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Incapacidad permanente total por artrosis lumbar crónica

Grupo Médico Jurídico Durango tiene a bien compartirle esta nueva sentencia emitida en los juzgados de lo social de Madrid. Esta resolución es el resultado de un juicio contra la Seguridad Social en el proceso de una incapacidad permanente total.

El actor, cuya actividad laboral es de albañil, tiene concedida la Renta Activa de Inserción de 426 euros desde el 03 de abril de 2015 hasta el pasado 02 de marzo de 20016.

El 21 de agosto de 2015 se presentó una solicitud de incapacidad permanente para su profesión habitual, tras el informe médico de síntesis del 24 de agosto de 2015 el equipo de valoración de incapacidades propone el demandante como no afectado para la incapacidad permanente.

El actor presenta el siguiente cuadro clínico:

  • Espondiloartrosis y Raquiestinosis lumbar.
  • Rizartrosis percutáneas (enero 2015).
  • Flavectomía + foraminotomía L2-L3  izquierda (mayo 2015) limpieza quirúrgica de herida por infección y dehiscencia de sutura
  • lumbalgia crónica por irradiación en miembros inferiores.

El 07 de octubre 2015 se le deniega la prestación por parte de la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

La Incapacidad permanente se recoge en el artículo 137 de la Ley General de la Seguridad Social, donde se establece que es invalidez permanente la situación del trabajador que presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitiva que disminuyan o anulen su capacidad laboral, alcanzando el grado de incapacidad permanente total, cuando el trabajador quede inhabilitado para la realización de todas o de las tareas fundamentales de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.

Por medio del informe médico pericial ha quedado acreditado que patologías y las lesiones que afectan al demandante en esta exigente profesión, le limitan para realizar actividades con sobreesfuerzo en la columna lumbar del lesionado.

Todo el proceso del juicio fue llevado a cabo por nuestro equipo multidisciplinar, siendo defendido jurídicamente por la letrada Ruiz Mialdea, y por el doctor De Miguel Martínez como médico perito en la ratificación de juicio.

Por lo anterior expuesto, el tribunal le concede una incapacidad permanente total por enfermedad común, para su profesión de albañil, con derecho a percibir una pensión mensual del 55% de su base reguladora, con las revaloraciones y mejora que legalmente corresponden.

En Grupo Médico Jurídico Durango ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar experimentado en los expedientes de incapacidades y discapacidades por diferentes patologías. Llámenos al teléfono 91 307 6219, o rellene el formulario de contacto.
Nuestros médicos peritos estudiarán la viabilidad de su caso a fin solicitar con éxito el proceso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Póngase en contacto con nosotros, trabajamos en toda España, estaremos encantados de ayudarle.

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