La reforma laboral ha aprobado un nuevo diseño de las herramientas ERTE, modificando en algunos aspectos las dos modalidades de ERTE ETOP ya existentes (por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción) y el ERTE por fuerza mayor e introduciendo un nuevo tipo de ajuste temporal de empleo: el mecanismo RED.
¿En qué consiste el nuevo mecanismo RED?
Se trata de un mecanismo de flexibilidad y estabilización del empleo, que permite a las empresas solicitar ciertas medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos.
Tiene 2 modalidades:
- Modalidad sectorial: aplicable cuando sean necesarios procesos de recualificación y transición en un determinado sector (aplicación máxima de 1 año, con dos prórrogas de 6 meses)
- Modalidad cíclica: aplicable cuando la situación económica así lo requiera (aplicación máxima de 1 año, sin prorrogas)
La activación de este mecanismo comienza con una propuesta conjunta por parte del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Antes de elevar la propuesta al Consejo de Ministros, es necesario informar a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal.
Una vez aprobado y activado el mecanismo RED, las empresas podrán solicitar de forma voluntaria ERTES de reducción de jornada o suspensión, enviando una solicitud a la autoridad laboral correspondiente y a la representación legal de los trabajadores.
Una vez enviada la solicitud, la autoridad laboral la remitirá a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que emita un informe preceptivo en el plazo de 7 días, para posteriormente dictar resolución en base a la conclusión del periodo de consultas. – Si trascurrido este plazo no hubiera pronunciamiento expreso, se entenderá por autorizada la medida.
Exoneraciones en la cotización a la Seguridad Social
- Modalidad sectorial: 40% de exención, vinculadas a la puesta a disposición de los trabajadores de actividades formativas
- Modalidad cíclica:
- 60% desde la fecha de la activación del mecanismo, hasta el último día del cuarto mes posterior a dicha fecha de activación
- 30% durante los 4 meses siguientes
- 20% durante los últimos 4 meses antes de la finalización del periodo
En caso de incumplimiento por parte de la empresa de los planes formativos o del compromiso de mantenimiento de empleo para sus trabajadores, se deberán devolver solamente las exoneraciones de la persona afectada por el incumplimiento.