dc:creator><![CDATA[gloria marin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2016 03:23:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.grupomedicodurango.com/?p=1873#comment-796</guid>

					<description><![CDATA[Buenas noches, MI PAPÁ SE CASÓ NUEVAMENTE HACE 5 AÑOS TENGO DOS HERMANAS DE ESE MATRIMONIO YA QUE TENÍAN UNA RELACIÓN DE HECHO ANTERIORMENTE Y MI PADRE MURIÓ Y LE DEJÓ A SUS HIJAS Y A SU ESPOSA EN UN TESTAMENTO TODOS SUS BIENES Y A MI NO ME NOMBRÓ POR NINGÚN LADO, YO PUEDO IMPUNNARLO.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas noches, MI PAPÁ SE CASÓ NUEVAMENTE HACE 5 AÑOS TENGO DOS HERMANAS DE ESE MATRIMONIO YA QUE TENÍAN UNA RELACIÓN DE HECHO ANTERIORMENTE Y MI PADRE MURIÓ Y LE DEJÓ A SUS HIJAS Y A SU ESPOSA EN UN TESTAMENTO TODOS SUS BIENES Y A MI NO ME NOMBRÓ POR NINGÚN LADO, YO PUEDO IMPUNNARLO.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Blogger GMJD		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-795</link>

		<dc:creator><![CDATA[Blogger GMJD]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Aug 2015 15:51:12 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.grupomedicodurango.com/?p=1873#comment-795</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-794&quot;&gt;Jorge&lt;/a&gt;.

Según la ley Española, todo hijo por el mero hecho de ser reconocido como tal tienen derecho a la legítima de la herencia. Por tanto, salvo los casos en que el Código Civil reconoce legalmente la desheredación podría impugnarse un testamento por tal motivo.
Impugnación en caso de desheredación de ascendientes o descendientes: las causas validas serian tales como: haber abandonado, corrompido o prostituido a un menos; haber sido condenado por atentar contra la vida del titular del testamento; haber perdido la patria potestad por abandono de las responsabilidades.
Necesitaríamos más datos para poder asesorarle mejor.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-794">Jorge</a>.</p>
<p>Según la ley Española, todo hijo por el mero hecho de ser reconocido como tal tienen derecho a la legítima de la herencia. Por tanto, salvo los casos en que el Código Civil reconoce legalmente la desheredación podría impugnarse un testamento por tal motivo.<br />
Impugnación en caso de desheredación de ascendientes o descendientes: las causas validas serian tales como: haber abandonado, corrompido o prostituido a un menos; haber sido condenado por atentar contra la vida del titular del testamento; haber perdido la patria potestad por abandono de las responsabilidades.<br />
Necesitaríamos más datos para poder asesorarle mejor.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Jorge		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-794</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jorge]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 15 Aug 2015 22:25:01 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola buenas tardes, podrian ayudarme con una consulta?, mi Padre fallecio hace 15 años y dejo como heredera universal a mi Madre la cual fallecio hace 3 años, somos 7 hermanos y hay un testamento olografo en el cual se designa a solo 2 de mis hermanos, tengo derecho a exigir parte de la herencia aun cuando hay un testamento olografo? Nota, en el expediente del caso se menciona la fecha de fallecimiento de mi madre finada equivocada, eso puede invalidar el expediente o la herencia? Gracias.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola buenas tardes, podrian ayudarme con una consulta?, mi Padre fallecio hace 15 años y dejo como heredera universal a mi Madre la cual fallecio hace 3 años, somos 7 hermanos y hay un testamento olografo en el cual se designa a solo 2 de mis hermanos, tengo derecho a exigir parte de la herencia aun cuando hay un testamento olografo? Nota, en el expediente del caso se menciona la fecha de fallecimiento de mi madre finada equivocada, eso puede invalidar el expediente o la herencia? Gracias.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Blogger		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-793</link>

		<dc:creator><![CDATA[Blogger]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 May 2014 20:51:50 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-792&quot;&gt;jaime garcia&lt;/a&gt;.

le informo que el supuesto que se describe es un caso claro de &quot;preterición hereditaria&quot;, que es la situación que se produce cuando el testador intencionadamente o no, omite en el testamento a alguno o algunos de los herederos (descendientes) con derecho a heredar.
Y las consecuencias que esta situación ocasiona al heredero no mencionado en el testamento en el reparto posterior de la herencia son diferentes dependiendo de si la preterición se ha producido de forma intencional ( es decir, si el causante sabía que tenía uno o más hijos a los que omite en el testamento) o se ha producido de forma no intencional (el testador desconocía la existencia de ese u otros descendientes). En la preterición intencional, el heredero omitido en el testamento solo tendría derecho a percibir 1/3 de la herencia en concepto de legítima estricta que, a su vez, habría que dividir a partes iguales entre todos los herederos y, si se trata de preterición no intencional, el heredero omitido concurriría a la herencia en igualdad de condiciones con el resto de los herederos dividiéndose la herencia a parte iguales sin restricción.
Para que se entienda mejor, pongo un ejemplo:
Imaginemos que el testador posee un patrimonio que, a fecha de su fallecimiento está valorado en 120.000 Euros, tiene 4 hijos y en el testamento, omite a uno de ellos (preterición intencional). El reparto en éste caso, quedaría de la siguiente forma:
- 1/3 de legitima estricta: 40.000 Euros
- 1/3 de mejora: 40.000 Euros
- 1/3 de libre disposición: 40.000
En éste caso, el tercio de legítima estricta se dividiría entre los 4 herederos, con lo que cada uno de ellos recibiría por éste concepto, 10.000 Euros y, los 2/3 restantes se dividirían a partes iguales entre los tres herederos mencionados en el testamento, con lo cual, el reparto quedaría de la siguiente forma:
a).- Heredero preterido de forma intencional: 10.000 Euros.
b).- Resto de herederos no preteridos: 36.666´66 Euros cada uno.
En la situación inversa, es decir, tratándose de preterición no intencional, el patrimonio se dividiría en partes iguales por lo que cada heredero recibiría un total de 30.000 Euros.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-792">jaime garcia</a>.</p>
<p>le informo que el supuesto que se describe es un caso claro de «preterición hereditaria», que es la situación que se produce cuando el testador intencionadamente o no, omite en el testamento a alguno o algunos de los herederos (descendientes) con derecho a heredar.<br />
Y las consecuencias que esta situación ocasiona al heredero no mencionado en el testamento en el reparto posterior de la herencia son diferentes dependiendo de si la preterición se ha producido de forma intencional ( es decir, si el causante sabía que tenía uno o más hijos a los que omite en el testamento) o se ha producido de forma no intencional (el testador desconocía la existencia de ese u otros descendientes). En la preterición intencional, el heredero omitido en el testamento solo tendría derecho a percibir 1/3 de la herencia en concepto de legítima estricta que, a su vez, habría que dividir a partes iguales entre todos los herederos y, si se trata de preterición no intencional, el heredero omitido concurriría a la herencia en igualdad de condiciones con el resto de los herederos dividiéndose la herencia a parte iguales sin restricción.<br />
Para que se entienda mejor, pongo un ejemplo:<br />
Imaginemos que el testador posee un patrimonio que, a fecha de su fallecimiento está valorado en 120.000 Euros, tiene 4 hijos y en el testamento, omite a uno de ellos (preterición intencional). El reparto en éste caso, quedaría de la siguiente forma:<br />
&#8211; 1/3 de legitima estricta: 40.000 Euros<br />
&#8211; 1/3 de mejora: 40.000 Euros<br />
&#8211; 1/3 de libre disposición: 40.000<br />
En éste caso, el tercio de legítima estricta se dividiría entre los 4 herederos, con lo que cada uno de ellos recibiría por éste concepto, 10.000 Euros y, los 2/3 restantes se dividirían a partes iguales entre los tres herederos mencionados en el testamento, con lo cual, el reparto quedaría de la siguiente forma:<br />
a).- Heredero preterido de forma intencional: 10.000 Euros.<br />
b).- Resto de herederos no preteridos: 36.666´66 Euros cada uno.<br />
En la situación inversa, es decir, tratándose de preterición no intencional, el patrimonio se dividiría en partes iguales por lo que cada heredero recibiría un total de 30.000 Euros.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Por: jaime garcia		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/herencia-forzosa-frente-impugnacion-de-testamento#comment-792</link>

		<dc:creator><![CDATA[jaime garcia]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 27 May 2014 09:35:01 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.grupomedicodurango.com/?p=1873#comment-792</guid>

					<description><![CDATA[hola a mi padre legal/ no lo incluyeron en la herencia forzosa de un inmueble ya la sucesion la realizaron mi padre no quedo incluido , adicional a eso desde un pricipio lo an querido dejar a un lado de todo ,hace 17 años le consignaron un dinero por la parte q le &quot;correponde &quot;le fue consignado 800 mil pesos sin el tener el conocimiento de esto apenas nos dimos por enterados que este dinero existia hace 2 años. adicional a eso estuvimos en una notaria revisando el historial y aparece en uno de los documentos que hay una partida de matrimonio donde dice que del matrimonio de moises y enriqueta nacen los siguientes hijos fulano ,fulanito, etc y en ningun momento nombran a mi padre el cual es hijo y hermano legitimo del causante que son sus padres moises y.enriqueta mi padre uno de los herederos el cual no lo incluyeron en la sucesion q fue realizada en el año 91 vive hace 50 años en el mismo inmueble ya mencionado anteriormente , los hermanos no quieren llegar a un acuerdo con mi padre y lo unico quele ofrecen.son 1&#039;000.000 de pesos mi padre no acepta eso ya que no es ni la 3 parte de lo.q le corresponde mi pregunta es mi padre puede hacer peticion de propietario por los años vividos en el inmueble o puede realizar una demanda en una fiscalia por no reconocerlo legal/ como hijo y hermano legitimo, y dejandolon por fuera de todo.?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>hola a mi padre legal/ no lo incluyeron en la herencia forzosa de un inmueble ya la sucesion la realizaron mi padre no quedo incluido , adicional a eso desde un pricipio lo an querido dejar a un lado de todo ,hace 17 años le consignaron un dinero por la parte q le «correponde «le fue consignado 800 mil pesos sin el tener el conocimiento de esto apenas nos dimos por enterados que este dinero existia hace 2 años. adicional a eso estuvimos en una notaria revisando el historial y aparece en uno de los documentos que hay una partida de matrimonio donde dice que del matrimonio de moises y enriqueta nacen los siguientes hijos fulano ,fulanito, etc y en ningun momento nombran a mi padre el cual es hijo y hermano legitimo del causante que son sus padres moises y.enriqueta mi padre uno de los herederos el cual no lo incluyeron en la sucesion q fue realizada en el año 91 vive hace 50 años en el mismo inmueble ya mencionado anteriormente , los hermanos no quieren llegar a un acuerdo con mi padre y lo unico quele ofrecen.son 1&#8217;000.000 de pesos mi padre no acepta eso ya que no es ni la 3 parte de lo.q le corresponde mi pregunta es mi padre puede hacer peticion de propietario por los años vividos en el inmueble o puede realizar una demanda en una fiscalia por no reconocerlo legal/ como hijo y hermano legitimo, y dejandolon por fuera de todo.?</p>
]]></content:encoded>
		
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