<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: Claves para reclamar una indemnización a tu póliza de seguros	</title>
	<atom:link href="https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/indemnizacion-poliza-de-seguros/feed" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/indemnizacion-poliza-de-seguros</link>
	<description>Peritaciones médicas y asesoría jurídica en Madrid</description>
	<lastBuildDate>Wed, 25 Sep 2013 19:12:57 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=7.1.3</generator>
	<item>
		<title>
		Por: alejandro tapia ramirez		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/indemnizacion-poliza-de-seguros#comment-1657</link>

		<dc:creator><![CDATA[alejandro tapia ramirez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Sep 2013 19:12:57 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.grupomedicodurango.com/?p=1764#comment-1657</guid>

					<description><![CDATA[LEAS POLIZAS EN TODO TIPO DE COBERTURAS SEÑALA PUNTUALMENTE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Y LOS MOTIVOS POR LOS CUALES NO INDEMIZARA , EN LA COBERTURA MEDICA ESTA INFORMACION ES MUY AMPLIA Y DETALLADA ; UNA COYONTURA IMPORTANTE EN ESTA COBERTURA
ES LA DETERMINACION DE LA APARICION DE UN PADECIMIENTO ; SI OCURRIO ANTES DE CONTRATAR LA POLIZA , SI APARECIERON SINTOMAS TENIENDO YA CONTRATADA LA POLIZA, SI EL PADECIMIENTO NO ESTA LIMITADO EN TIEMPOS (EN LA POLIZA SEÑALA LOS PERIODOS DE ESPERA PARA CIERTOS PADEIMIENTOS)
TODO ESTO GENERA UN GRAN CONFLICTO CON RESPECTO A LA FECHA DEL PADECIMIENTO . ASI MISMO HABRA QUE SEÑALAR QUE SI EXISTEN
LIMITES DE INDEMNIZACION, EN LOS HONORARIOS MEDICOS (NOR-
MALMENTE LA ASEGUARADORA EMITE UN CATALOGO DE PADECIMIENTOS EN DONDE SEÑALA CON EXACTITUD EL MONTO MAXIMO QUE REEMBOLSARA DE ESTOS GASTOS MEDICOS.
MOTIVO POR EL CUAL ES IMPORTANTISIMO ESTAR SUPER BIEN INFORMADO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Y CAUSALES POR LOS CUALES LA POLIZA INDEMNIZARA EN FORMA TOTAL ,PARCIAL O EN SU CASO RECHAZO DE LS GASTOS DE ALGUN PADECIMIENTO,]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>LEAS POLIZAS EN TODO TIPO DE COBERTURAS SEÑALA PUNTUALMENTE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Y LOS MOTIVOS POR LOS CUALES NO INDEMIZARA , EN LA COBERTURA MEDICA ESTA INFORMACION ES MUY AMPLIA Y DETALLADA ; UNA COYONTURA IMPORTANTE EN ESTA COBERTURA<br />
ES LA DETERMINACION DE LA APARICION DE UN PADECIMIENTO ; SI OCURRIO ANTES DE CONTRATAR LA POLIZA , SI APARECIERON SINTOMAS TENIENDO YA CONTRATADA LA POLIZA, SI EL PADECIMIENTO NO ESTA LIMITADO EN TIEMPOS (EN LA POLIZA SEÑALA LOS PERIODOS DE ESPERA PARA CIERTOS PADEIMIENTOS)<br />
TODO ESTO GENERA UN GRAN CONFLICTO CON RESPECTO A LA FECHA DEL PADECIMIENTO . ASI MISMO HABRA QUE SEÑALAR QUE SI EXISTEN<br />
LIMITES DE INDEMNIZACION, EN LOS HONORARIOS MEDICOS (NOR-<br />
MALMENTE LA ASEGUARADORA EMITE UN CATALOGO DE PADECIMIENTOS EN DONDE SEÑALA CON EXACTITUD EL MONTO MAXIMO QUE REEMBOLSARA DE ESTOS GASTOS MEDICOS.<br />
MOTIVO POR EL CUAL ES IMPORTANTISIMO ESTAR SUPER BIEN INFORMADO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES Y CAUSALES POR LOS CUALES LA POLIZA INDEMNIZARA EN FORMA TOTAL ,PARCIAL O EN SU CASO RECHAZO DE LS GASTOS DE ALGUN PADECIMIENTO,</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: JUAN ADOLFO TORRES PÉRZ		</title>
		<link>https://www.grupomedicodurango.com/uncategorized/indemnizacion-poliza-de-seguros#comment-1656</link>

		<dc:creator><![CDATA[JUAN ADOLFO TORRES PÉRZ]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Sep 2013 11:52:27 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.grupomedicodurango.com/?p=1764#comment-1656</guid>

					<description><![CDATA[Cuando un asegurado tiene un siniestro y la compañía de seguros se lo rechaza ó le indemnizan menos de lo que esperaba, parece lógico que el asegurado, que ya ha pagado la prima del seguro, no esté dispuesto a pagar más para que le indemnicen lo que le corresponde.
En esta situación, para agotar la vía del acuerdo amistoso con la compañía, antes de incurrir en más gastos, el asegurado debe recurrir a su mediador/corredor para que interceda en su nombre ante la compañía. Por eso es tan recomendable contar con un mediador/corredor de seguros en la póliza.
Si eso no fuera suficiente, deberá buscar, asesorado por su mediador/corredor, un perito independiente que le redacte un informe pericial sobre el siniestro (Art. 38, Ley de Contrato de Seguros).
El mediador/corredor, si así lo considera, volverá a intentar acuerdo amistoso con la compañía, con la base del mejor dictamen pericial independiente, antes de emprender otras vías de reclamación.
El acuerdo entre peritos, el de la compañía y el del asegurado, y el nombramiento del perito tercero (Art. 38, Ley de Contrato de Seguros), en la práctica, solo resuelve en muy contadas ocasiones.
Si nada de lo anterior funcionara, lo que es relativamente frecuente por la intransigencia de las compañías de seguros, el asegurado deberá recurrir a poner una reclamación ante la Dirección General de Seguros o a un abogado que le defienda en una reclamación judicial, con la prueba que ya dispone, su dictamen pericial independiente del asegurado.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Cuando un asegurado tiene un siniestro y la compañía de seguros se lo rechaza ó le indemnizan menos de lo que esperaba, parece lógico que el asegurado, que ya ha pagado la prima del seguro, no esté dispuesto a pagar más para que le indemnicen lo que le corresponde.<br />
En esta situación, para agotar la vía del acuerdo amistoso con la compañía, antes de incurrir en más gastos, el asegurado debe recurrir a su mediador/corredor para que interceda en su nombre ante la compañía. Por eso es tan recomendable contar con un mediador/corredor de seguros en la póliza.<br />
Si eso no fuera suficiente, deberá buscar, asesorado por su mediador/corredor, un perito independiente que le redacte un informe pericial sobre el siniestro (Art. 38, Ley de Contrato de Seguros).<br />
El mediador/corredor, si así lo considera, volverá a intentar acuerdo amistoso con la compañía, con la base del mejor dictamen pericial independiente, antes de emprender otras vías de reclamación.<br />
El acuerdo entre peritos, el de la compañía y el del asegurado, y el nombramiento del perito tercero (Art. 38, Ley de Contrato de Seguros), en la práctica, solo resuelve en muy contadas ocasiones.<br />
Si nada de lo anterior funcionara, lo que es relativamente frecuente por la intransigencia de las compañías de seguros, el asegurado deberá recurrir a poner una reclamación ante la Dirección General de Seguros o a un abogado que le defienda en una reclamación judicial, con la prueba que ya dispone, su dictamen pericial independiente del asegurado.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>
