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	Comentarios en: Los 7 accidentes de trabajo más frecuentes	</title>
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	<description>Peritaciones médicas y asesoría jurídica en Madrid</description>
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		<title>
		Por: Blogger GMJD		</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Blogger GMJD]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 May 2015 09:06:28 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2303&quot;&gt;alejandro&lt;/a&gt;.

Le informo que para poder optar a una incapacidad permanente, lo primero que debería realizar es presentar solicitud en la sede del Instituto de la Seguridad Social más cercana a su domicilio.
El INSS, se pondrá en contacto con Usted para darle cita para que un médico valorador le pase consulta, al cual deberá llevarle todo su historial médico. Para que evalúen si Usted cumple con los requisitos necesarios para que le den dicha incapacidad.
En el caso que se lo denieguen, puede pasar consulta, con nuestro equipo médico valorador. El cual después de explorarle y estudiar su documentación médica, determinar si Usted es susceptible de dicha incapacidad permanente.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2303">alejandro</a>.</p>
<p>Le informo que para poder optar a una incapacidad permanente, lo primero que debería realizar es presentar solicitud en la sede del Instituto de la Seguridad Social más cercana a su domicilio.<br />
El INSS, se pondrá en contacto con Usted para darle cita para que un médico valorador le pase consulta, al cual deberá llevarle todo su historial médico. Para que evalúen si Usted cumple con los requisitos necesarios para que le den dicha incapacidad.<br />
En el caso que se lo denieguen, puede pasar consulta, con nuestro equipo médico valorador. El cual después de explorarle y estudiar su documentación médica, determinar si Usted es susceptible de dicha incapacidad permanente.</p>
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		<title>
		Por: alejandro		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2303</link>

		<dc:creator><![CDATA[alejandro]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 04 May 2015 16:50:22 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[hola yo trabaje 8 años en Fuerza Aerea en mantenimiento de edificio como Soldado Voluntario . bueno el resultado es que con los años me salto por grandes dolores de espalda 2 ernias de disco un disco disecado uno desplazado y 3 abombados . A principio del año 2014 me desafectaron de la fuerza y de todos los veneficios y el mas importante que es la obra social. Devido a estos problemas hoy me resulta muy dificil conseguir un trabajo acorde a mis condiciones . Me gustaria saver a quien podria recurrir. Desde ya muchas gracias por brindar este espacio...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>hola yo trabaje 8 años en Fuerza Aerea en mantenimiento de edificio como Soldado Voluntario . bueno el resultado es que con los años me salto por grandes dolores de espalda 2 ernias de disco un disco disecado uno desplazado y 3 abombados . A principio del año 2014 me desafectaron de la fuerza y de todos los veneficios y el mas importante que es la obra social. Devido a estos problemas hoy me resulta muy dificil conseguir un trabajo acorde a mis condiciones . Me gustaria saver a quien podria recurrir. Desde ya muchas gracias por brindar este espacio&#8230;</p>
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		<title>
		Por: Blogger GMJD		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2302</link>

		<dc:creator><![CDATA[Blogger GMJD]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 27 Jan 2015 10:11:47 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2301&quot;&gt;francisco torres&lt;/a&gt;.

Le comentamos que según marca el artículo 126 de la Ley de la Seguridad Social, la cantidad a percibir en situación de incapacidad temporal en la que usted se encuentra se basa en el cálculo de su base de cotización, (no confundir con el salario que nos especifica). Así bien del primer al tercer día no tendrá ningún ingreso, del 4º día al 21 día percibirá el 60% de su base reguladora y a partir del 21 día en adelante le corresponde el 75% de su base reguladora.
Para calcular la base reguladora se tomara la base de contingencias comunes del mes anterior al hecho causante de la enfermedad, por ello, de esta base se excluirán las pagas extraordinarias, que estarían incluidas en caso de que la contingencia fuese profesional.
De todos modos, debería consultar el convenio colectivo que regula las bajas por enfermedad común y su salario de ámbito profesional.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2301">francisco torres</a>.</p>
<p>Le comentamos que según marca el artículo 126 de la Ley de la Seguridad Social, la cantidad a percibir en situación de incapacidad temporal en la que usted se encuentra se basa en el cálculo de su base de cotización, (no confundir con el salario que nos especifica). Así bien del primer al tercer día no tendrá ningún ingreso, del 4º día al 21 día percibirá el 60% de su base reguladora y a partir del 21 día en adelante le corresponde el 75% de su base reguladora.<br />
Para calcular la base reguladora se tomara la base de contingencias comunes del mes anterior al hecho causante de la enfermedad, por ello, de esta base se excluirán las pagas extraordinarias, que estarían incluidas en caso de que la contingencia fuese profesional.<br />
De todos modos, debería consultar el convenio colectivo que regula las bajas por enfermedad común y su salario de ámbito profesional.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: francisco torres		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2301</link>

		<dc:creator><![CDATA[francisco torres]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Jan 2015 13:13:33 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola hace 10 días sufrí un tirón en la parte de la cadera a la altura del rabillo de la columna vertebral estuve sin poder moverme 2 días y al 3 fui al medico cuando me podía mover un poco y me dieron la baja en régimen común el mismo día que fui ya que los dos dias de atras no los compatibilizaron porqe no avía acudido a urgencias esto me paso trabajando soy taxista y fue al cojer una maleta y como saben los asalariados si no trabajan no cobran que retribución tendría ya que e pedido el alta para trabajar después de 8 días que en total serían 10 pero los otros dos no me lo compatibilizaron cuanto seria mi retribución a percibir di la nomina es de 900€ con las pagas extraordinarias incluidos. Y quien ne lo paga]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola hace 10 días sufrí un tirón en la parte de la cadera a la altura del rabillo de la columna vertebral estuve sin poder moverme 2 días y al 3 fui al medico cuando me podía mover un poco y me dieron la baja en régimen común el mismo día que fui ya que los dos dias de atras no los compatibilizaron porqe no avía acudido a urgencias esto me paso trabajando soy taxista y fue al cojer una maleta y como saben los asalariados si no trabajan no cobran que retribución tendría ya que e pedido el alta para trabajar después de 8 días que en total serían 10 pero los otros dos no me lo compatibilizaron cuanto seria mi retribución a percibir di la nomina es de 900€ con las pagas extraordinarias incluidos. Y quien ne lo paga</p>
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		<title>
		Por: Blogger GMJD		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2300</link>

		<dc:creator><![CDATA[Blogger GMJD]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Nov 2014 19:28:03 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2299&quot;&gt;Ester&lt;/a&gt;.

Si tuvo un accidente en la calle camino del trabajo debe ser considerado como accidente laboral. Dado que accidente de trabajo, es todo accidente sufrido en sitio y lugar de trabajo o initinire, es decir, camino hacia el trabajo o desde el lugar de trabajo a su domicilio.
Por lo tanto, no parece justificado que la lesión que usted sufrió haya sido considerada enfermedad común. Tendríamos que estudiar toda la documentación medica que nos pueda aportar para que nuestro Equipo Médico pueda asesorarle sobre la contingencia, es decir, si es enfermedad común o accidente de trabajo. Dado que si fuese y pudiésemos demostrar que es accidente laboral, la prestación a conseguir una vez valorado algún tipo de incapacidad o limitación en relación con las tareas que realiza en su trabajo, sería de mayor cuantía económica.
En cuanto a lo que refiera de la firma de la finalización del contrato, debería explicarnos que firmo exactamente. ¿Hubo extinción de contrato? ¿Despido?
Para poder asesorarle desde el punto de vista médico - jurídico, es necesario poder disponer de todo su historial médico y darle cita para pasar consulta.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2299">Ester</a>.</p>
<p>Si tuvo un accidente en la calle camino del trabajo debe ser considerado como accidente laboral. Dado que accidente de trabajo, es todo accidente sufrido en sitio y lugar de trabajo o initinire, es decir, camino hacia el trabajo o desde el lugar de trabajo a su domicilio.<br />
Por lo tanto, no parece justificado que la lesión que usted sufrió haya sido considerada enfermedad común. Tendríamos que estudiar toda la documentación medica que nos pueda aportar para que nuestro Equipo Médico pueda asesorarle sobre la contingencia, es decir, si es enfermedad común o accidente de trabajo. Dado que si fuese y pudiésemos demostrar que es accidente laboral, la prestación a conseguir una vez valorado algún tipo de incapacidad o limitación en relación con las tareas que realiza en su trabajo, sería de mayor cuantía económica.<br />
En cuanto a lo que refiera de la firma de la finalización del contrato, debería explicarnos que firmo exactamente. ¿Hubo extinción de contrato? ¿Despido?<br />
Para poder asesorarle desde el punto de vista médico &#8211; jurídico, es necesario poder disponer de todo su historial médico y darle cita para pasar consulta.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Por: Ester		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2299</link>

		<dc:creator><![CDATA[Ester]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Nov 2014 17:10:02 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hace un mes sufrí una caída en la calle yendo para el trabajo. Me he fracturado una vertebra. Me dieron la baja por enfermedad común. En el trabajo me dijeron que le firmará la finalizacion del contrato y asi conbraria por la mutua. Como nunca me ha pasado nada. Llame a la mutua para informarme y ver si cumplía los requisitos y me dijeron que si entonces fui y firme la baja del contrato y cuando vuelvo a la mutua me dicen que no tengo derecho a nada porque no cumplo los requisitos. Me podríais aconsejar que hacer??? Esto me parece un poco raro. Un saludo y gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hace un mes sufrí una caída en la calle yendo para el trabajo. Me he fracturado una vertebra. Me dieron la baja por enfermedad común. En el trabajo me dijeron que le firmará la finalizacion del contrato y asi conbraria por la mutua. Como nunca me ha pasado nada. Llame a la mutua para informarme y ver si cumplía los requisitos y me dijeron que si entonces fui y firme la baja del contrato y cuando vuelvo a la mutua me dicen que no tengo derecho a nada porque no cumplo los requisitos. Me podríais aconsejar que hacer??? Esto me parece un poco raro. Un saludo y gracias</p>
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		<title>
		Por: María Teresa Aláez García		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/accidentes-de-trabajo-mas-frecuentes#comment-2298</link>

		<dc:creator><![CDATA[María Teresa Aláez García]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 03 Oct 2014 19:31:10 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Bueno es saberlo. Parece mentira, el trabajo en casa o en una oficina no es tan inocente como se ve.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Bueno es saberlo. Parece mentira, el trabajo en casa o en una oficina no es tan inocente como se ve.</p>
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