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La incapacitación de una persona es un procedimiento legal que tiene como objetivo proteger a aquellos individuos que no pueden tomar decisiones informadas o cuidar de sí mismos de manera adecuada.

La incapacitación busca proteger a las personas que no pueden cuidar de sí mismas debido a circunstancias médicas o personales. Ofrece una forma de protección y garantiza que se tomen decisiones en el mejor interés de la persona incapacitada.

Debe haber una evaluación rigurosa y objetiva de la capacidad de la persona, y se deben considerar todas las alternativas menos restrictivas antes de llegar a la incapacitación total. El proceso debe ser transparente y proporcionar oportunidades para que la persona afectada y sus familiares puedan expresar sus preocupaciones.

¿Qué es la Incapacitación?

La incapacitación es la restricción legal de la capacidad de una persona para obrar. En especial para ejercer determinados derechos o para desempeñar una determinada función. Esto ocurre cuando se demuestra que el individuo no tiene la capacidad mental o física para tomar decisiones adecuadas o ejercer su autonomía. Las razones para la incapacitación pueden variar, desde enfermedades mentales graves hasta lesiones incapacitantes o demencia relacionada con la edad.

Para considerar a una persona como incapacitada jurídicamente es necesario que exista una sentencia judicial que así lo establezca. Una persona incapacitada tiene limitada la capacidad de obrar, impidiendo llevar a cabo actos jurídicos ni administrativos de sus propios bienes, por lo que el objetivo de la incapacitación es proteger a esta persona a nivel personal y económico.

Proceso de incapacitación:

  1. Se inicia con la interposición de la demanda en el Juzgado de Primera Instancia del lugar de residencia del presupuesto incapaz. Debe hacerse con intervención de abogado y procurador
  2. La demanda ha de contener expresamente una solicitud de incapacitación con expresión del grado solicitado y con una propuesta de tutor, curador o prórroga de la patria potestad.
  3. Los documentos que adjuntar son:
    o Certificado de nacimiento del presunto incapaz
    o Fotocopia del DNI
    o Informes médicos acreditativos de la discapacidad
    o Certificado de empadronamiento si no fuera el mismo lugar del DNI

El juez determinará el grado de incapacitación una vez celebrado el juicio, y la sentencia deberá inscribirse en el Registro Civil del lugar de nacimiento del incapacitado, en el Registro Mercantil si fuera empresario. Si variasen las circunstancias que hubiesen dado lugar a la declaración de incapacitación, se podrá modificar la sentencia, fijando nuevos límites o dejándola sin efecto.

Implicaciones y protección:

La incapacitación tiene implicaciones tanto para la persona incapacitada como para sus familiares. Para la persona incapacitada, implica una pérdida de autonomía y la necesidad de depender de otra persona para tomar decisiones importantes. Sin embargo, también ofrece protección al garantizar que sus necesidades sean atendidas y que no se aprovechen de su vulnerabilidad. Para los familiares, la incapacitación puede ser un proceso difícil, ya que implica enfrentarse a la realidad de que un ser querido ha perdido la capacidad de cuidar de sí mismo. Sin embargo, también proporciona un marco legal para asegurarse de que se tomen decisiones en el mejor interés de la persona incapacitada y que sus derechos sean protegidos.

El Código Civil recoge los aspectos más relevantes en cuanto a las condiciones para incapacitar a una persona. Algunos de estos aspectos expresan la necesidad de la existencia de una sentencia judicial para declarar la incapacidad, las causas tanto físicas como psíquicas para reconocer una incapacitación cuando una persona no pueda autogobernarse, y la petición de incapacitación, que corresponderá al cónyuge o descendientes, en caso de no tener, a hermanos y ascendientes, y en caso de no existir ninguno de estos, será el Ministerio Fiscal quien promoverá la declaración de incapacitación.

Las situaciones de incapacitación vienen derivadas por una enfermedad o deficiencia persistente. Esta enfermedad o deficiencia padecida por el afectado tiene que tener carácter duradero, es decir, que se prolongue en el tiempo y que impida al presunto incapaz valerse por sí mismo.

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